PE/005836-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005836-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Luis Aceves Galindo, relativa a depósito de las armas de los agentes medioambientales en la Intervención de Armas de cada provincia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 257, de 11 de abril de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005467, PE/005558, PE/005657 a PE/005659, PE/005661, PE/005774, PE/005793, PE/005795, PE/005797, PE/005802 a PE/005804, PE/005808, PE/005817, PE/005819, PE/005820, PE/005822, PE/005827, PE/005836, PE/005842, PE/005964 a PE/005980, PE/005984, PE/005985, PE/005989, PE/006000, PE/006002 a PE/006004, PE/006042, PE/006044, PE/006046 a PE/006049, PE/006055, PE/006057, PE/006058, PE/006061 a PE/006067, PE/006072, PE/006075, PE/006080, PE/006091, PE/006094, PE/006096 a PE/006103, PE/006105, PE/006113, PE/006116 a PE/0061334, PE/006136 y PE/006137, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de junio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0905836 formulada por D. José Luis Aceves Galindo, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al depósito de armas de los agentes medioambientales en la Intervención de Armas de cada provincia.

En relación con la retirada de armas cortas para uso de los Agentes Medioambientales y su depósito en las Intervenciones de Armas de las provincias afectadas, de conformidad con lo acreditado por la documentación facilitada con fecha 3 de mayo de 2017 en contestación a la Petición de Documentación número 0901203, presentada por el mismo Procurador, hay que tener en cuenta que la solicitud de retirada y depósito se comunicó a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de Ávila, Burgos, León, Salamanca y Segovia mediante Oficios de 23 de septiembre de 2013, de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, obedeciendo al cumplimiento del reglamento de Armas vigente, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, modificado por Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, siguiendo en todo caso las instrucciones dadas por los representantes de la Intervención de Armas y Explosivos de la Zona de Castilla y León de la Guardia Civil.

Por lo tanto, han sido razones de legalidad y de seguridad las que fundamentaron la retirada de este tipo de armamento ya que las dependencias de esta Consejería no cuentan con armeros dotados de las medidas de seguridad exigidas, ni con personal encargado de cumplimentar los libros de registro de entrada y salida de las armas, por lo que en la mayoría de los casos se encontraban depositadas en los domicilios particulares de los Agentes Medioambientales. Estas razones de legalidad y de seguridad han sido ratificadas mediante Sentencia 00187/2015 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n°4 de Valladolid que desestimó el recurso presentado por la Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales.

En el mismo sentido, el Procurador del Común de Castilla y León, mediante escrito de 26 de noviembre de 2014, comunica a esta Consejería el archivo del expediente de Queja 20140508 tramitado sobre el asunto al no detectar ningún tipo de irregularidad achacable a esta Administración.

En todo caso, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente continúa trabajando para asegurar la mejora de las condiciones laborales y de seguridad en la prestación del servicio de los colectivos de Agentes Medioambientales y Forestales y Celadores de Medio Ambiente, para lo que está celebrando reuniones a las que asisten los representantes de las centrales sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados para el análisis de las condiciones de trabajo de dicho personal de campo, habiéndose constituido, además, un grupo de trabajo para elaborar un protocolo de actuación en los servicios de vigilancia y control de este personal que actualmente se está reuniendo para analizar el borrador de protocolo elaborado por la Administración y las alegaciones y documentación presentadas por las centrales sindicales presenten en el grupo de trabajo. En cualquier caso, algunas de las medidas de seguridad, como las referidas al trabajo en pareja, ya han sido trasladas a los Servicios Territoriales para su puesta en práctica.

Sin perjuicio de las medidas adoptadas por esta Consejería, hay que tener en cuenta que la Guardia Civil siempre ha mostrado su máxima colaboración para toda operación que, por su presunto riesgo o cualquier otra cuestión competencial, requiera su presencia y despliegue. De hecho, se están realizando servicios extraordinarios de control de furtivismo en el marco de un operativo conjunto planificado entre ambas Administraciones Públicas del que se están obteniendo excelentes resultados.

