PE/005438-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005438-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a grado de cumplimiento en que se encuentra la proposición no de ley PNL/000653 aprobada por la Comisión de Educación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905438, formulada a la Junta de Castilla y León por D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, Procuradores del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al grado de cumplimiento en que se encuentra la proposición no de ley PNL/000653 aprobada por la Comisión de Educación.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905438 se manifiesta lo siguiente:

La pregunta escrita de referencia trae origen en la resolución aprobada por la Comisión de Educación, celebrada el 14 de junio de 2016, tras el debate de la Proposición No de Ley n° 653. En ella se hacía mención específica a la situación del CEIP La Puebla de León, respecto del cual la Consejería de Educación ha diseñado un plan de acción conjunta para este centro, en el que intervienen no solo la Administración educativa, sino también los servicios sociales y representantes de la sociedad civil implicados en el ámbito del CEIP La Puebla, ya que la solución ha de ser global y no exclusivamente educativa. A través de este plan de acción se pretende reforzar las actuaciones desarrolladas en dicho centro encaminadas a mejorar los resultados académicos de su alumnado y disminuir el abandono escolar temprano.

No obstante, al margen del caso concreto del CEIP La Puebla, la Consejería de Educación viene trabajando en diferentes medidas a través de las cuales se pretende incidir en la mejora de los resultados académicos de los alumnos escolarizados en centros afectados por estas circunstancias, luchar contra el abandono escolar temprano y, en definitiva, garantizar que reciben una educación de calidad y en igualdad de condiciones respecto a alumnos de otros centros que no presentan estas situaciones.

En este sentido, se han elaborado programas para atender de manera personalizada al alumnado, las familias y los centros con alta concentración de alumnado en situación de desventaja.

Así mismo, se está trabajando en el diseño de una normativa a través de la cual establecer y regular las medidas preventivas y compensatorias de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que presentan una alta concentración de alumnado en situación de desventaja socioeducativa en la Comunidad de Castilla y León.

Todo ello sin perjuicio de seguir dando continuidad a programas que se han revelado como adecuados para dar respuesta al alumnado que se encuentra escolarizado mayoritariamente en estos centros: el Programa de Educación Compensatoria; las medidas de apoyo y refuerzo educativo (MARE); los proyectos de autonomía, que permiten la gestión del currículo para ajustarlo a las necesidades reales del alumnado; medidas educativas de carácter experimental dirigidas a ofrecer programas de apoyo a través de los cuales atender de manera personalizada al alumnado, las familias y los centros que presentan una alta concentración de alumnado en situación de desventaja.

Asimismo, la normativa de admisión de Castilla y León para acceder a las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria, ESO y bachillerato, constituida por el Decreto 11/2013 de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, y la Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, establece medidas dirigidas a facilitar la escolarización en condiciones de igualdad, y garantizar, dentro del derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro docente, atendiendo en todo caso a una equilibrada distribución entre los centros escolares públicos y privados concertados de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (artículo 3).

Específicamente el Decreto dedica un artículo, el 13, a la admisión del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Para favorecer el acceso a los centros sostenidos con fondos públicos de estos niños y niñas se puede establecer la reserva de un número determinado de plazas escolares vacantes, conforme a los criterios y el procedimiento que se fije al efecto. Esta reserva se materializa anualmente en la resolución de la Dirección General de Política Educativa Escolar que regula la campaña de admisión. Como ejemplo véase el apartado cuarto de la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2017-2018 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato.

Todas estas medidas normativas del ámbito de la admisión a centros sostenidos con fondos públicos ayudan a compensar las limitaciones o los desequilibrios que puedan surgir y permiten acceder a la educación en situación de igualdad, apoyando a las familias y al alumnado que se encuentra en situación más desfavorecida.

