PNL/001586-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001586-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, Dña. Virginia Barcones Sanz y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar la revisión del Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, de manera exclusiva, el conocimiento de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en los contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Briones Martínez, Gloria María Acevedo Rodríguez, Ana María Muñoz de la Peña González, Virginia Barcones Sanz y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia:

ANTECEDENTES

La Comisión Permanente del Consejo del Poder Judicial en su reunión del día 25 de mayo de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 98.2, oídos los Tribunales Superiores de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencia en materia de Justicia, y con informe favorable del Ministerio de Justicia, ha acordado:

Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a los juzgados recogidos en el anexo n.º 1 (54 juzgados provinciales en toda España) con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, sin perjuicio de poder atribuir en el futuro esta competencia a otros órganos del mismo o diferente partido judicial de la provincia, siempre que hubiere razones que lo justificasen, en atención a la carga de trabajo y mejor servicio a la justicia.

En Castilla y León los Juzgados adscritos a tal fin, serán los siguientes:

Provincia de Ávila: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Provincia de Burgos: Juzgado de Primera Instancia n.º 4.

Provincia de Palencia: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Provincia de León: Juzgado de Primera Instancia n.º 7.

Provincia de Salamanca: Juzgado de Primera Instancia n.º 9.

Provincia de Segovia: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Provincia de Soria: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4.

Provincia de Valladolid: Juzgado de Primera Instancia n.º 4.

Provincia de Zamora: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 6.

Los Abogados y Procuradores de la Plataforma "Justicia Cercana", al igual que el Consejo General de la Abogacía Española, y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se oponen frontalmente a la medida aprobada por el Consejo General del Poder Judicial de "especializar" 54 Juzgados para conocer los litigios derivados de las hipotecas, cláusulas suelo, gastos y demás cláusulas abusivas.

Esta medida supone que un Juzgado por Provincia será el competente para enjuiciar estos asuntos, esto que a priori puede parecer una medida acertada supone colapsar el Juzgado al que esta lotería premie, en nuestro caso el Juzgado de Primera Instancia n.º 4, de Burgos, el 4 de Valladolid, etc.

Supone que todos los juicios de hipotecas de la Región de Castilla y León habrán de ser conocidos solo en las capitales de provincia, hurtando a los Partidos Judiciales de la provincia y al resto de los Juzgados de la Capital de su conocimiento. Supone retrasar más la resolución de estos litigios favoreciendo a la Banca de nuevo. Supone hurtar a los consumidores de poder litigar en su domicilio. Supone que la población rural hipotecada tendrá que asumir sus costes de viajes a Burgos para poder defender sus derechos. Supone que de nuevo (antes fueron las tasas judiciales) se dificulte el acceso a la justicia a los ciudadanos y se favorezca a la Banca.

Supone vaciar los Juzgados de los Partidos Judiciales de las Provincias de estos asuntos, para en un futuro no muy lejano incluso suprimir estos Juzgados.

Y no, no van a crear Juzgados especializados para estos temas, van a dárselos a un Juzgado de Instancia, y para que no se queje por carga de trabajo le pondrán un Juez de apoyo, un Juez de Adscripción Territorial (un juez sin plaza) recién salido de la Escuela Judicial para que conozca de estos asuntos tan "especializados".

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar por los procedimientos más adecuados la revisión del Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, a fin de que se proceda a dejar sin efecto el mismo".

Valladolid, 2 de junio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Briones Martínez,

Gloria María Acevedo Rodríguez,

Ana María Muñoz de la Peña González,

Virginia Barcones Sanz y

José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001586-01

CVE="BOCCL-09-019578"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 39531-39533
BOCCL nº 310/9 del 1/9/2017
CVE: BOCCL-09-019578

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001586-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, Dña. Virginia Barcones Sanz y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar la revisión del Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, de manera exclusiva, el conocimiento de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en los contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de agosto de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001571 a PNL/001614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de agosto de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Briones Martínez, Gloria María Acevedo Rodríguez, Ana María Muñoz de la Peña González, Virginia Barcones Sanz y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia:

ANTECEDENTES

La Comisión Permanente del Consejo del Poder Judicial en su reunión del día 25 de mayo de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 98.2, oídos los Tribunales Superiores de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencia en materia de Justicia, y con informe favorable del Ministerio de Justicia, ha acordado:

Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a los juzgados recogidos en el anexo n.º 1 (54 juzgados provinciales en toda España) con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, sin perjuicio de poder atribuir en el futuro esta competencia a otros órganos del mismo o diferente partido judicial de la provincia, siempre que hubiere razones que lo justificasen, en atención a la carga de trabajo y mejor servicio a la justicia.

En Castilla y León los Juzgados adscritos a tal fin, serán los siguientes:

Provincia de Ávila: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Provincia de Burgos: Juzgado de Primera Instancia n.º 4.

Provincia de Palencia: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Provincia de León: Juzgado de Primera Instancia n.º 7.

Provincia de Salamanca: Juzgado de Primera Instancia n.º 9.

Provincia de Segovia: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Provincia de Soria: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4.

Provincia de Valladolid: Juzgado de Primera Instancia n.º 4.

Provincia de Zamora: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 6.

Los Abogados y Procuradores de la Plataforma "Justicia Cercana", al igual que el Consejo General de la Abogacía Española, y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se oponen frontalmente a la medida aprobada por el Consejo General del Poder Judicial de "especializar" 54 Juzgados para conocer los litigios derivados de las hipotecas, cláusulas suelo, gastos y demás cláusulas abusivas.

Esta medida supone que un Juzgado por Provincia será el competente para enjuiciar estos asuntos, esto que a priori puede parecer una medida acertada supone colapsar el Juzgado al que esta lotería premie, en nuestro caso el Juzgado de Primera Instancia n.º 4, de Burgos, el 4 de Valladolid, etc.

Supone que todos los juicios de hipotecas de la Región de Castilla y León habrán de ser conocidos solo en las capitales de provincia, hurtando a los Partidos Judiciales de la provincia y al resto de los Juzgados de la Capital de su conocimiento. Supone retrasar más la resolución de estos litigios favoreciendo a la Banca de nuevo. Supone hurtar a los consumidores de poder litigar en su domicilio. Supone que la población rural hipotecada tendrá que asumir sus costes de viajes a Burgos para poder defender sus derechos. Supone que de nuevo (antes fueron las tasas judiciales) se dificulte el acceso a la justicia a los ciudadanos y se favorezca a la Banca.

Supone vaciar los Juzgados de los Partidos Judiciales de las Provincias de estos asuntos, para en un futuro no muy lejano incluso suprimir estos Juzgados.

Y no, no van a crear Juzgados especializados para estos temas, van a dárselos a un Juzgado de Instancia, y para que no se queje por carga de trabajo le pondrán un Juez de apoyo, un Juez de Adscripción Territorial (un juez sin plaza) recién salido de la Escuela Judicial para que conozca de estos asuntos tan "especializados".

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar por los procedimientos más adecuados la revisión del Acuerdo de 25 de mayo de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, a fin de que se proceda a dejar sin efecto el mismo".

Valladolid, 2 de junio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Briones Martínez,

Gloria María Acevedo Rodríguez,

Ana María Muñoz de la Peña González,

Virginia Barcones Sanz y

José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001586-01

CVE="BOCCL-09-019578"



Sede de las Cortes de Castilla y León