Valladolid, 7 de junio de 2017.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/005836-3

CVE="BOCCL-09-019025"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 37984
BOCCL nº 305/9 del 18/7/2017
CVE: BOCCL-09-019025

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005836-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Luis Aceves Galindo, relativa a depósito de las armas de los agentes medioambientales en la Intervención de Armas de cada provincia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 257, de 11 de abril de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005467, PE/005558, PE/005657 a PE/005659, PE/005661, PE/005774, PE/005793, PE/005795, PE/005797, PE/005802 a PE/005804, PE/005808, PE/005817, PE/005819, PE/005820, PE/005822, PE/005827, PE/005836, PE/005842, PE/005964 a PE/005980, PE/005984, PE/005985, PE/005989, PE/006000, PE/006002 a PE/006004, PE/006042, PE/006044, PE/006046 a PE/006049, PE/006055, PE/006057, PE/006058, PE/006061 a PE/006067, PE/006072, PE/006075, PE/006080, PE/006091, PE/006094, PE/006096 a PE/006103, PE/006105, PE/006113, PE/006116 a PE/0061334, PE/006136 y PE/006137, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de junio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0905836 formulada por D. José Luis Aceves Galindo, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al depósito de armas de los agentes medioambientales en la Intervención de Armas de cada provincia.

En relación con la retirada de armas cortas para uso de los Agentes Medioambientales y su depósito en las Intervenciones de Armas de las provincias afectadas, de conformidad con lo acreditado por la documentación facilitada con fecha 3 de mayo de 2017 en contestación a la Petición de Documentación número 0901203, presentada por el mismo Procurador, hay que tener en cuenta que la solicitud de retirada y depósito se comunicó a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de Ávila, Burgos, León, Salamanca y Segovia mediante Oficios de 23 de septiembre de 2013, de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, obedeciendo al cumplimiento del reglamento de Armas vigente, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, modificado por Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, siguiendo en todo caso las instrucciones dadas por los representantes de la Intervención de Armas y Explosivos de la Zona de Castilla y León de la Guardia Civil.

Por lo tanto, han sido razones de legalidad y de seguridad las que fundamentaron la retirada de este tipo de armamento ya que las dependencias de esta Consejería no cuentan con armeros dotados de las medidas de seguridad exigidas, ni con personal encargado de cumplimentar los libros de registro de entrada y salida de las armas, por lo que en la mayoría de los casos se encontraban depositadas en los domicilios particulares de los Agentes Medioambientales. Estas razones de legalidad y de seguridad han sido ratificadas mediante Sentencia 00187/2015 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n°4 de Valladolid que desestimó el recurso presentado por la Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales.

En el mismo sentido, el Procurador del Común de Castilla y León, mediante escrito de 26 de noviembre de 2014, comunica a esta Consejería el archivo del expediente de Queja 20140508 tramitado sobre el asunto al no detectar ningún tipo de irregularidad achacable a esta Administración.

En todo caso, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente continúa trabajando para asegurar la mejora de las condiciones laborales y de seguridad en la prestación del servicio de los colectivos de Agentes Medioambientales y Forestales y Celadores de Medio Ambiente, para lo que está celebrando reuniones a las que asisten los representantes de las centrales sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados para el análisis de las condiciones de trabajo de dicho personal de campo, habiéndose constituido, además, un grupo de trabajo para elaborar un protocolo de actuación en los servicios de vigilancia y control de este personal que actualmente se está reuniendo para analizar el borrador de protocolo elaborado por la Administración y las alegaciones y documentación presentadas por las centrales sindicales presenten en el grupo de trabajo. En cualquier caso, algunas de las medidas de seguridad, como las referidas al trabajo en pareja, ya han sido trasladas a los Servicios Territoriales para su puesta en práctica.

Sin perjuicio de las medidas adoptadas por esta Consejería, hay que tener en cuenta que la Guardia Civil siempre ha mostrado su máxima colaboración para toda operación que, por su presunto riesgo o cualquier otra cuestión competencial, requiera su presencia y despliegue. De hecho, se están realizando servicios extraordinarios de control de furtivismo en el marco de un operativo conjunto planificado entre ambas Administraciones Públicas del que se están obteniendo excelentes resultados.

Valladolid, 7 de junio de 2017.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/005836-3

CVE="BOCCL-09-019025"



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