PNL/001583-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001583-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. José Ignacio Delgado Palacios y D. David Castaño Sequeros, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar un Plan Regional de Calidad del Aire en el marco de la Directiva Europea de Techos de Emisión, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, José Ignacio Delgado Palacios y David Castaño Sequeros, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La imperiosa necesidad de revertir los efectos del cambio climático pasa, en primera instancia, por reducir de forma considerable los niveles de emisiones de gases y compuestos volátiles a la atmósfera. El esfuerzo de las Administraciones debe encaminarse a este propósito, en consonancia con la legislación estatal y las directrices europeas establecidas.

Entre los contaminantes con mayor presencia en nuestro entorno encontramos el ozono troposférico. Según el Ministerio de Agricultura, se considera un contaminante secundario, generado a partir de compuestos orgánicos volátiles no metálicos (COVNM), monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx) y metano (CH4). Así, estos elementos reaccionan con la luz del sol en las capas atmosféricas más bajas. Sin embargo, este proceso reviste una elevada complejidad por la acción de los oxidantes fotoquímicos, tanto de origen natural como de origen antropogénico, entremezclados con otros problemas medioambientales, como son el aumento de temperaturas y los prolongados periodos de sequía.

Para la Agencia Medioambiental Europea, es necesario poner sobre la mesa algunas de las dificultades que se presentan en el tratamiento de este compuesto. Además de su formación intrincada en la atmósfera, estos se transportan en largas distancias, atravesando fronteras y elevando su concentración, dependiendo de las corrientes en este periodo de tiempo. Por otro lado, los científicos ya advirtieron, a finales de la década de los años 90, de que las fluctuaciones derivadas del factor migratorio (el efecto "fin de semana"), los cambios estacionales con una mayor incidencia del sol (primavera y verano), así como el factor meteorológico e industrial, imbrican el contexto de partida a valorar en su reducción.

Esto no es óbice para que, como insta dicho órgano europeo, sea necesario establecer un plan estratégico para su control, en coordinación con las entidades públicas y privadas que pueden aportar avances en el caso. Según los parámetros que se utilizan para trazar el límite deseable de concentración del contaminante, la mayor media octohoraria de cada día no puede exceder el límite legal de 120 microgramos por metro/cúbico. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha sido más exigente al fijarlo en 100 mg/m3.

Castilla y León presenta dos regiones con especial incidencia del ozono troposférico. La región Sur y Este de la Comunidad, con especial incidencia en las provincias de Salamanca y Soria, junto a Valladolid y su alfoz son los territorios donde las concentraciones de este contaminante se presentan en un mayor nivel. De hecho, se superan con creces los estándares de calidad y límites fijados por las directrices comunitarias y los planes nacionales. De forma frecuente, las organizaciones ecologistas o medios de comunicación denuncian que las mediciones sobrepasan los umbrales tolerables. Baste señalar las conclusiones del último Informe anual de la Calidad del Aire presentado por el colectivo de Ecologistas en Acción, donde se sentencia que los castellanos y leoneses respiraron aire contaminado en tasas que no respetaban los niveles de la Organización Mundial de la Salud. En lo correspondiente a este contaminante, el documento señala que:

"El ozono troposférico es el contaminante que presenta una mayor extensión y afección a la población, con unos niveles que se mantienen estacionarios o incluso al alza. Esto se debe al incremento de las temperaturas medias y de las situaciones meteorológicas extremas (olas de calor) durante el verano, como resultado del cambio climático. Durante 2016 sus niveles se han mantenido por encima de los de 2014 y por debajo de los de 2015, de manera que toda la población y el territorio de Castilla y León han seguido expuestos a concentraciones de ozono peligrosas para la salud humana y vegetal".

Asimismo, la entidad ha puesto de manifiesto en reiteradas ocasiones que la situación requiere la adopción de medidas que sirvan para controlar las emisiones en relación al tráfico rodado, junto a los núcleos de actividad industrial como en el caso de las zonas cercanas a la factoría de Renault en Laguna de Duero. Las partículas por millón que aporta el sector secundario fomentan con creces el exceso de contaminantes, circunstancia que también debe atajarse de manera eficaz.

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, en su artículo 16.2, señala que: "las comunidades autónomas adoptarán como mínimo planes de mejora en la calidad del aire para alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos, en las zonas en las que los niveles de uno o más niveles contaminantes regulados superen dichos objetos".

