PE/006043-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006043-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, relativa a evaluación de la actuación del protocolo vigente hasta 2016 para garantizar la atención de personas con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0906043, formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, referida a “Evaluación de la actuación del protocolo vigente hasta 2016 para garantizar la atención de personas con TDAH”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y de Educación en relación con las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Sanidad

•ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 13 de julio de 2017.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./0906043

La revisión del protocolo de coordinación que garantiza la atención a personas con sospecha o diagnóstico por Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) es un proceso continuo y permanente por todas las profesionales que forman parte de la atención socio-asistencial y educativa.

En dicha revisión se destacan aspectos como que la puerta de entrada de un menor con sospecha de Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) es Atención Primaria (Médico especialista en Pediatra / Médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria), que en determinados casos, según los criterios de derivación recogidos en el “Protocolo de Coordinación del Trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) en Castilla y León, se deriva al especialista del Equipo de Salud Mental mediante una interconsulta. Los datos recogidos por los Equipos de Salud Mental Infanto-Juveniles de la Comunidad, desde la puesta en marcha del protocolo, registran un promedio anual de 1.070 menores incluidos en el programa, 90 abandonos, 236 altas y 150 consultas urgentes.

La coordinación entre los Equipos de Salud Mental Infanto-Juveniles y los Equipos de Orientación de los Servicios Educativos se ha realizado mediante reuniones presenciales, vía telefónica y por correo electrónico.

Por otro lado, indicar que la complejidad y extensión del informe psicopedagógico, ha requerido pera su cumplimentación de una gran inversión de tiempo, lo que ha supuesto un retraso en el traspaso de información entre ambos ámbitos. En la revisión del protocolo se ha tenido en cuenta este aspecto y se ha sustituido el informe psicopedagógico por un Informe Inicial Escolar, incluido como Anexo l del protocolo actual, en el que se recoge la información relevante del menor en relación a esta patología, con el objetivo de facilitar su cumplimentación y aportar agilidad al proceso de coordinación.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./0906043

En el curso escolar 2011-2012 se puso en marcha el Protocolo de Coordinación entre el ámbito Educativo y Sanitario en materia de TDAH, elaborado a partir de la actividad desarrollada por un grupo de trabajo constituido entre las Consejerías de Sanidad y Educación.

A pesar de que la valoración global del Protocolo por parte de los profesionales implicados en su implementación, tanto del ámbito sanitario como educativo, ha sido positiva, también señalaron algunas consideraciones que podrían contribuir a mejorar su aplicación.

En este Protocolo de Coordinación de 2011 se recogían una serie de indicadores de valoración de los “Servicios Educativos” que, una vez concluido su periodo de vigencia, arrojaron las siguientes conclusiones:

1. Las reuniones celebradas entre los especialistas de Educación y de Sanidad de cara a la coordinación de las actuaciones, fueron irregulares en su periodicidad y, en algún caso, no todas las recomendables en cuanto a su número. Salvo en los supuestos más complejos de TDAH que cursan con graves trastornos del comportamiento, en cuyo caso las reuniones entre especialistas de los equipos de trastornos del comportamiento y los facultativos de sanidad han sido sistematizadas en el tiempo. Por todo ello, se consideró la necesidad de intensificar el número y periodicidad de las reuniones entre ambos profesionales, educativos y sanitarios, siendo ésta una de las razones que han justificado la revisión y actualización del Protocolo en 2016.

2. El número total de alumnado derivado a los servicios sanitarios que según los especialistas de educación cumplían criterios de TDAH, teniendo en cuenta que en dicho protocolo no se establecía ni cuándo, ni a quién, ni cómo se enviaban dichos datos, no aparece recogido como tal, estando recogida la derivación en el expediente académico de cada uno de los alumnos supuestos TDAH.

3. El número de alumnado con TDAH que ha sido incluido en el programa de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo ha ido en aumento desde el curso en que entró en vigor el Protocolo hasta el curso 2015/2016. Esto demuestra que el Protocolo ha conseguido incrementar y mejorar el tratamiento coordinado del alumnado con TDAH, tanto desde el ámbito educativo como desde el sanitario. La siguiente tabla refleja los datos de alumnado tratado a través de dicho programa:

4. Las principales dificultades encontradas por los profesionales de educación y de sanidad directamente implicados en la aplicación del Protocolo coinciden en señalar la falta de mecanismos viables de coordinación entre profesionales; la rigidez en alguno de los instrumentos de valoración del posible TDAH; la falta de claridad en las actuaciones que cada servicio debía hacer en el proceso de detección e intervención del alumnado con TDAH.

Estas sugerencias y dificultades advertidas durante la aplicación del Protocolo revelaron la necesidad de revisar y mejorar la coordinación entre ambos ámbitos. Este proceso llegó a su culminación en 2016 con la suscripción del Protocolo por el que se establece el marco genérico de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y la Consejería de Educación, herramienta complementaria del Protocolo de TDAH y cuyo fin es establecer los mecanismos necesarios para realizar un seguimiento adecuado de la implantación del Protocolo.


