PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Pregunta Escrita PE/0906188 formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si tiene intención la Junta de Castilla y León de habilitar una línea de ayudas a las empresas agroalimentarias.
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
La Junta de Castilla y León cuenta con una línea de ayudas para las empresas agroalimentarias. Las ayudas están englobadas dentro de la submedida 4.2 del Programa de desarrollo Rural 2014 – 2020 y la última convocatoria realizada, que está en proceso de resolución, se rige por la ORDEN AYG/908/2016, de 26 de octubre, que recoge las bases reguladoras y por la Orden de 7 de noviembre de 2016, de convocatoria de las ayudas, cuyo extracto se publicó en el BOCYL de Castilla y León del 10 de noviembre de 2016.
Tanto esta convocatoria como las que se realicen posteriormente se ajustan a lo aprobado en el citado PDR 2014 – 2020, y para su resolución le serán de aplicación los criterios de selección aprobados por la Comisión.
En lo que respecta a lo que su grupo parlamentario señala en los antecedentes de la presente pregunta escrita, en lo relativo a que las bases de la subvención, excluyen las inversiones inferiores a un millón de euros, esto es así únicamente “cuando dicha inversión se localiza en un municipio amparado por alguno de los grupos de acción local previstos en la medida 19 del PDRCYL 2014-2020”, tal y como especifica de forma literal el apartado 9.4. a) de la ORDEN AYG/908/2016, de 26 de octubre, que aprueba las bases reguladoras. Estas inversiones inferiores a un millón de euros localizadas en estos municipios, son atendidas por las convocatorias de ayudas que realizan los 44 Grupos de Acción Local.
Valladolid, 11 de julio de 2017.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/006188-3
CVE="BOCCL-09-019420"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Pregunta Escrita PE/0906188 formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si tiene intención la Junta de Castilla y León de habilitar una línea de ayudas a las empresas agroalimentarias.
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
La Junta de Castilla y León cuenta con una línea de ayudas para las empresas agroalimentarias. Las ayudas están englobadas dentro de la submedida 4.2 del Programa de desarrollo Rural 2014 – 2020 y la última convocatoria realizada, que está en proceso de resolución, se rige por la ORDEN AYG/908/2016, de 26 de octubre, que recoge las bases reguladoras y por la Orden de 7 de noviembre de 2016, de convocatoria de las ayudas, cuyo extracto se publicó en el BOCYL de Castilla y León del 10 de noviembre de 2016.
Tanto esta convocatoria como las que se realicen posteriormente se ajustan a lo aprobado en el citado PDR 2014 – 2020, y para su resolución le serán de aplicación los criterios de selección aprobados por la Comisión.
En lo que respecta a lo que su grupo parlamentario señala en los antecedentes de la presente pregunta escrita, en lo relativo a que las bases de la subvención, excluyen las inversiones inferiores a un millón de euros, esto es así únicamente “cuando dicha inversión se localiza en un municipio amparado por alguno de los grupos de acción local previstos en la medida 19 del PDRCYL 2014-2020”, tal y como especifica de forma literal el apartado 9.4. a) de la ORDEN AYG/908/2016, de 26 de octubre, que aprueba las bases reguladoras. Estas inversiones inferiores a un millón de euros localizadas en estos municipios, son atendidas por las convocatorias de ayudas que realizan los 44 Grupos de Acción Local.
Valladolid, 11 de julio de 2017.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/006188-3
CVE="BOCCL-09-019420"