PE/007102-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/007102-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a aprobación de la normativa reglamentaria de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006865 a PE/007153.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez, procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, recoge en su Artículo 71, uno por ciento cultural:

1.- En el presupuesto de licitación de cada obra pública, financiada total o parcialmente por la Comunidad Autónoma, se incluirá una partida equivalente al menos al uno por ciento de los fondos aportados por la Comunidad Autónoma con destino a financiar acciones de tutela del Patrimonio Cultural de Castilla y León, preferentemente en la propia obra o en su inmediato entorno. La Intervención General de la Comunidad Autónoma no fiscalizará de conformidad propuesta de gasto alguna en tanto no se acredite la retención del crédito preciso para tales acciones.

2.- Si la obra pública hubiera de construirse y explotarse por particulares en virtud de concesión administrativa y sin la participación financiera de la Comunidad Autónoma, el uno por ciento se aplicará sobre el presupuesto total para su ejecución.

En el punto 4 de dicho Artículo se recoge así mismo: Corresponde a la Consejería competente en materia de Patrimonio aprobar la normativa reglamentaria de desarrollo de la obligación establecida en este artículo. La misma Consejería establecerá directrices y objetivos para la aplicación de la citada partida, que se comunicarán a la Administración General del Estado, con la finalidad de que puedan servirle de guía para las inversiones que realice en la Comunidad Autónoma en aplicación del uno por ciento cultural determinado por la Legislación del Patrimonio Histórico Español.

PREGUNTAS

Desde la entrada en vigor de la mencionada ley:

¿Se ha aprobado la normativa reglamentaria de desarrollo de la obligación mencionada?

De no ser así, ¿qué motivos han impedido hacerlo?

No obstante, ¿cuántas y cuáles han sido las obras públicas, incluso las que se han construido y explotado por particulares en virtud de concesión administrativa, a las que se les ha aplicado el uno por ciento de los fondos aportados por la Comunidad Autónoma con destino a financiar acciones de tutela del Patrimonio Cultural de Castilla y León?

Valladolid, 16 de octubre de 2017.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez


PE/007102-01

CVE="BOCCL-09-020974"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 43743-43744
BOCCL nº 337/9 del 15/11/2017
CVE: BOCCL-09-020974

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/007102-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a aprobación de la normativa reglamentaria de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006865 a PE/007153.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez, procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, recoge en su Artículo 71, uno por ciento cultural:

1.- En el presupuesto de licitación de cada obra pública, financiada total o parcialmente por la Comunidad Autónoma, se incluirá una partida equivalente al menos al uno por ciento de los fondos aportados por la Comunidad Autónoma con destino a financiar acciones de tutela del Patrimonio Cultural de Castilla y León, preferentemente en la propia obra o en su inmediato entorno. La Intervención General de la Comunidad Autónoma no fiscalizará de conformidad propuesta de gasto alguna en tanto no se acredite la retención del crédito preciso para tales acciones.

2.- Si la obra pública hubiera de construirse y explotarse por particulares en virtud de concesión administrativa y sin la participación financiera de la Comunidad Autónoma, el uno por ciento se aplicará sobre el presupuesto total para su ejecución.

En el punto 4 de dicho Artículo se recoge así mismo: Corresponde a la Consejería competente en materia de Patrimonio aprobar la normativa reglamentaria de desarrollo de la obligación establecida en este artículo. La misma Consejería establecerá directrices y objetivos para la aplicación de la citada partida, que se comunicarán a la Administración General del Estado, con la finalidad de que puedan servirle de guía para las inversiones que realice en la Comunidad Autónoma en aplicación del uno por ciento cultural determinado por la Legislación del Patrimonio Histórico Español.

PREGUNTAS

Desde la entrada en vigor de la mencionada ley:

¿Se ha aprobado la normativa reglamentaria de desarrollo de la obligación mencionada?

De no ser así, ¿qué motivos han impedido hacerlo?

No obstante, ¿cuántas y cuáles han sido las obras públicas, incluso las que se han construido y explotado por particulares en virtud de concesión administrativa, a las que se les ha aplicado el uno por ciento de los fondos aportados por la Comunidad Autónoma con destino a financiar acciones de tutela del Patrimonio Cultural de Castilla y León?

Valladolid, 16 de octubre de 2017.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez


PE/007102-01

CVE="BOCCL-09-020974"



Sede de las Cortes de Castilla y León