PE/006043-3

CVE="BOCCL-09-019401"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 39069
BOCCL nº 308/9 del 29/8/2017
CVE: BOCCL-09-019401

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006043-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, relativa a evaluación de la actuación del protocolo vigente hasta 2016 para garantizar la atención de personas con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 275, de 18 de mayo de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0906043, formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y Dña. María Belén Rosado Diago, pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, referida a “Evaluación de la actuación del protocolo vigente hasta 2016 para garantizar la atención de personas con TDAH”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y de Educación en relación con las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

•ANEXO I: Consejería de Sanidad

•ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 13 de julio de 2017.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José A. de Santiago-Juárez López.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./0906043

La revisión del protocolo de coordinación que garantiza la atención a personas con sospecha o diagnóstico por Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) es un proceso continuo y permanente por todas las profesionales que forman parte de la atención socio-asistencial y educativa.

En dicha revisión se destacan aspectos como que la puerta de entrada de un menor con sospecha de Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) es Atención Primaria (Médico especialista en Pediatra / Médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria), que en determinados casos, según los criterios de derivación recogidos en el “Protocolo de Coordinación del Trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) en Castilla y León, se deriva al especialista del Equipo de Salud Mental mediante una interconsulta. Los datos recogidos por los Equipos de Salud Mental Infanto-Juveniles de la Comunidad, desde la puesta en marcha del protocolo, registran un promedio anual de 1.070 menores incluidos en el programa, 90 abandonos, 236 altas y 150 consultas urgentes.

La coordinación entre los Equipos de Salud Mental Infanto-Juveniles y los Equipos de Orientación de los Servicios Educativos se ha realizado mediante reuniones presenciales, vía telefónica y por correo electrónico.

Por otro lado, indicar que la complejidad y extensión del informe psicopedagógico, ha requerido pera su cumplimentación de una gran inversión de tiempo, lo que ha supuesto un retraso en el traspaso de información entre ambos ámbitos. En la revisión del protocolo se ha tenido en cuenta este aspecto y se ha sustituido el informe psicopedagógico por un Informe Inicial Escolar, incluido como Anexo l del protocolo actual, en el que se recoge la información relevante del menor en relación a esta patología, con el objetivo de facilitar su cumplimentación y aportar agilidad al proceso de coordinación.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./0906043

En el curso escolar 2011-2012 se puso en marcha el Protocolo de Coordinación entre el ámbito Educativo y Sanitario en materia de TDAH, elaborado a partir de la actividad desarrollada por un grupo de trabajo constituido entre las Consejerías de Sanidad y Educación.

A pesar de que la valoración global del Protocolo por parte de los profesionales implicados en su implementación, tanto del ámbito sanitario como educativo, ha sido positiva, también señalaron algunas consideraciones que podrían contribuir a mejorar su aplicación.

En este Protocolo de Coordinación de 2011 se recogían una serie de indicadores de valoración de los “Servicios Educativos” que, una vez concluido su periodo de vigencia, arrojaron las siguientes conclusiones:

1. Las reuniones celebradas entre los especialistas de Educación y de Sanidad de cara a la coordinación de las actuaciones, fueron irregulares en su periodicidad y, en algún caso, no todas las recomendables en cuanto a su número. Salvo en los supuestos más complejos de TDAH que cursan con graves trastornos del comportamiento, en cuyo caso las reuniones entre especialistas de los equipos de trastornos del comportamiento y los facultativos de sanidad han sido sistematizadas en el tiempo. Por todo ello, se consideró la necesidad de intensificar el número y periodicidad de las reuniones entre ambos profesionales, educativos y sanitarios, siendo ésta una de las razones que han justificado la revisión y actualización del Protocolo en 2016.

2. El número total de alumnado derivado a los servicios sanitarios que según los especialistas de educación cumplían criterios de TDAH, teniendo en cuenta que en dicho protocolo no se establecía ni cuándo, ni a quién, ni cómo se enviaban dichos datos, no aparece recogido como tal, estando recogida la derivación en el expediente académico de cada uno de los alumnos supuestos TDAH.

3. El número de alumnado con TDAH que ha sido incluido en el programa de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo ha ido en aumento desde el curso en que entró en vigor el Protocolo hasta el curso 2015/2016. Esto demuestra que el Protocolo ha conseguido incrementar y mejorar el tratamiento coordinado del alumnado con TDAH, tanto desde el ámbito educativo como desde el sanitario. La siguiente tabla refleja los datos de alumnado tratado a través de dicho programa:

4. Las principales dificultades encontradas por los profesionales de educación y de sanidad directamente implicados en la aplicación del Protocolo coinciden en señalar la falta de mecanismos viables de coordinación entre profesionales; la rigidez en alguno de los instrumentos de valoración del posible TDAH; la falta de claridad en las actuaciones que cada servicio debía hacer en el proceso de detección e intervención del alumnado con TDAH.

Estas sugerencias y dificultades advertidas durante la aplicación del Protocolo revelaron la necesidad de revisar y mejorar la coordinación entre ambos ámbitos. Este proceso llegó a su culminación en 2016 con la suscripción del Protocolo por el que se establece el marco genérico de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y la Consejería de Educación, herramienta complementaria del Protocolo de TDAH y cuyo fin es establecer los mecanismos necesarios para realizar un seguimiento adecuado de la implantación del Protocolo.


PE/006043-3

CVE="BOCCL-09-019401"



Sede de las Cortes de Castilla y León