PE/006199-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006199-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a subvenciones pendientes de resolver de las ayudas a la inversión agraria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 289, de 16 de junio de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Pregunta Escrita PE/0906199 formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a las subvenciones pendientes de resolver de las ayudas a la inversión agraria, silvícola y alimentaria conforme a las ayudas de estado de finalidad regional 2007-2013 desde 2011.

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

La última convocatoria de estos incentivos tuvo lugar a través de la Orden AYG/624/2011, de 3 de mayo, por la que se convocaron las subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León. De forma literal, el apartado 4 del punto undécimo de dicha convocatoria señalaba:

“El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de seis meses. El plazo se computará desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolverlo. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud.”

Esta orden a su vez, contemplaba como fecha límite para la presentación de solicitudes de ayuda el día 30 de junio de 2011.

Por otro lado, en relación con la posibilidad de presentar nuevas solicitudes de ayuda una vez superados los plazos establecidos en una convocatoria, las bases reguladoras de estas ayudas, recogidas en la Orden AYG/691/2009, de 24 de marzo, establecían en su artículo 16.2 lo siguiente:

“Una vez superado dicho plazo aún podrán presentarse nuevas solicitudes de ayuda con los mismos requisitos documentales que las anteriores, si bien, en principio tales solicitudes únicamente tendrán eficacia a los efectos de la comprobación por parte de la Consejería de Agricultura y Ganadería del no inicio de las inversiones allí descritas y, en su caso, de lo previsto por el artículo 17. Salvo en los supuestos descritos en el apartado siguiente, estas solicitudes no generarán expectativa legítima alguna de concesión de subvención.”

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en relación con la línea de ayuda S17, los datos extraídos de la aplicación informática específica de la Consejería de Agricultura y Ganadería sobre solicitudes de ayuda no resueltas son los siguientes:

– Solicitudes presentadas hasta el 30 de junio de 2011 no resueltas: 59.

– Solicitudes presentadas con posterioridad al 30 de junio de 2011, y por ende, carentes de expectativa legítima alguna de concesión de subvención, no resueltas: 41.

No obstante, de acuerdo con lo señalado anteriormente, las 59 solicitudes presentadas en plazo y no resueltas transcurridos seis meses, han de entenderse como desestimadas.

Asimismo las 41 solicitudes presentadas fuera del plazo que establecía la orden de convocatoria, no tienen expectativa legítima de concesión de subvención.

Por último, a todas estas solicitudes se les ha dado la posibilidad de acogerse a la convocatoria de ayudas efectuada por Orden AYG/908/2016, de 22 de octubre, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de esta orden.

Valladolid, 11 de julio de 2017.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/006199-3

CVE="BOCCL-09-019427"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 39147
BOCCL nº 308/9 del 29/8/2017
CVE: BOCCL-09-019427

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006199-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a subvenciones pendientes de resolver de las ayudas a la inversión agraria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 289, de 16 de junio de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Pregunta Escrita PE/0906199 formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a las subvenciones pendientes de resolver de las ayudas a la inversión agraria, silvícola y alimentaria conforme a las ayudas de estado de finalidad regional 2007-2013 desde 2011.

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

La última convocatoria de estos incentivos tuvo lugar a través de la Orden AYG/624/2011, de 3 de mayo, por la que se convocaron las subvenciones a la transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León. De forma literal, el apartado 4 del punto undécimo de dicha convocatoria señalaba:

“El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de seis meses. El plazo se computará desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolverlo. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud.”

Esta orden a su vez, contemplaba como fecha límite para la presentación de solicitudes de ayuda el día 30 de junio de 2011.

Por otro lado, en relación con la posibilidad de presentar nuevas solicitudes de ayuda una vez superados los plazos establecidos en una convocatoria, las bases reguladoras de estas ayudas, recogidas en la Orden AYG/691/2009, de 24 de marzo, establecían en su artículo 16.2 lo siguiente:

“Una vez superado dicho plazo aún podrán presentarse nuevas solicitudes de ayuda con los mismos requisitos documentales que las anteriores, si bien, en principio tales solicitudes únicamente tendrán eficacia a los efectos de la comprobación por parte de la Consejería de Agricultura y Ganadería del no inicio de las inversiones allí descritas y, en su caso, de lo previsto por el artículo 17. Salvo en los supuestos descritos en el apartado siguiente, estas solicitudes no generarán expectativa legítima alguna de concesión de subvención.”

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en relación con la línea de ayuda S17, los datos extraídos de la aplicación informática específica de la Consejería de Agricultura y Ganadería sobre solicitudes de ayuda no resueltas son los siguientes:

– Solicitudes presentadas hasta el 30 de junio de 2011 no resueltas: 59.

– Solicitudes presentadas con posterioridad al 30 de junio de 2011, y por ende, carentes de expectativa legítima alguna de concesión de subvención, no resueltas: 41.

No obstante, de acuerdo con lo señalado anteriormente, las 59 solicitudes presentadas en plazo y no resueltas transcurridos seis meses, han de entenderse como desestimadas.

Asimismo las 41 solicitudes presentadas fuera del plazo que establecía la orden de convocatoria, no tienen expectativa legítima de concesión de subvención.

Por último, a todas estas solicitudes se les ha dado la posibilidad de acogerse a la convocatoria de ayudas efectuada por Orden AYG/908/2016, de 22 de octubre, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de esta orden.

Valladolid, 11 de julio de 2017.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/006199-3

CVE="BOCCL-09-019427"



Sede de las Cortes de Castilla y León