PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001616 y PNL/001617.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, anunció el pasado 9 de junio la decisión del Consejo Ejecutivo, reunido en sesión extraordinaria, de convocar un referéndum el día 1 de octubre de 2017 con la pregunta: "¿Queréis que Cataluña sea un estado independiente en forma de república?".
Cabe recordar que el artículo 1.2 del Título Preliminar de la Constitución Española dice que "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado", y el artículo 2 indica que "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas".
Por otra parte, el artículo 92.1, en su Capítulo Segundo, dice que "Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos" y el 92.2 indica que "El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados".
De acuerdo a este articulado de la Constitución Española, un referéndum que persigue la autodeterminación en un territorio y la ruptura de la unidad de la nación española no se puede llevar a cabo de forma lícita, salvo que una reforma previa de la Constitución, realizada de acuerdo con las fórmulas en ella recogidas, pudiera preverlo.
Por otro lado, la Constitución Española ha sido el marco de estabilidad y convivencia en democracia de la sociedad española en los últimos 40 años y ha facilitado el desarrollo de la nación y el avance en el bienestar de los españoles con unidad, pluralidad, libertad e igualdad.
Las Cortes Generales, a través del Congreso de los Diputados, han tenido la posibilidad recientemente de manifestarse a este respecto en relación con una moción derivada de una interpelación dirigida el 17 de mayo pasado a la Vicepresidenta del Gobierno, y en la que se instaba a "respetar la decisión adoptada por el presidente de la Generalitat para que los catalanes y las catalanas decidan sobre el futuro político, en cumplimiento del mandato democrático surgido de los urnas y después de reiterados llamados al acuerdo".
Dicha propuesta fue rechazada en el Pleno del Congreso de los Diputados celebrado el pasado 22 de junio por un total 250 diputados, lo que representa más del 71 % de miembros de la Cámara, en lo que resulta una posición contraria a la vulneración evidente que se pretendía de la Carta Magna.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León, reafirmando que la soberanía nacional reside únicamente en el pueblo español y que la unidad de la nación española es indisoluble, tal y como se recoge en el Título Preliminar de la Constitución Española, instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Que solicite al Gobierno de España la adopción de las medidas necesarias para evitar la celebración de un referéndum secesionista en Cataluña planteado fuera del marco de la Constitución Española.
2. Que preste su apoyo y respaldo a las Instituciones del Estado en la función de mantener y hacer cumplir el orden constitucional y la legalidad vigente".
Valladolid, 29 de agosto de 2017.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano
PNL/001616-01
CVE="BOCCL-09-019637"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001616 y PNL/001617.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, anunció el pasado 9 de junio la decisión del Consejo Ejecutivo, reunido en sesión extraordinaria, de convocar un referéndum el día 1 de octubre de 2017 con la pregunta: "¿Queréis que Cataluña sea un estado independiente en forma de república?".
Cabe recordar que el artículo 1.2 del Título Preliminar de la Constitución Española dice que "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado", y el artículo 2 indica que "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas".
Por otra parte, el artículo 92.1, en su Capítulo Segundo, dice que "Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos" y el 92.2 indica que "El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados".
De acuerdo a este articulado de la Constitución Española, un referéndum que persigue la autodeterminación en un territorio y la ruptura de la unidad de la nación española no se puede llevar a cabo de forma lícita, salvo que una reforma previa de la Constitución, realizada de acuerdo con las fórmulas en ella recogidas, pudiera preverlo.
Por otro lado, la Constitución Española ha sido el marco de estabilidad y convivencia en democracia de la sociedad española en los últimos 40 años y ha facilitado el desarrollo de la nación y el avance en el bienestar de los españoles con unidad, pluralidad, libertad e igualdad.
Las Cortes Generales, a través del Congreso de los Diputados, han tenido la posibilidad recientemente de manifestarse a este respecto en relación con una moción derivada de una interpelación dirigida el 17 de mayo pasado a la Vicepresidenta del Gobierno, y en la que se instaba a "respetar la decisión adoptada por el presidente de la Generalitat para que los catalanes y las catalanas decidan sobre el futuro político, en cumplimiento del mandato democrático surgido de los urnas y después de reiterados llamados al acuerdo".
Dicha propuesta fue rechazada en el Pleno del Congreso de los Diputados celebrado el pasado 22 de junio por un total 250 diputados, lo que representa más del 71 % de miembros de la Cámara, en lo que resulta una posición contraria a la vulneración evidente que se pretendía de la Carta Magna.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León, reafirmando que la soberanía nacional reside únicamente en el pueblo español y que la unidad de la nación española es indisoluble, tal y como se recoge en el Título Preliminar de la Constitución Española, instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Que solicite al Gobierno de España la adopción de las medidas necesarias para evitar la celebración de un referéndum secesionista en Cataluña planteado fuera del marco de la Constitución Española.
2. Que preste su apoyo y respaldo a las Instituciones del Estado en la función de mantener y hacer cumplir el orden constitucional y la legalidad vigente".
Valladolid, 29 de agosto de 2017.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano
PNL/001616-01
CVE="BOCCL-09-019637"