La inacción por parte del Ejecutivo de la Comunidad le ha valido ser objeto de diligencias ante los Tribunales de la Comunidad. A falta de conocer los términos del dictamen, algunos consistorios de la provincia de Valladolid, como los de Laguna de Duero y el propio de la localidad vallisoletana, se han interesado por el futuro del Plan de Mejora de la Calidad del Aire, instando a su redacción.

La razón por la que debemos tomar conciencia de la peligrosidad de las elevadas tasas de este contaminante se encuentra en sus demostrados efectos perniciosos para la salud pública. La Organización Mundial de la Salud lo ha clasificado como un elemento perjudicial para las personas con dificultades respiratorias. En concreto, los individuos expuestos a altas concentraciones de ozono troposférico sufren una reducción de la función pulmonar, reacciones inflamatorias.

En virtud de lo reflejado en el informe de la Agencia Europea del Medioambiente, los daños en la vegetación y en las cosechas también se contemplan como consecuencias derivadas de su presencia excesiva en la atmósfera. Se han documentado lesiones foliares, disminución de la producción de semillas y un descenso sensible de la cosecha con fines comerciales. En Europa, los cultivos de calabacín, melón, uva, tomate, trigo, patatas, judías y alcachofas registran daños por este aspecto. Pensemos que, en Castilla y León, muchos de estos productos se cultivan en la Comunidad y, por tanto, pueden verse amenazados por las variaciones del contaminante descrito.

El Grupo Parlamentario de Ciudadanos se suma a las peticiones de instituciones y organizaciones para acabar con la demora de la Junta de Castilla y León que ya acumula 2 años sin elaborar, aprobar y ejecutar los planes de mejora de calidad del aire, así como un diagnóstico riguroso y realista de la actual situación.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Elaborar un Plan Regional de Calidad del Aire en el marco de la Directiva Europea de Techos de Emisión, ampliando el número de equipos de medición.

2. Fortalecer las redes de vigilancia, mejora del acceso a la información de la ciudadanía y, al mismo tiempo, impulsar la lucha contra el exceso del ozono troposférico y los compuestos de hidrocarburos volátiles en colaboración con el Gobierno de la Nación.

En Valladolid, a 17 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

José Ignacio Delgado Palacios y

David Castaño Sequeros

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001583-01

CVE="BOCCL-09-019575"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 39523-39525
BOCCL nº 310/9 del 1/9/2017
CVE: BOCCL-09-019575

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001583-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. José Ignacio Delgado Palacios y D. David Castaño Sequeros, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar un Plan Regional de Calidad del Aire en el marco de la Directiva Europea de Techos de Emisión, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, José Ignacio Delgado Palacios y David Castaño Sequeros, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La imperiosa necesidad de revertir los efectos del cambio climático pasa, en primera instancia, por reducir de forma considerable los niveles de emisiones de gases y compuestos volátiles a la atmósfera. El esfuerzo de las Administraciones debe encaminarse a este propósito, en consonancia con la legislación estatal y las directrices europeas establecidas.

Entre los contaminantes con mayor presencia en nuestro entorno encontramos el ozono troposférico. Según el Ministerio de Agricultura, se considera un contaminante secundario, generado a partir de compuestos orgánicos volátiles no metálicos (COVNM), monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx) y metano (CH4). Así, estos elementos reaccionan con la luz del sol en las capas atmosféricas más bajas. Sin embargo, este proceso reviste una elevada complejidad por la acción de los oxidantes fotoquímicos, tanto de origen natural como de origen antropogénico, entremezclados con otros problemas medioambientales, como son el aumento de temperaturas y los prolongados periodos de sequía.

Para la Agencia Medioambiental Europea, es necesario poner sobre la mesa algunas de las dificultades que se presentan en el tratamiento de este compuesto. Además de su formación intrincada en la atmósfera, estos se transportan en largas distancias, atravesando fronteras y elevando su concentración, dependiendo de las corrientes en este periodo de tiempo. Por otro lado, los científicos ya advirtieron, a finales de la década de los años 90, de que las fluctuaciones derivadas del factor migratorio (el efecto "fin de semana"), los cambios estacionales con una mayor incidencia del sol (primavera y verano), así como el factor meteorológico e industrial, imbrican el contexto de partida a valorar en su reducción.

Esto no es óbice para que, como insta dicho órgano europeo, sea necesario establecer un plan estratégico para su control, en coordinación con las entidades públicas y privadas que pueden aportar avances en el caso. Según los parámetros que se utilizan para trazar el límite deseable de concentración del contaminante, la mayor media octohoraria de cada día no puede exceder el límite legal de 120 microgramos por metro/cúbico. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha sido más exigente al fijarlo en 100 mg/m3.

