PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000057, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio natural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de octubre de 2017.
De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000057 relativa a "Política general en materia de patrimonio natural":
ANTECEDENTES
Esta moción deriva de una interpelación en la que pretendíamos conocer las políticas reales que realiza la Junta de Castilla y León en las materias de patrimonio natural.
La Constitución Española de 1978 establece en el Capítulo III del Título I, artículo 45, dentro de los principios rectores de la política social y económica, el derecho y el deber de conservar el medio ambiente.
Asimismo el artículo 149.23 de la Carta Magna reserva a la Administración General del Estado la competencia para establecer la legislación básica sobre la protección del medio ambiente, mientras que las comunidades autónomas tienen la facultad de establecer normas adicionales de protección.
Es justo reconocer que en la sociedad actual se ha incrementado sensiblemente la preocupación por los problemas relativos a la conservación de nuestro patrimonio natural y de nuestra biodiversidad. Asimismo la globalización de los problemas ambientales y la creciente percepción de los efectos del cambio climático; el progresivo agotamiento de algunos recursos naturales; la desaparición, en ocasiones irreversible, de gran cantidad de especies de la flora y la fauna silvestres, y la degradación de espacios naturales de interés, se han convertido en motivo de seria preocupación para los ciudadanos, que reivindican cada vez con mayor interés su derecho a un medio ambiente de calidad que asegure su salud y su bienestar.
En el marco competencial del Estado, el parlamento español aprobó la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que vino a sustituir y ampliar los preceptos de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, que durante un buen número de años sirvió como herramienta básica de conservación en nuestro país.
Asimismo el Gobierno de la Nación ha suscrito diversos convenios internacionales en el campo de la preservación del patrimonio natural, como son el de protección de los Humedales o Ramsar, el de protección de la biodiversidad o de Berna y el de Protección de la Diversidad Biológica o de Río.
La Unión Europea ha ido promulgando, como derecho comunitario, un conjunto de directivas en el campo de la protección del medio ambiente que han conformado un marco normativo básico. En cuanto a la protección del patrimonio natural, dos son las directivas más determinantes. La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres, y la segunda es la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre.
Ambas supusieron una importante apuesta de conservación, a través de la creación de una red coherente de áreas en buen estado de conservación, la Red Natura 2000, destinada a la preservación de la biodiversidad europea, e incorporando como principio básico de la conservación la relación directa entre la preservación de las especies y la de sus hábitats. La Red Natura 2000 se ha desarrollado por obligación europea, pero sin dar señales de mejora en financiación, planes rectores de uso y gestión, vigilancia, etc.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su artículo 70 como competencias exclusivas de la Comunidad la caza y la pesca fluvial y lacustre, así como la protección de los ecosistemas en que tales actividades se desarrollan, además de la de dictar normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje. El artículo 71 recoge la competencia de desarrollo normativo y de ejecución en materia de montes, vías pecuarias y espacios naturales protegidos, así como la protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
Asimismo dispone en su artículo 4 que el patrimonio natural es un valor esencial para la identidad de la Comunidad de Castilla y León, que será objeto de especial protección y apoyo, y en su artículo 16.15 prevé como principio rector de las políticas públicas la promoción y adopción de las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los castellanos y leoneses a vivir en un medio ambiente ecológicamente equilibrado y saludable, impulsando la compatibilidad entre la actividad económica y la calidad ambiental con el fin de contribuir a un desarrollo sostenible.
En base a estos principios las Cortes de Castilla y León aprobaron la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, que venía a sustituir, ampliar y mejorar los contenidos de la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León.
Ahora bien, para una adecuada consecución de los principios y valores que las normas de conservación de la naturaleza establecen y que la sociedad demanda, es necesario el establecimiento de medidas de desarrollo y una serie de cambios en las políticas que la Junta de Castilla y León está llevando a cabo en los últimos años.
Analizando las políticas del gobierno de la Junta en esta materia, comprobamos que no terminan de cumplir sus responsabilidades, no desarrollan las normas, no declaran los espacios naturales que faltan, aplican recortes, no aplican herramientas de gestión y tienen a la ciudadanía de los espacios poco contenta, con ello. Es decir, sus políticas están en claro "Peligro de Extinción", como muchas especies en Castilla y León.
Hace 25 años se publicó la Orden de iniciación de varios espacios que componen la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, además de que la Junta no ha cumplido con las tramitación, el año pasado ha decidido eliminar 12 Espacios que tienen iniciado el procedimiento con los perjuicios ambientales y económicos ocasionados por la inactividad administrativa a los municipios donde se encuentran han sido muy importantes.
