PE/005828-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005828-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. María Mercedes Martín Juárez, relativa a horario de atención de los consultorios locales de la provincia de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 257, de 11 de abril de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905828, formulada por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Virginia Barcones Sanz y D.ª Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los consultorios locales de la provincia de Soria.

El Área de Salud de Soria está constituida por 14 Zonas Básicas de Salud (ZBS), de las cuales 2 están consideradas como ZBS urbanas y 12 como ZBS rurales. En cada una de ellas está ubicado un Centro de Salud (14 en todo el área) así como 343 consultorios locales repartidos entre todas las ZBS. De estos 343 consultorios locales, en torno al 75% tienen asignadas menos de 50 Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) y un 25% de los mismos tienen 50 o más TSI asignadas.

Según la ORDEN de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de Castilla y León y se modifican determinados artículos del anexo a la ORDEN de 6 de junio de 1986, en su disposición adicional primera señala que:

El artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado como sigue.

La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud.

Teniendo en cuenta lo anterior, en los consultorios locales del Área de Soria con menos de 50 TSI asignadas, la consulta tanto del Médico de Familia como del personal de Enfermería se realizaría a demanda de los usuarios. Sin embargo, en varias de estas localidades la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria tiene establecido un régimen de horarios regulares.

El objetivo principal es garantizar la accesibilidad de la población a los recursos sanitarios incluso, como se puede comprobar, por encima de lo establecido en la norma. Y aunque existan situaciones puntuales en las que por necesidades asistenciales o cambios en la población de referencia (variaciones estacionales, etc) se modifique la periodicidad de la atención sanitaria en los consultorios, siempre se garantiza una asistencia de calidad y a demanda de la población.

En cuanto a las poblaciones con más de 50 TSI asignadas, en los anexos I y II del presente documento se muestran los días y horas en los que acuden a los consultorios locales, tanto los profesionales médicos como los de enfermería. Los cambios puntuales que por motivos organizativos pudieran surgir, se comunican con la suficiente antelación a la población por los medios establecidos a tal efecto.

Valladolid, 10 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005828-2

CVE="BOCCL-09-018467"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 36509
BOCCL nº 296/9 del 28/6/2017
CVE: BOCCL-09-018467

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005828-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. María Mercedes Martín Juárez, relativa a horario de atención de los consultorios locales de la provincia de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 257, de 11 de abril de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004857, PE/004873, PE/004882, PE/004935, PE/004979, PE/004980, PE/004995, PE/005005, PE/005024, PE/005039, PE/005055, PE/005164, PE/005184, PE/005188, PE/005202, PE/005207, PE/005233, PE/005234, PE/005236 a PE/005238, PE/005249 a PE/005252, PE/005259, PE/005273, PE/005276, PE/005283, PE/005290, PE/005325 a PE/005329, PE/005339, PE/005342, PE/005348, PE/005349, PE/005352, PE/005353, PE/005434 a PE/005442, PE/005444 a PE/005448, PE/005450, PE/005453 a PE/005462, PE/005468, PE/005472 a PE/005476, PE/005478, PE/005481 a PE/005483, PE/005485, PE/005486, PE/005488 a PE/005491, PE/005513, PE/005514, PE/005518, PE/005633, PE/005682, PE/005708, PE/005773, PE/005792, PE/005796, PE/005798, PE/005799, PE/005801, PE/005805, PE/005807, PE/005809 a PE/005814, PE/005828 a PE/005835, PE/005837 a PE/005840, PE/005844, PE/005845, PE/005850, PE/005856, PE/005858, PE/005859, PE/005871 a PE/005874, PE/005876, PE/005880, PE/005884, PE/005889 a PE/005891, PE/005904 a PE/005907, PE/005911, PE/005912, PE/005914, PE/005920, PE/005934, PE/005938, PE/005942, PE/005943, PE/005946 y PE/005948, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905828, formulada por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Virginia Barcones Sanz y D.ª Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los consultorios locales de la provincia de Soria.

El Área de Salud de Soria está constituida por 14 Zonas Básicas de Salud (ZBS), de las cuales 2 están consideradas como ZBS urbanas y 12 como ZBS rurales. En cada una de ellas está ubicado un Centro de Salud (14 en todo el área) así como 343 consultorios locales repartidos entre todas las ZBS. De estos 343 consultorios locales, en torno al 75% tienen asignadas menos de 50 Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) y un 25% de los mismos tienen 50 o más TSI asignadas.

Según la ORDEN de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de Castilla y León y se modifican determinados artículos del anexo a la ORDEN de 6 de junio de 1986, en su disposición adicional primera señala que:

El artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado como sigue.

La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud.

Teniendo en cuenta lo anterior, en los consultorios locales del Área de Soria con menos de 50 TSI asignadas, la consulta tanto del Médico de Familia como del personal de Enfermería se realizaría a demanda de los usuarios. Sin embargo, en varias de estas localidades la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria tiene establecido un régimen de horarios regulares.

El objetivo principal es garantizar la accesibilidad de la población a los recursos sanitarios incluso, como se puede comprobar, por encima de lo establecido en la norma. Y aunque existan situaciones puntuales en las que por necesidades asistenciales o cambios en la población de referencia (variaciones estacionales, etc) se modifique la periodicidad de la atención sanitaria en los consultorios, siempre se garantiza una asistencia de calidad y a demanda de la población.

En cuanto a las poblaciones con más de 50 TSI asignadas, en los anexos I y II del presente documento se muestran los días y horas en los que acuden a los consultorios locales, tanto los profesionales médicos como los de enfermería. Los cambios puntuales que por motivos organizativos pudieran surgir, se comunican con la suficiente antelación a la población por los medios establecidos a tal efecto.

Valladolid, 10 de mayo de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005828-2

CVE="BOCCL-09-018467"



Sede de las Cortes de Castilla y León