PNL/001720-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001720-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, para instar a la Junta a que inste al Gobierno para que siga defendiendo ante la ONU el plan de paz para la libre determinación del pueblo saharaui y las medidas que se indican en relación con el tema, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001712 a PNL/001737.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Procurador de IUCyL-Equo Convergencia por Castilla y León, D. José Sarrión Andaluz, al amparo de lo establecido en el artículo 62 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Presidencia.

ANTECEDENTES

El 6 de noviembre de 1975 la Marcha Verde puso fin a la presencia española en el territorio del Sahara Occidental, sin que pudiese concluirse el proceso de descolonización que estaba en curso en el marco de Naciones Unidas. El abandono español del territorio se vio sucedido por la declaración de la República Árabe Saharaui Democrática el 27 de febrero de 1976, sin embargo, la ocupación ilegal del territorio del Sahara Occidental por parte de Marruecos provocó una larga guerra que forzó a que centenares de miles de saharauis sufrieran el exilio, sufriendo así la conculcación de sus derechos humanos, individuales y colectivos.

Existen numerosas investigaciones que prueban este hecho, algunas de ellas llevadas a cabo por el Instituto Hegoa de la UPV-EHU y la Sociedad de Ciencias Aranzadi, con el apoyo de Euskal Fondoa, han aportado numerosas pruebas sobre desapariciones forzosas y bombardeos a la población civil saharaui a manos del gobierno de Marruecos. Además, estos estudios se han visto reflejados en el auto relativo al genocidio contra el Pueblo Saharaui dictado el nueve de abril de 2015 por la Audiencia Nacional.

Cuarenta años después, los campamentos de refugiados saharauis nos recuerdan con vergüenza que España tiene una responsabilidad administrativa e histórica, como antigua potencia colonizadora, para con los saharauis que tantos años llevan esperando volver a sus tierras. El olvido de la comunidad internacional contribuye día a día a legitimar un status quo que, además de ser profundamente injusto, es contrario al derecho internacional que reconoce al pueblo saharaui como el único sujeto legítimo para ejercer el derecho a la autodeterminación sobre el Sahara Occidental, sin que ningún otro pueblo o país pueda condicionar este derecho.

De esta manera la solución no puede ser otra que política, pues de ningún otro modo se puede llegar a una conclusión justa del conflicto. Sin embargo, también es necesario reanudar y aumentar las partidas de ayuda humanitaria y aquellas destinadas a proyectos de cooperación, orientadas a los campamentos de Tinduf (Argelia) y los territorios liberados del Sahara Occidental, donde el pueblo saharaui sobrevive en condiciones extremadamente duras y sin apenas posibilidades de procurarse la autosuficiencia. Donde la población sufre altas tasas de desnutrición y padece las consecuencias de un clima extremo, como se ha visto en las inundaciones que han destrozado más de tres mil hogares.

Como ya es conocido uno de estos proyectos es el Programa de Vacaciones en Paz, que se viene desarrollando en el estado español desde hace 20 años a través de las diferentes asociaciones de solidaridad con el Pueblo Saharaui, consistiendo en la acogida de niños y niñas saharauis residentes en los Campamentos de refugiados de Tinduf (Argelia) por parte de familias españolas durante dos meses en verano, cuando las condiciones climáticas son más duras en el desierto del Sáhara. Siendo una oportunidad inigualable de fomento de la cultura, de puesta en marcha de revisiones y tratamientos médicos que no pueden abordarse en los campamentos y de desarrollo de lazos entre las familias españolas y saharauis.

La impunidad con la que actúa el reino de Marruecos contra el pueblo saharaui queda de manifiesto en la tibia reacción internacional sobre la acción de la policía y el ejercito marroquí en el desmantelamiento del Campamento de Gdeim lzik. El 8 de noviembre de 2010 la policía y el ejército marroquí arrasaron a sangre y fuego el Campamento de Gdeim Izik (Campamento de la Dignidad) situado a las afueras de El Aaiún capital del Sahara occidental, donde un mes antes se habían congregado unos 20.000 saharauis. Se trataba de un pacífico campamento de protesta en el que los saharauis denunciaban la discriminación social y civil a la que eran sometidos por las autoridades marroquíes en sus propias tierras del Sáhara Occidental ocupado, y sobre todo, el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas que defienden el legítimo derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación a través de un referéndum.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Instar a que el Gobierno de España siga defendiendo ante la ONU el plan de paz para la libre determinación del pueblo Saharaui.