Castilla y León presenta dos regiones con especial incidencia del ozono troposférico. La región Sur y Este de la Comunidad, con especial incidencia en las provincias de Salamanca y Soria, junto a Valladolid y su alfoz son los territorios donde las concentraciones de este contaminante se presentan en un mayor nivel. De hecho, se superan con creces los estándares de calidad y límites fijados por las directrices comunitarias y los planes nacionales. De forma frecuente, las organizaciones ecologistas o medios de comunicación denuncian que las mediciones sobrepasan los umbrales tolerables. Baste señalar las conclusiones del último Informe anual de la Calidad del Aire presentado por el colectivo de Ecologistas en Acción, donde se sentencia que los castellanos y leoneses respiraron aire contaminado en tasas que no respetaban los niveles de la Organización Mundial de la Salud. En lo correspondiente a este contaminante, el documento señala que:

"El ozono troposférico es el contaminante que presenta una mayor extensión y afección a la población, con unos niveles que se mantienen estacionarios o incluso al alza. Esto se debe al incremento de las temperaturas medias y de las situaciones meteorológicas extremas (olas de calor) durante el verano, como resultado del cambio climático. Durante 2016 sus niveles se han mantenido por encima de los de 2014 y por debajo de los de 2015, de manera que toda la población y el territorio de Castilla y León han seguido expuestos a concentraciones de ozono peligrosas para la salud humana y vegetal".

Asimismo, la entidad ha puesto de manifiesto en reiteradas ocasiones que la situación requiere la adopción de medidas que sirvan para controlar las emisiones en relación al tráfico rodado, junto a los núcleos de actividad industrial como en el caso de las zonas cercanas a la factoría de Renault en Laguna de Duero. Las partículas por millón que aporta el sector secundario fomentan con creces el exceso de contaminantes, circunstancia que también debe atajarse de manera eficaz.

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, en su artículo 16.2, señala que: "las comunidades autónomas adoptarán como mínimo planes de mejora en la calidad del aire para alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos, en las zonas en las que los niveles de uno o más niveles contaminantes regulados superen dichos objetos".

La inacción por parte del Ejecutivo de la Comunidad le ha valido ser objeto de diligencias ante los Tribunales de la Comunidad. A falta de conocer los términos del dictamen, algunos consistorios de la provincia de Valladolid, como los de Laguna de Duero y el propio de la localidad vallisoletana, se han interesado por el futuro del Plan de Mejora de la Calidad del Aire, instando a su redacción.

La razón por la que debemos tomar conciencia de la peligrosidad de las elevadas tasas de este contaminante se encuentra en sus demostrados efectos perniciosos para la salud pública. La Organización Mundial de la Salud lo ha clasificado como un elemento perjudicial para las personas con dificultades respiratorias. En concreto, los individuos expuestos a altas concentraciones de ozono troposférico sufren una reducción de la función pulmonar, reacciones inflamatorias.

En virtud de lo reflejado en el informe de la Agencia Europea del Medioambiente, los daños en la vegetación y en las cosechas también se contemplan como consecuencias derivadas de su presencia excesiva en la atmósfera. Se han documentado lesiones foliares, disminución de la producción de semillas y un descenso sensible de la cosecha con fines comerciales. En Europa, los cultivos de calabacín, melón, uva, tomate, trigo, patatas, judías y alcachofas registran daños por este aspecto. Pensemos que, en Castilla y León, muchos de estos productos se cultivan en la Comunidad y, por tanto, pueden verse amenazados por las variaciones del contaminante descrito.

El Grupo Parlamentario de Ciudadanos se suma a las peticiones de instituciones y organizaciones para acabar con la demora de la Junta de Castilla y León que ya acumula 2 años sin elaborar, aprobar y ejecutar los planes de mejora de calidad del aire, así como un diagnóstico riguroso y realista de la actual situación.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Elaborar un Plan Regional de Calidad del Aire en el marco de la Directiva Europea de Techos de Emisión, ampliando el número de equipos de medición.

2. Fortalecer las redes de vigilancia, mejora del acceso a la información de la ciudadanía y, al mismo tiempo, impulsar la lucha contra el exceso del ozono troposférico y los compuestos de hidrocarburos volátiles en colaboración con el Gobierno de la Nación.

En Valladolid, a 17 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

José Ignacio Delgado Palacios y

David Castaño Sequeros

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001583-01

CVE="BOCCL-09-019575"



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