Valladolid, 4 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/005438-2

CVE="BOCCL-09-018410"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 36380
BOCCL nº 296/9 del 28/6/2017
CVE: BOCCL-09-018410

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005438-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a grado de cumplimiento en que se encuentra la proposición no de ley PNL/000653 aprobada por la Comisión de Educación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 252, de 31 de marzo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905438, formulada a la Junta de Castilla y León por D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. Luis Fuentes Rodríguez, D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, Procuradores del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al grado de cumplimiento en que se encuentra la proposición no de ley PNL/000653 aprobada por la Comisión de Educación.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0905438 se manifiesta lo siguiente:

La pregunta escrita de referencia trae origen en la resolución aprobada por la Comisión de Educación, celebrada el 14 de junio de 2016, tras el debate de la Proposición No de Ley n° 653. En ella se hacía mención específica a la situación del CEIP La Puebla de León, respecto del cual la Consejería de Educación ha diseñado un plan de acción conjunta para este centro, en el que intervienen no solo la Administración educativa, sino también los servicios sociales y representantes de la sociedad civil implicados en el ámbito del CEIP La Puebla, ya que la solución ha de ser global y no exclusivamente educativa. A través de este plan de acción se pretende reforzar las actuaciones desarrolladas en dicho centro encaminadas a mejorar los resultados académicos de su alumnado y disminuir el abandono escolar temprano.

No obstante, al margen del caso concreto del CEIP La Puebla, la Consejería de Educación viene trabajando en diferentes medidas a través de las cuales se pretende incidir en la mejora de los resultados académicos de los alumnos escolarizados en centros afectados por estas circunstancias, luchar contra el abandono escolar temprano y, en definitiva, garantizar que reciben una educación de calidad y en igualdad de condiciones respecto a alumnos de otros centros que no presentan estas situaciones.

En este sentido, se han elaborado programas para atender de manera personalizada al alumnado, las familias y los centros con alta concentración de alumnado en situación de desventaja.

Así mismo, se está trabajando en el diseño de una normativa a través de la cual establecer y regular las medidas preventivas y compensatorias de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que presentan una alta concentración de alumnado en situación de desventaja socioeducativa en la Comunidad de Castilla y León.

Todo ello sin perjuicio de seguir dando continuidad a programas que se han revelado como adecuados para dar respuesta al alumnado que se encuentra escolarizado mayoritariamente en estos centros: el Programa de Educación Compensatoria; las medidas de apoyo y refuerzo educativo (MARE); los proyectos de autonomía, que permiten la gestión del currículo para ajustarlo a las necesidades reales del alumnado; medidas educativas de carácter experimental dirigidas a ofrecer programas de apoyo a través de los cuales atender de manera personalizada al alumnado, las familias y los centros que presentan una alta concentración de alumnado en situación de desventaja.

Asimismo, la normativa de admisión de Castilla y León para acceder a las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria, ESO y bachillerato, constituida por el Decreto 11/2013 de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, y la Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, establece medidas dirigidas a facilitar la escolarización en condiciones de igualdad, y garantizar, dentro del derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro docente, atendiendo en todo caso a una equilibrada distribución entre los centros escolares públicos y privados concertados de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (artículo 3).

Específicamente el Decreto dedica un artículo, el 13, a la admisión del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Para favorecer el acceso a los centros sostenidos con fondos públicos de estos niños y niñas se puede establecer la reserva de un número determinado de plazas escolares vacantes, conforme a los criterios y el procedimiento que se fije al efecto. Esta reserva se materializa anualmente en la resolución de la Dirección General de Política Educativa Escolar que regula la campaña de admisión. Como ejemplo véase el apartado cuarto de la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2017-2018 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato.

Todas estas medidas normativas del ámbito de la admisión a centros sostenidos con fondos públicos ayudan a compensar las limitaciones o los desequilibrios que puedan surgir y permiten acceder a la educación en situación de igualdad, apoyando a las familias y al alumnado que se encuentra en situación más desfavorecida.

Valladolid, 4 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/005438-2

CVE="BOCCL-09-018410"



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