2.- Reconocer que el problema del Sahara Occidental es un proceso de descolonización inacabado, que debe ser Solucionado de acuerdo al Derecho internacional.

3.- Exigir el respeto a los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara Occidental, y la inmediata liberación de los 25 presos políticos de Gdeim Izik, que fueron juzgados por un tribunal militar marroquí en febrero de 2013 y condenados a fuertes penas que varían desde los 20 años a la cadena perpetua.

4.- Instar al Gobierno de España a que reclame a Marruecos el acceso libre a los territorios ocupados de delegaciones de observadores y medios de comunicación.

5.- Solicitar al Gobierno de España a que se dirija al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la comunidad internacional para pedirle que adopte las medidas necesarias para la rápida aplicación de la ampliación del mandato de la MINURSO para garantizar el respeto de los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara occidental.

6.- Instar al Gobierno de España para que solicite a la UE a que respete la legalidad internacional en los acuerdos que pueda suscribir con el Reino de Marruecos, de manera que no afectan al territorio, ni a las aguas del Sahara occidental, ni a los derechos políticos y económicos del pueblo saharaui.

7.- A incrementar la ayuda alimentaria y la cooperación a la población Saharaui que resiste en condiciones infrahumanas en los campamentos de refugiados de Tinduf para paliar las extremas condiciones de vida de sus habitantes y cubrir las necesidades alimentarias, sanitarias, educativas y de alojamiento.

Valladolid, 17 de octubre de 2017.

EL PROCURADOR,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


PNL/001720-01

CVE="BOCCL-09-020703"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 43203-43205
BOCCL nº 334/9 del 10/11/2017
CVE: BOCCL-09-020703

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001720-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, para instar a la Junta a que inste al Gobierno para que siga defendiendo ante la ONU el plan de paz para la libre determinación del pueblo saharaui y las medidas que se indican en relación con el tema, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001712 a PNL/001737.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Procurador de IUCyL-Equo Convergencia por Castilla y León, D. José Sarrión Andaluz, al amparo de lo establecido en el artículo 62 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Presidencia.

ANTECEDENTES

El 6 de noviembre de 1975 la Marcha Verde puso fin a la presencia española en el territorio del Sahara Occidental, sin que pudiese concluirse el proceso de descolonización que estaba en curso en el marco de Naciones Unidas. El abandono español del territorio se vio sucedido por la declaración de la República Árabe Saharaui Democrática el 27 de febrero de 1976, sin embargo, la ocupación ilegal del territorio del Sahara Occidental por parte de Marruecos provocó una larga guerra que forzó a que centenares de miles de saharauis sufrieran el exilio, sufriendo así la conculcación de sus derechos humanos, individuales y colectivos.

Existen numerosas investigaciones que prueban este hecho, algunas de ellas llevadas a cabo por el Instituto Hegoa de la UPV-EHU y la Sociedad de Ciencias Aranzadi, con el apoyo de Euskal Fondoa, han aportado numerosas pruebas sobre desapariciones forzosas y bombardeos a la población civil saharaui a manos del gobierno de Marruecos. Además, estos estudios se han visto reflejados en el auto relativo al genocidio contra el Pueblo Saharaui dictado el nueve de abril de 2015 por la Audiencia Nacional.

Cuarenta años después, los campamentos de refugiados saharauis nos recuerdan con vergüenza que España tiene una responsabilidad administrativa e histórica, como antigua potencia colonizadora, para con los saharauis que tantos años llevan esperando volver a sus tierras. El olvido de la comunidad internacional contribuye día a día a legitimar un status quo que, además de ser profundamente injusto, es contrario al derecho internacional que reconoce al pueblo saharaui como el único sujeto legítimo para ejercer el derecho a la autodeterminación sobre el Sahara Occidental, sin que ningún otro pueblo o país pueda condicionar este derecho.

