PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906243 formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a plaza vacante en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia.
De conformidad con lo informado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia, de los datos aportados en el texto de la pregunta se deduce que la plaza a la que se refiere es un puesto de trabajo de Técnico Licenciado en Derecho que se encuentra ocupado por una funcionaria interina desde el 7 de enero de 2016, no encontrándose, en consecuencia, vacante, habiéndose producido, no obstante, una situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de la persona que ocupa el puesto, ya finalizada, que ha sido debidamente justificada, en cuanto la baja por incapacidad temporal y el alta correspondiente han sido prescritas por el profesional sanitario competente del Servicio de Salud de Castilla y León.
De conformidad con la normativa vigente en materia de función pública, la situación descrita no implica en ningún caso que la plaza haya quedado vacante sino que se ha producido una ausencia justificada sin pérdida del puesto de trabajo, una vez finalizada la cual continúa la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de caza, vías pecuarias y montes, de conformidad con la normativa reguladora del procedimiento sancionador y la normativa específica reguladora de las materias citadas, procediéndose al reinicio de los expedientes en los que la sanción no haya prescrito respecto de los ocho que han caducado en el periodo de incapacidad temporal citado.
Valladolid, 25 de julio de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006243-3
CVE="BOCCL-09-019444"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005452, PE/005806, PE/005824, PE/005852, PE/005866, PE/005870, PE/005879, PE/005893, PE/005895, PE/005896, PE/005899, PE/005900, PE/005902, PE/005903, PE/005928, PE/005930, PE/005937, PE/005941, PE/005952, PE/005981, PE/005982, PE/005992, PE/006043, PE/006045, PE/006071, PE/006078, PE/006107, PE/006108, PE/006138 a PE/006140, PE/006150, PE/006151, PE/006155, PE/006156, PE/006158, PE/006161, PE/006162, PE/006174, PE/006182, PE/006184, PE/006188, PE/006189, PE/006193, PE/006196 a PE/006201, PE/006204, PE/006206 a PE/006210, PE/006213, PE/006224, PE/006228, PE/006230 a PE/006234, PE/006243, PE/006244, PE/006248, PE/006251 a PE/006257, PE/006270, PE/006271, PE/006273, PE/006275 a PE/006278, PE/006281 a PE/006284, PE/006286, PE/006287, PE/006289, PE/006293 a PE/006295, PE/006298, PE/006299, PE/006301 a PE/006309, PE/006311 a PE/006315, PE/006317 a PE/006319, PE/006321, PE/006322, PE/006324, PE/006327, PE/006328, PE/006331 a PE/006333, PE/006336 a PE/006342, PE/006344 a PE/006352, PE/006354, PE/006355, PE/006357, PE/006359, PE/006360 y PE/006361, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906243 formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a plaza vacante en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia.
De conformidad con lo informado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia, de los datos aportados en el texto de la pregunta se deduce que la plaza a la que se refiere es un puesto de trabajo de Técnico Licenciado en Derecho que se encuentra ocupado por una funcionaria interina desde el 7 de enero de 2016, no encontrándose, en consecuencia, vacante, habiéndose producido, no obstante, una situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de la persona que ocupa el puesto, ya finalizada, que ha sido debidamente justificada, en cuanto la baja por incapacidad temporal y el alta correspondiente han sido prescritas por el profesional sanitario competente del Servicio de Salud de Castilla y León.
De conformidad con la normativa vigente en materia de función pública, la situación descrita no implica en ningún caso que la plaza haya quedado vacante sino que se ha producido una ausencia justificada sin pérdida del puesto de trabajo, una vez finalizada la cual continúa la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de caza, vías pecuarias y montes, de conformidad con la normativa reguladora del procedimiento sancionador y la normativa específica reguladora de las materias citadas, procediéndose al reinicio de los expedientes en los que la sanción no haya prescrito respecto de los ocho que han caducado en el periodo de incapacidad temporal citado.
Valladolid, 25 de julio de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006243-3
CVE="BOCCL-09-019444"