PE/006074-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006074-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Félix Díez Romero y Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a cuestiones relacionadas con los consultorios locales de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005395, PE/005397, PE/005398, PE/005402, PE/005405, PE/005430, PE/005479, PE/005494, PE/005504, PE/005635, PE/005723, PE/005724, PE/005739 a PE/005742, PE/005790, PE/005791, PE/005794, PE/005800, PE/005818, PE/005821, PE/005826, PE/005841, PE/005854, PE/005862, PE/005864, PE/005865, PE/005867 a PE/005869, PE/005877, PE/005878, PE/005882, PE/005883, PE/005885 a PE/005887, PE/005894, PE/005897, PE/005898, PE/005919, PE/005929, PE/005939, PE/005945, PE/005951, PE/005963, PE/005983, PE/005986, PE/005988, PE/005990, PE/005991, PE/005993, PE/005994 a PE/005999, PE/006005, PE/006024 a PE/006041, PE/006050 a PE/006054, PE/006068, PE/006070, PE/006074, PE/006076, PE/006077, PE/006079, PE/006081 a PE/006090, PE/006092, PE/006093, PE/006095, PE/006104, PE/006106, PE/006109 a PE/006112, PE/006114, PE/006115, PE/006135, PE/006141, PE/006143, PE/006146 a PE/006149, PE/006152 a PE/006154, PE/006157, PE/006159, PE/006160, PE/006163, PE/006164, PE/006166 a PE/006169, PE/006171 a PE/006173, PE/006176, PE/006179 a PE/006181, PE/006183, PE/006186, PE/006187, PE/006190 a PE/006192, PE/006202, PE/006203, PE/006214, PE/006215, PE/006218, PE/006220 a PE/006222, PE/006238 a PE/006240, PE/006246, PE/006247, PE/006250, PE/006258, PE/006288 y PE/006320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E/.0906074, formulada por D. Félix Díez Romero y D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos, relativa a los consultorios locales de la provincia de Burgos.

Según la ORDEN de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de Castilla y León y se modifican determinados artículos del anexo a la ORDEN de 6 de junio de 1986, en su disposición adicional primera señala que:

El artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado de la forma siguiente:

La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud (...).

Teniendo en cuenta lo anterior, en los consultorios locales del Área de Burgos con menos de 50 TSI asignadas, la consulta tanto del Médico de Familia como del personal de Enfermería se realizaría a demanda de los usuarios. Sin embargo, en varias de estas localidades la Gerencia de Atención Primaria de Burgos tiene establecido un régimen de horarios regulares.

El objetivo principal es garantizar la accesibilidad de la población a los recursos sanitarios incluso, como se puede comprobar, por encima de lo establecido en la norma. Y aunque existan situaciones puntuales en las que por necesidades asistenciales o cambios en la población de referencia (variaciones estacionales, etc) se modifique la periodicidad de la atención sanitaria en los consultorios, siempre se garantiza una asistencia de calidad y a demanda de la población.

En cuanto a las poblaciones con 50 o más TSI asignadas, en los anexos I y II se muestran los días y horas en los que acuden a los consultorios locales, tanto los profesionales médicos como los de enfermería. Los cambios puntuales que por motivos organizativos pudieran surgir, se comunican con la suficiente antelación a la población por los medios establecidos a tal efecto.

En relación a las inspecciones realizadas, cabe señalar que en los últimos diez años se han realizado 1.070 inspecciones como consecuencia de las respectivas autorizaciones sanitarias de funcionamiento y renovaciones de las correspondientes autorizaciones. También se han realizado 3 inspecciones por otros motivos.

El resultado de las inspecciones ha sido favorable en todos los casos, menos en 12 consultorios donde se observaron diversas deficiencias las cuales fueron subsanadas en 3 de los casos y por lo tanto, en 9 casos les ha sido denegada la autorización sanitaria de renovación.

La Consejería de Sanidad, a través de la Gerencia Regional de Salud, destina fondos para el mantenimiento del servicio sanitario en los Consultorios Médicos Locales en colaboración con las Entidades Locales, ya que la construcción, conservación y mantenimiento de los consultorios locales es una competencia que ha sido atribuida a éstas por la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León –art. 8.2.b)–, y ratificada en el artículo 4.3 del Decreto-Ley 1/2014, de 27 de marzo, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos en Castilla y León, derivado de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

La Junta de Castilla y León entre los años 2002 a 2010 ha realizado varias convocatorias públicas para subvencionar actuaciones de construcción, ampliación, y reforma de consultorios locales. Estas convocatorias han permitido conceder 3.523 ayudas, destinando una cuantía cercana a los 39 millones de €. En los últimos 5 años, desde 2012 a 2016, ambos inclusive, la Gerencia Regional de Salud ha recogido en sus presupuestos un total de 5.249.980,22 € para la concesión de subvenciones a entidades locales para la construcción o reforma de sus consultorios locales. La cantidad finalmente ejecutada con ese objeto y durante ese mismo periodo ascendió a 2.915.289,22 €. La ejecución de la última convocatoria finalizó en 2013 y actualmente no hay convocatoria abierta.