De esta manera la solución no puede ser otra que política, pues de ningún otro modo se puede llegar a una conclusión justa del conflicto. Sin embargo, también es necesario reanudar y aumentar las partidas de ayuda humanitaria y aquellas destinadas a proyectos de cooperación, orientadas a los campamentos de Tinduf (Argelia) y los territorios liberados del Sahara Occidental, donde el pueblo saharaui sobrevive en condiciones extremadamente duras y sin apenas posibilidades de procurarse la autosuficiencia. Donde la población sufre altas tasas de desnutrición y padece las consecuencias de un clima extremo, como se ha visto en las inundaciones que han destrozado más de tres mil hogares.

Como ya es conocido uno de estos proyectos es el Programa de Vacaciones en Paz, que se viene desarrollando en el estado español desde hace 20 años a través de las diferentes asociaciones de solidaridad con el Pueblo Saharaui, consistiendo en la acogida de niños y niñas saharauis residentes en los Campamentos de refugiados de Tinduf (Argelia) por parte de familias españolas durante dos meses en verano, cuando las condiciones climáticas son más duras en el desierto del Sáhara. Siendo una oportunidad inigualable de fomento de la cultura, de puesta en marcha de revisiones y tratamientos médicos que no pueden abordarse en los campamentos y de desarrollo de lazos entre las familias españolas y saharauis.

La impunidad con la que actúa el reino de Marruecos contra el pueblo saharaui queda de manifiesto en la tibia reacción internacional sobre la acción de la policía y el ejercito marroquí en el desmantelamiento del Campamento de Gdeim lzik. El 8 de noviembre de 2010 la policía y el ejército marroquí arrasaron a sangre y fuego el Campamento de Gdeim Izik (Campamento de la Dignidad) situado a las afueras de El Aaiún capital del Sahara occidental, donde un mes antes se habían congregado unos 20.000 saharauis. Se trataba de un pacífico campamento de protesta en el que los saharauis denunciaban la discriminación social y civil a la que eran sometidos por las autoridades marroquíes en sus propias tierras del Sáhara Occidental ocupado, y sobre todo, el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas que defienden el legítimo derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación a través de un referéndum.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Instar a que el Gobierno de España siga defendiendo ante la ONU el plan de paz para la libre determinación del pueblo Saharaui.

2.- Reconocer que el problema del Sahara Occidental es un proceso de descolonización inacabado, que debe ser Solucionado de acuerdo al Derecho internacional.

3.- Exigir el respeto a los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara Occidental, y la inmediata liberación de los 25 presos políticos de Gdeim Izik, que fueron juzgados por un tribunal militar marroquí en febrero de 2013 y condenados a fuertes penas que varían desde los 20 años a la cadena perpetua.

4.- Instar al Gobierno de España a que reclame a Marruecos el acceso libre a los territorios ocupados de delegaciones de observadores y medios de comunicación.

5.- Solicitar al Gobierno de España a que se dirija al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la comunidad internacional para pedirle que adopte las medidas necesarias para la rápida aplicación de la ampliación del mandato de la MINURSO para garantizar el respeto de los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara occidental.

6.- Instar al Gobierno de España para que solicite a la UE a que respete la legalidad internacional en los acuerdos que pueda suscribir con el Reino de Marruecos, de manera que no afectan al territorio, ni a las aguas del Sahara occidental, ni a los derechos políticos y económicos del pueblo saharaui.

7.- A incrementar la ayuda alimentaria y la cooperación a la población Saharaui que resiste en condiciones infrahumanas en los campamentos de refugiados de Tinduf para paliar las extremas condiciones de vida de sus habitantes y cubrir las necesidades alimentarias, sanitarias, educativas y de alojamiento.

Valladolid, 17 de octubre de 2017.

EL PROCURADOR,

Fdo.: José Sarrión Andaluz


PNL/001720-01

CVE="BOCCL-09-020703"



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