PE/005964-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005964-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a mejoras en el transporte sanitario en Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005467, PE/005558, PE/005657 a PE/005659, PE/005661, PE/005774, PE/005793, PE/005795, PE/005797, PE/005802 a PE/005804, PE/005808, PE/005817, PE/005819, PE/005820, PE/005822, PE/005827, PE/005836, PE/005842, PE/005964 a PE/005980, PE/005984, PE/005985, PE/005989, PE/006000, PE/006002 a PE/006004, PE/006042, PE/006044, PE/006046 a PE/006049, PE/006055, PE/006057, PE/006058, PE/006061 a PE/006067, PE/006072, PE/006075, PE/006080, PE/006091, PE/006094, PE/006096 a PE/006103, PE/006105, PE/006113, PE/006116 a PE/0061334, PE/006136 y PE/006137, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de junio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905964 formulada por D.ª Isabel Muñoz Sánchez, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las mejoras efectuadas en el transporte sanitario en Ávila.

La Enfermera Gestora de Casos en Oncología Radioterápica (EGC) del Complejo Asistencial de Ávila desarrolla sus funciones desde julio de 2016, donde controla y asiste a todos los pacientes de su Área que son remitidos a otros hospitales para recibir tratamiento con Radioterapia.

La Enfermera Gestora de Casos, mantiene una continua y fluida comunicación con la Dirección del Centro Asistencial (Dirección médica y de Enfermería) y Jefes de Servicio de otras Especialidades que junto con la Oncología derivan a pacientes para tratamientos de radioterapia y también con representantes de la Asociación Española contra el Cáncer (AECC).

Las actuaciones realizadas son coordinadas en todo momento con la empresa de transporte, los responsables del transporte sanitario de la Gerencia de Asistencia Sanitaria y con la Enfermera Gestora de Casos del Complejo Asistencial Universitario de Salamanca, ya que es el Centro al que acuden la mayoría de los pacientes de la provincia de Ávila que precisan tratamiento con radioterapia.

Esta enfermera, además participa en las reuniones de la Comisión de Seguimiento del Transporte Sanitario, a las que acude también un representante de la AECC. Las observaciones realizadas por esta Asociación son para reconocer la mejora que se ha producido en el transporte sanitario y la satisfacción con la labor de la EGC.

La actividad de la EGC del Complejo Asistencial de Ávila durante el primer trimestre de 2017 ha sido de 178 consultas, entre primeras y sucesivas, se centra fundamentalmente en aquellos pacientes en tratamiento con radioterapia que precisen la utilización de transporte sanitario. Los objetivos principales de su actividad son el seguimiento individualizado de los pacientes, siendo una figura de referencia para ellos durante su tratamiento, y la optimización de los tiempos de transporte y estancia hospitalaria.

En relación a la optimización del tiempo total empleado en el transporte y tratamiento con radioterapia por los pacientes, se han realizado distintas actuaciones encaminadas a mejorar el global de los tiempos empleados, a la detección e intervención individualizada de los casos en los que, por distancia o características específicas de tratamiento (tratamientos especiales como el hiperfraccionamiento, la tomoterapia, la radiocirugía, etc) y a las necesidades de preparación para recibir tratamiento, como el ajustes de dosis, para que los tiempos empleados sean más elevados. Y también se han dirigido a informar a los pacientes acerca de las ayudas que tienen a su disposición (accesos a pisos de la AECC, ayudas por desplazamiento, etc.).

En este mismo sentido, cabe señalar algunas de las intervenciones más destacadas como es el seguimiento continuo de los pacientes para la resolución ágil de posibles incidencias, se ha procurado limitar el número de ocupantes por vehículo a un máximo de 4 (todos en tratamiento con radioterapia) individualizándolo incluso en determinados casos. Así pues durante los tres primeros meses de 2017, el promedio de pacientes por vehículo trasladado desde la provincia de Ávila a Salamanca ha sido de 2, con un máximo de 4 y mínimo de 1. Respecto a los traslados desde Ávila capital, el promedio durante el mismo periodo ha sido de 3 ocupantes, con un máximo de 4 y un mínimo de 1.

Se han revisado y ajustado las rutas de transporte según las necesidades a través del contacto directo entre las EGC de los hospitales de origen y destino y la empresa de transporte, y se han ajustado citas en el hospital receptor, teniendo en cuenta las necesidades de los pacientes según el origen, ruta y características del tratamiento prescrito.

También se ha adecuado el transporte en función del tratamiento prescrito y el equipo de tratamiento, en caso de existir la necesidad de más de una sesión en el día en franjas horarias distintas o, existencia de consultas coincidentes con el tratamiento, etc.

Se ha establecido una adecuada coordinación entre hospitales para facilitar los tratamientos a pacientes en tratamiento concomitante de Radioterapia y Quimioterapia, y se han revisado los protocolos en el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca para disminuir los tiempos de permanencia, contemplando medidas como es el caso de los pacientes urgentes, a los que se les realiza la primera visita, simulación, planificación y tratamiento en el mismo día.