Valladolid, 13 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/006074-2

CVE="BOCCL-09-019207"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 38637
BOCCL nº 306/9 del 1/8/2017
CVE: BOCCL-09-019207

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006074-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Félix Díez Romero y Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a cuestiones relacionadas con los consultorios locales de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005395, PE/005397, PE/005398, PE/005402, PE/005405, PE/005430, PE/005479, PE/005494, PE/005504, PE/005635, PE/005723, PE/005724, PE/005739 a PE/005742, PE/005790, PE/005791, PE/005794, PE/005800, PE/005818, PE/005821, PE/005826, PE/005841, PE/005854, PE/005862, PE/005864, PE/005865, PE/005867 a PE/005869, PE/005877, PE/005878, PE/005882, PE/005883, PE/005885 a PE/005887, PE/005894, PE/005897, PE/005898, PE/005919, PE/005929, PE/005939, PE/005945, PE/005951, PE/005963, PE/005983, PE/005986, PE/005988, PE/005990, PE/005991, PE/005993, PE/005994 a PE/005999, PE/006005, PE/006024 a PE/006041, PE/006050 a PE/006054, PE/006068, PE/006070, PE/006074, PE/006076, PE/006077, PE/006079, PE/006081 a PE/006090, PE/006092, PE/006093, PE/006095, PE/006104, PE/006106, PE/006109 a PE/006112, PE/006114, PE/006115, PE/006135, PE/006141, PE/006143, PE/006146 a PE/006149, PE/006152 a PE/006154, PE/006157, PE/006159, PE/006160, PE/006163, PE/006164, PE/006166 a PE/006169, PE/006171 a PE/006173, PE/006176, PE/006179 a PE/006181, PE/006183, PE/006186, PE/006187, PE/006190 a PE/006192, PE/006202, PE/006203, PE/006214, PE/006215, PE/006218, PE/006220 a PE/006222, PE/006238 a PE/006240, PE/006246, PE/006247, PE/006250, PE/006258, PE/006288 y PE/006320, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E/.0906074, formulada por D. Félix Díez Romero y D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos, relativa a los consultorios locales de la provincia de Burgos.

Según la ORDEN de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de Castilla y León y se modifican determinados artículos del anexo a la ORDEN de 6 de junio de 1986, en su disposición adicional primera señala que:

El artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado de la forma siguiente:

La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud (...).

Teniendo en cuenta lo anterior, en los consultorios locales del Área de Burgos con menos de 50 TSI asignadas, la consulta tanto del Médico de Familia como del personal de Enfermería se realizaría a demanda de los usuarios. Sin embargo, en varias de estas localidades la Gerencia de Atención Primaria de Burgos tiene establecido un régimen de horarios regulares.

El objetivo principal es garantizar la accesibilidad de la población a los recursos sanitarios incluso, como se puede comprobar, por encima de lo establecido en la norma. Y aunque existan situaciones puntuales en las que por necesidades asistenciales o cambios en la población de referencia (variaciones estacionales, etc) se modifique la periodicidad de la atención sanitaria en los consultorios, siempre se garantiza una asistencia de calidad y a demanda de la población.

En cuanto a las poblaciones con 50 o más TSI asignadas, en los anexos I y II se muestran los días y horas en los que acuden a los consultorios locales, tanto los profesionales médicos como los de enfermería. Los cambios puntuales que por motivos organizativos pudieran surgir, se comunican con la suficiente antelación a la población por los medios establecidos a tal efecto.

En relación a las inspecciones realizadas, cabe señalar que en los últimos diez años se han realizado 1.070 inspecciones como consecuencia de las respectivas autorizaciones sanitarias de funcionamiento y renovaciones de las correspondientes autorizaciones. También se han realizado 3 inspecciones por otros motivos.

El resultado de las inspecciones ha sido favorable en todos los casos, menos en 12 consultorios donde se observaron diversas deficiencias las cuales fueron subsanadas en 3 de los casos y por lo tanto, en 9 casos les ha sido denegada la autorización sanitaria de renovación.

La Consejería de Sanidad, a través de la Gerencia Regional de Salud, destina fondos para el mantenimiento del servicio sanitario en los Consultorios Médicos Locales en colaboración con las Entidades Locales, ya que la construcción, conservación y mantenimiento de los consultorios locales es una competencia que ha sido atribuida a éstas por la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León –art. 8.2.b)–, y ratificada en el artículo 4.3 del Decreto-Ley 1/2014, de 27 de marzo, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos en Castilla y León, derivado de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

La Junta de Castilla y León entre los años 2002 a 2010 ha realizado varias convocatorias públicas para subvencionar actuaciones de construcción, ampliación, y reforma de consultorios locales. Estas convocatorias han permitido conceder 3.523 ayudas, destinando una cuantía cercana a los 39 millones de €. En los últimos 5 años, desde 2012 a 2016, ambos inclusive, la Gerencia Regional de Salud ha recogido en sus presupuestos un total de 5.249.980,22 € para la concesión de subvenciones a entidades locales para la construcción o reforma de sus consultorios locales. La cantidad finalmente ejecutada con ese objeto y durante ese mismo periodo ascendió a 2.915.289,22 €. La ejecución de la última convocatoria finalizó en 2013 y actualmente no hay convocatoria abierta.

Valladolid, 13 de junio de 2017.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/006074-2

CVE="BOCCL-09-019207"



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