En base a lo expuesto y a las propuestas trasladadas a la Junta de Castilla y León, se fórmula la siguiente
MOCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. A elaborar y publicar el desarrollo reglamentario de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León.
2. La puesta en marcha de forma inmediata del Fondo de Patrimonio Natural de Castilla y León.
3. A elaborar y publicar el Inventario Regional de Patrimonio Natural de Castilla y León.
4. Revisar el Catálogo Regional de Zonas Húmedas de Interés Especial.
5. La creación y publicación del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de Castilla y León y del Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León.
6. Elaborar y aprobar los Planes de Recuperación de las especies en peligro de extinción presentes en Castilla y León, que no cuenten con dicha planificación con la finalidad de asegurar su supervivencia, eliminar en cuanto sea posible las causas de la situación de amenaza y lograr su salida de dicha situación.
7. Elaborar y aprobar los Planes de Conservación de las especies vulnerables presentes en Castilla y León, que no cuenten con dicha planificación con la finalidad de evitar que pasen a la categoría de «en peligro de extinción», corregir los factores adversos que actúan sobre ellas, y lograr un estado favorable de conservación.
8. A revisar los Planes de Recuperación aprobados para añadir nuevas zonas con presencia de dichas especies, como puede ser en el caso del Águila Imperial Ibérica.
9. Elaborar y aprobar un Plan de Reintroducción y gestión del lince ibérico en Castilla y León, concretando el régimen de protección de su hábitat potencial, o el eventualmente aplicable a los ejemplares que esporádicamente hicieran aparición en Castilla y León. Para ello negociará la llegada de fondos de las instituciones europeas o de ámbito nacional.
10. A revisar el Protocolo de Envenenamientos de especies silvestres y la normativa al respecto.
11. A potenciar con los medios materiales y humanos necesarios a las diferentes categorías profesionales que componen los Servicios Técnicos oficiales de Conservación de la naturaleza en nuestra Comunidad Autónoma (Técnicos Forestales, Biólogos, Ambientalistas, Agentes Medioambientales, etc.)".
Valladolid, 9 de octubre de 2017.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
M/000057-01
CVE="BOCCL-09-020358"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000057, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio natural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de octubre de 2017.
De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000057 relativa a "Política general en materia de patrimonio natural":
ANTECEDENTES
Esta moción deriva de una interpelación en la que pretendíamos conocer las políticas reales que realiza la Junta de Castilla y León en las materias de patrimonio natural.
La Constitución Española de 1978 establece en el Capítulo III del Título I, artículo 45, dentro de los principios rectores de la política social y económica, el derecho y el deber de conservar el medio ambiente.
Asimismo el artículo 149.23 de la Carta Magna reserva a la Administración General del Estado la competencia para establecer la legislación básica sobre la protección del medio ambiente, mientras que las comunidades autónomas tienen la facultad de establecer normas adicionales de protección.
Es justo reconocer que en la sociedad actual se ha incrementado sensiblemente la preocupación por los problemas relativos a la conservación de nuestro patrimonio natural y de nuestra biodiversidad. Asimismo la globalización de los problemas ambientales y la creciente percepción de los efectos del cambio climático; el progresivo agotamiento de algunos recursos naturales; la desaparición, en ocasiones irreversible, de gran cantidad de especies de la flora y la fauna silvestres, y la degradación de espacios naturales de interés, se han convertido en motivo de seria preocupación para los ciudadanos, que reivindican cada vez con mayor interés su derecho a un medio ambiente de calidad que asegure su salud y su bienestar.
En el marco competencial del Estado, el parlamento español aprobó la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que vino a sustituir y ampliar los preceptos de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, que durante un buen número de años sirvió como herramienta básica de conservación en nuestro país.
Asimismo el Gobierno de la Nación ha suscrito diversos convenios internacionales en el campo de la preservación del patrimonio natural, como son el de protección de los Humedales o Ramsar, el de protección de la biodiversidad o de Berna y el de Protección de la Diversidad Biológica o de Río.
La Unión Europea ha ido promulgando, como derecho comunitario, un conjunto de directivas en el campo de la protección del medio ambiente que han conformado un marco normativo básico. En cuanto a la protección del patrimonio natural, dos son las directivas más determinantes. La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres, y la segunda es la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre.