En la provincia de Ávila, en el primer trimestre de 2017, 90 pacientes han utilizado el transporte sanitario para desplazarse a centros sanitarios de otras provincias para recibir tratamiento con Radioterapia.

Desde Ávila capital, durante el mismo período, 32 pacientes se han desplazado a otras provincias utilizando el transporte sanitario para recibir tratamiento con radioterapia. El promedio de tiempo en ambulancia (ida y vuelta) ha estado en torno a las 2 horas y 30 minutos.

Es por tanto, un hecho constatado que con la creación de la figura de la EGC se ha humanizado la asistencia, hay un trato más personalizado y perciben mayor satisfacción en los pacientes.

Las condiciones de derecho para recibir ayuda de alojamiento, y que hasta la fecha ningún usuario ha solicitado, vienen recogidas en la ORDEN SAN/144/2017, de 22 de febrero, por la que se regulan las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales, el alojamiento y la manutención derivados del mismo, a los pacientes que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y sus beneficiarios, en el Servicio Público de Salud de Castilla y León, recoge un “régimen especial” de aplicación a los pacientes oncológicos que tengan que desplazarse de su localidad de residencia para recibir el tratamiento de radioterapia, y que cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de conformidad con el R.D. 1192/2012, de 3 de agosto y se encuentre registrado en la Base de datos de Usuarios y Tarjeta Sanitaria de Sacyl.

2. La asistencia sanitaria que se vaya a recibir haya sido prescrita por un facultativo que preste sus servicios en el Servicio de Salud de Castilla y León o que corresponda a una asistencia sanitaria concertada, y se encuentre incluida en la cartera de servicios del sistema sanitario de Castilla y León. En todo caso quedan excluidos los desplazamientos de pacientes cuando existan terceros obligados al pago de la asistencia sanitaria prestada por el Servicio Público de Salud de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo IX del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y demás legislación que resulte de aplicación.

3. El nivel de renta de los pacientes no supere los 100.000 € anuales de acuerdo con la base de datos de tarjeta sanitaria individual.

4. Cuando el tiempo para el desplazamiento en transporte sanitario concertado unido al tiempo de tratamiento con radioterapia pueda superar las cuatro horas diarias de media, la Gerencia Regional de Salud podrá poner a disposición del paciente y, en su caso, del acompañante, un alojamiento adecuado en la localidad donde deba recibir el tratamiento, durante los días comprendidos entre el día inicial y el día final de cada ciclo, incluido el del día inicial, con independencia de que el ciclo se articule en días alternos.

Valladolid, 6 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005964-2

CVE="BOCCL-09-019027"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 37987
BOCCL nº 305/9 del 18/7/2017
CVE: BOCCL-09-019027

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005964-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a mejoras en el transporte sanitario en Ávila, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005467, PE/005558, PE/005657 a PE/005659, PE/005661, PE/005774, PE/005793, PE/005795, PE/005797, PE/005802 a PE/005804, PE/005808, PE/005817, PE/005819, PE/005820, PE/005822, PE/005827, PE/005836, PE/005842, PE/005964 a PE/005980, PE/005984, PE/005985, PE/005989, PE/006000, PE/006002 a PE/006004, PE/006042, PE/006044, PE/006046 a PE/006049, PE/006055, PE/006057, PE/006058, PE/006061 a PE/006067, PE/006072, PE/006075, PE/006080, PE/006091, PE/006094, PE/006096 a PE/006103, PE/006105, PE/006113, PE/006116 a PE/0061334, PE/006136 y PE/006137, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de junio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0905964 formulada por D.ª Isabel Muñoz Sánchez, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las mejoras efectuadas en el transporte sanitario en Ávila.

La Enfermera Gestora de Casos en Oncología Radioterápica (EGC) del Complejo Asistencial de Ávila desarrolla sus funciones desde julio de 2016, donde controla y asiste a todos los pacientes de su Área que son remitidos a otros hospitales para recibir tratamiento con Radioterapia.

La Enfermera Gestora de Casos, mantiene una continua y fluida comunicación con la Dirección del Centro Asistencial (Dirección médica y de Enfermería) y Jefes de Servicio de otras Especialidades que junto con la Oncología derivan a pacientes para tratamientos de radioterapia y también con representantes de la Asociación Española contra el Cáncer (AECC).

Las actuaciones realizadas son coordinadas en todo momento con la empresa de transporte, los responsables del transporte sanitario de la Gerencia de Asistencia Sanitaria y con la Enfermera Gestora de Casos del Complejo Asistencial Universitario de Salamanca, ya que es el Centro al que acuden la mayoría de los pacientes de la provincia de Ávila que precisan tratamiento con radioterapia.

Esta enfermera, además participa en las reuniones de la Comisión de Seguimiento del Transporte Sanitario, a las que acude también un representante de la AECC. Las observaciones realizadas por esta Asociación son para reconocer la mejora que se ha producido en el transporte sanitario y la satisfacción con la labor de la EGC.

La actividad de la EGC del Complejo Asistencial de Ávila durante el primer trimestre de 2017 ha sido de 178 consultas, entre primeras y sucesivas, se centra fundamentalmente en aquellos pacientes en tratamiento con radioterapia que precisen la utilización de transporte sanitario. Los objetivos principales de su actividad son el seguimiento individualizado de los pacientes, siendo una figura de referencia para ellos durante su tratamiento, y la optimización de los tiempos de transporte y estancia hospitalaria.

