PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004843, PE/004941, PE/004953, PE/005000, PE/005003, PE/005165, PE/005235, PE/005355, PE/005356, PE/005358, PE/005370, PE/005396, PE/005400, PE/005401, PE/005403, PE/005404, PE/005406 a PE/005420, PE/005427 a PE/005429, PE/005431 a PE/005433, PE/005443, PE/005477, PE/005480, PE/005495 a PE/005503, PE/005505, PE/005507, PE/005509, PE/005512, PE/005515 a PE/005517, PE/005519 a PE/005521, PE/005523 a PE/005556, PE/005629, PE/005630, PE/005636, PE/005654, PE/005655, PE/005665, PE/005669, PE/005670, PE/005675, PE/005676, PE/005678, PE/005722, PE/005725 a PE/005728, PE/005730 a PE/005733, PE/005738, PE/005743, PE/005744, PE/005771, PE/005782, PE/005786 a PE/005788, PE/005815, PE/005816, PE/005825, PE/005846 a PE/005849, PE/005851, PE/005855, PE/005857, PE/005860, PE/005861, PE/005863, PE/005875, PE/005881, PE/005888, PE/005892, PE/005901, PE/005908 a PE/005910, PE/005913, PE/005915 a PE/005918, PE/005921 a PE/005927, PE/005931 a PE/005933, PE/005935, PE/005936, PE/005940, PE/005947, PE/005949, PE/005953 a PE/005961 y PE/006001, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de junio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA
005846 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 125/2014.
005847 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 126/2014.
005848 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 127/2014.
Contestación a las Preguntas Escritas número 0905846, 095847 y 0905848 formuladas por D.ª Mercedes Martín Juárez y D. Juan Carlos Montero Muñoz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a expedientes sancionadores en materia de viviendas de protección pública en la provincia de Ávila.
Los expedientes sancionadores 125, 126 y 127/2014/AV, fueron resueltos mediante Órdenes de 27 de julio de 2015, con imposición de sanción económica, en cada uno de ellos, de 15.001,00 euros.
Los recursos interpuestos contra dichas resoluciones fueron desestimados mediante Órdenes de 17 de noviembre, 25 de noviembre y 12 de diciembre de 2016, respectivamente.
Resuelto el expediente sancionador, la resolución se notifica fehacientemente al denunciado adjuntando la carta de pago correspondiente, dándose traslado de dicha notificación al Servicio Territorial de Economía y Hacienda, encargado de velar por el pago de la sanción impuesta en periodo voluntario. Finalizado este plazo, la exigencia en vía de apremio en caso de no haber sido satisfecha la sanción, se realiza por la Agencia Tributaria.
Esta Consejería ha llevado a cabo las actuaciones que se consideran procedentes en aplicación de la normativa que resulta de aplicación, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación que se lleven a cabo a fin de comprobar el destino de la vivienda a domicilio habitual y permanente de sus titulares.
Valladolid, 25 de mayo de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/005846-3
CVE="BOCCL-09-018958"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004843, PE/004941, PE/004953, PE/005000, PE/005003, PE/005165, PE/005235, PE/005355, PE/005356, PE/005358, PE/005370, PE/005396, PE/005400, PE/005401, PE/005403, PE/005404, PE/005406 a PE/005420, PE/005427 a PE/005429, PE/005431 a PE/005433, PE/005443, PE/005477, PE/005480, PE/005495 a PE/005503, PE/005505, PE/005507, PE/005509, PE/005512, PE/005515 a PE/005517, PE/005519 a PE/005521, PE/005523 a PE/005556, PE/005629, PE/005630, PE/005636, PE/005654, PE/005655, PE/005665, PE/005669, PE/005670, PE/005675, PE/005676, PE/005678, PE/005722, PE/005725 a PE/005728, PE/005730 a PE/005733, PE/005738, PE/005743, PE/005744, PE/005771, PE/005782, PE/005786 a PE/005788, PE/005815, PE/005816, PE/005825, PE/005846 a PE/005849, PE/005851, PE/005855, PE/005857, PE/005860, PE/005861, PE/005863, PE/005875, PE/005881, PE/005888, PE/005892, PE/005901, PE/005908 a PE/005910, PE/005913, PE/005915 a PE/005918, PE/005921 a PE/005927, PE/005931 a PE/005933, PE/005935, PE/005936, PE/005940, PE/005947, PE/005949, PE/005953 a PE/005961 y PE/006001, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de junio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA
005846 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 125/2014.
005847 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 126/2014.
005848 Expediente sancionador relativo a vivienda de protección pública en la provincia de Ávila 127/2014.
Contestación a las Preguntas Escritas número 0905846, 095847 y 0905848 formuladas por D.ª Mercedes Martín Juárez y D. Juan Carlos Montero Muñoz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a expedientes sancionadores en materia de viviendas de protección pública en la provincia de Ávila.
Los expedientes sancionadores 125, 126 y 127/2014/AV, fueron resueltos mediante Órdenes de 27 de julio de 2015, con imposición de sanción económica, en cada uno de ellos, de 15.001,00 euros.
Los recursos interpuestos contra dichas resoluciones fueron desestimados mediante Órdenes de 17 de noviembre, 25 de noviembre y 12 de diciembre de 2016, respectivamente.
Resuelto el expediente sancionador, la resolución se notifica fehacientemente al denunciado adjuntando la carta de pago correspondiente, dándose traslado de dicha notificación al Servicio Territorial de Economía y Hacienda, encargado de velar por el pago de la sanción impuesta en periodo voluntario. Finalizado este plazo, la exigencia en vía de apremio en caso de no haber sido satisfecha la sanción, se realiza por la Agencia Tributaria.
Esta Consejería ha llevado a cabo las actuaciones que se consideran procedentes en aplicación de la normativa que resulta de aplicación, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación que se lleven a cabo a fin de comprobar el destino de la vivienda a domicilio habitual y permanente de sus titulares.
Valladolid, 25 de mayo de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/005846-3
CVE="BOCCL-09-018958"