Ambas supusieron una importante apuesta de conservación, a través de la creación de una red coherente de áreas en buen estado de conservación, la Red Natura 2000, destinada a la preservación de la biodiversidad europea, e incorporando como principio básico de la conservación la relación directa entre la preservación de las especies y la de sus hábitats. La Red Natura 2000 se ha desarrollado por obligación europea, pero sin dar señales de mejora en financiación, planes rectores de uso y gestión, vigilancia, etc.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su artículo 70 como competencias exclusivas de la Comunidad la caza y la pesca fluvial y lacustre, así como la protección de los ecosistemas en que tales actividades se desarrollan, además de la de dictar normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje. El artículo 71 recoge la competencia de desarrollo normativo y de ejecución en materia de montes, vías pecuarias y espacios naturales protegidos, así como la protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
Asimismo dispone en su artículo 4 que el patrimonio natural es un valor esencial para la identidad de la Comunidad de Castilla y León, que será objeto de especial protección y apoyo, y en su artículo 16.15 prevé como principio rector de las políticas públicas la promoción y adopción de las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los castellanos y leoneses a vivir en un medio ambiente ecológicamente equilibrado y saludable, impulsando la compatibilidad entre la actividad económica y la calidad ambiental con el fin de contribuir a un desarrollo sostenible.
En base a estos principios las Cortes de Castilla y León aprobaron la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, que venía a sustituir, ampliar y mejorar los contenidos de la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León.
Ahora bien, para una adecuada consecución de los principios y valores que las normas de conservación de la naturaleza establecen y que la sociedad demanda, es necesario el establecimiento de medidas de desarrollo y una serie de cambios en las políticas que la Junta de Castilla y León está llevando a cabo en los últimos años.
Analizando las políticas del gobierno de la Junta en esta materia, comprobamos que no terminan de cumplir sus responsabilidades, no desarrollan las normas, no declaran los espacios naturales que faltan, aplican recortes, no aplican herramientas de gestión y tienen a la ciudadanía de los espacios poco contenta, con ello. Es decir, sus políticas están en claro "Peligro de Extinción", como muchas especies en Castilla y León.
Hace 25 años se publicó la Orden de iniciación de varios espacios que componen la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, además de que la Junta no ha cumplido con las tramitación, el año pasado ha decidido eliminar 12 Espacios que tienen iniciado el procedimiento con los perjuicios ambientales y económicos ocasionados por la inactividad administrativa a los municipios donde se encuentran han sido muy importantes.
En base a lo expuesto y a las propuestas trasladadas a la Junta de Castilla y León, se fórmula la siguiente
MOCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. A elaborar y publicar el desarrollo reglamentario de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León.
2. La puesta en marcha de forma inmediata del Fondo de Patrimonio Natural de Castilla y León.
3. A elaborar y publicar el Inventario Regional de Patrimonio Natural de Castilla y León.
4. Revisar el Catálogo Regional de Zonas Húmedas de Interés Especial.
5. La creación y publicación del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de Castilla y León y del Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León.
6. Elaborar y aprobar los Planes de Recuperación de las especies en peligro de extinción presentes en Castilla y León, que no cuenten con dicha planificación con la finalidad de asegurar su supervivencia, eliminar en cuanto sea posible las causas de la situación de amenaza y lograr su salida de dicha situación.
7. Elaborar y aprobar los Planes de Conservación de las especies vulnerables presentes en Castilla y León, que no cuenten con dicha planificación con la finalidad de evitar que pasen a la categoría de «en peligro de extinción», corregir los factores adversos que actúan sobre ellas, y lograr un estado favorable de conservación.
8. A revisar los Planes de Recuperación aprobados para añadir nuevas zonas con presencia de dichas especies, como puede ser en el caso del Águila Imperial Ibérica.
9. Elaborar y aprobar un Plan de Reintroducción y gestión del lince ibérico en Castilla y León, concretando el régimen de protección de su hábitat potencial, o el eventualmente aplicable a los ejemplares que esporádicamente hicieran aparición en Castilla y León. Para ello negociará la llegada de fondos de las instituciones europeas o de ámbito nacional.
10. A revisar el Protocolo de Envenenamientos de especies silvestres y la normativa al respecto.
11. A potenciar con los medios materiales y humanos necesarios a las diferentes categorías profesionales que componen los Servicios Técnicos oficiales de Conservación de la naturaleza en nuestra Comunidad Autónoma (Técnicos Forestales, Biólogos, Ambientalistas, Agentes Medioambientales, etc.)".
Valladolid, 9 de octubre de 2017.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
M/000057-01
CVE="BOCCL-09-020358"