En relación a la optimización del tiempo total empleado en el transporte y tratamiento con radioterapia por los pacientes, se han realizado distintas actuaciones encaminadas a mejorar el global de los tiempos empleados, a la detección e intervención individualizada de los casos en los que, por distancia o características específicas de tratamiento (tratamientos especiales como el hiperfraccionamiento, la tomoterapia, la radiocirugía, etc) y a las necesidades de preparación para recibir tratamiento, como el ajustes de dosis, para que los tiempos empleados sean más elevados. Y también se han dirigido a informar a los pacientes acerca de las ayudas que tienen a su disposición (accesos a pisos de la AECC, ayudas por desplazamiento, etc.).

En este mismo sentido, cabe señalar algunas de las intervenciones más destacadas como es el seguimiento continuo de los pacientes para la resolución ágil de posibles incidencias, se ha procurado limitar el número de ocupantes por vehículo a un máximo de 4 (todos en tratamiento con radioterapia) individualizándolo incluso en determinados casos. Así pues durante los tres primeros meses de 2017, el promedio de pacientes por vehículo trasladado desde la provincia de Ávila a Salamanca ha sido de 2, con un máximo de 4 y mínimo de 1. Respecto a los traslados desde Ávila capital, el promedio durante el mismo periodo ha sido de 3 ocupantes, con un máximo de 4 y un mínimo de 1.

Se han revisado y ajustado las rutas de transporte según las necesidades a través del contacto directo entre las EGC de los hospitales de origen y destino y la empresa de transporte, y se han ajustado citas en el hospital receptor, teniendo en cuenta las necesidades de los pacientes según el origen, ruta y características del tratamiento prescrito.

También se ha adecuado el transporte en función del tratamiento prescrito y el equipo de tratamiento, en caso de existir la necesidad de más de una sesión en el día en franjas horarias distintas o, existencia de consultas coincidentes con el tratamiento, etc.

Se ha establecido una adecuada coordinación entre hospitales para facilitar los tratamientos a pacientes en tratamiento concomitante de Radioterapia y Quimioterapia, y se han revisado los protocolos en el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca para disminuir los tiempos de permanencia, contemplando medidas como es el caso de los pacientes urgentes, a los que se les realiza la primera visita, simulación, planificación y tratamiento en el mismo día.

En la provincia de Ávila, en el primer trimestre de 2017, 90 pacientes han utilizado el transporte sanitario para desplazarse a centros sanitarios de otras provincias para recibir tratamiento con Radioterapia.

Desde Ávila capital, durante el mismo período, 32 pacientes se han desplazado a otras provincias utilizando el transporte sanitario para recibir tratamiento con radioterapia. El promedio de tiempo en ambulancia (ida y vuelta) ha estado en torno a las 2 horas y 30 minutos.

Es por tanto, un hecho constatado que con la creación de la figura de la EGC se ha humanizado la asistencia, hay un trato más personalizado y perciben mayor satisfacción en los pacientes.

Las condiciones de derecho para recibir ayuda de alojamiento, y que hasta la fecha ningún usuario ha solicitado, vienen recogidas en la ORDEN SAN/144/2017, de 22 de febrero, por la que se regulan las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales, el alojamiento y la manutención derivados del mismo, a los pacientes que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y sus beneficiarios, en el Servicio Público de Salud de Castilla y León, recoge un “régimen especial” de aplicación a los pacientes oncológicos que tengan que desplazarse de su localidad de residencia para recibir el tratamiento de radioterapia, y que cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de conformidad con el R.D. 1192/2012, de 3 de agosto y se encuentre registrado en la Base de datos de Usuarios y Tarjeta Sanitaria de Sacyl.

2. La asistencia sanitaria que se vaya a recibir haya sido prescrita por un facultativo que preste sus servicios en el Servicio de Salud de Castilla y León o que corresponda a una asistencia sanitaria concertada, y se encuentre incluida en la cartera de servicios del sistema sanitario de Castilla y León. En todo caso quedan excluidos los desplazamientos de pacientes cuando existan terceros obligados al pago de la asistencia sanitaria prestada por el Servicio Público de Salud de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo IX del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y demás legislación que resulte de aplicación.

3. El nivel de renta de los pacientes no supere los 100.000 € anuales de acuerdo con la base de datos de tarjeta sanitaria individual.

4. Cuando el tiempo para el desplazamiento en transporte sanitario concertado unido al tiempo de tratamiento con radioterapia pueda superar las cuatro horas diarias de media, la Gerencia Regional de Salud podrá poner a disposición del paciente y, en su caso, del acompañante, un alojamiento adecuado en la localidad donde deba recibir el tratamiento, durante los días comprendidos entre el día inicial y el día final de cada ciclo, incluido el del día inicial, con independencia de que el ciclo se articule en días alternos.

Valladolid, 6 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/005964-2

CVE="BOCCL-09-019027"



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