PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005944, PE/005987, PE/006059, PE/006060, PE/006142, PE/006165, PE/006170, PE/006185, PE/006195, PE/006205, PE/006212, PE/006216, PE/006226, PE/006227, PE/006229, PE/006236, PE/006242, PE/006259 a PE/006269, PE/006272, PE/006280, PE/006290 a PE/006292, PE/006296, PE/006297, PE/006300, PE/006310, PE/006323, PE/006326, PE/006334, PE/006343, PE/006353, PE/006358, PE/006366, PE/006367, PE/006373, PE/006375 a PE/006379, PE/006384, PE/006386 a PE/006388, PE/006391, PE/006393 a PE/006403, PE/006482, PE/006483, PE/006486, PE/006501 a PE/006514, PE/006524, PE/006527, PE/006532, PE/006534, PE/006535, PE/006546, PE/006615, PE/006634, PE/006653, PE/006658, PE/006660, PE/006662, PE/006718 y PE/006732, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906236, formulada por D.ª M.ª Josefa Rodríguez Tobal, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a presuntas irregularidades en el vertedero de Zamora.
El funcionamiento del Centro de Tratamiento de Residuos Domésticos de Zamora y de su depósito de rechazos asociado, cuya gestión es competencia del Ayuntamiento titular de las instalaciones y del Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de los Residuos Urbanos, conforme a la autorización ambiental concedida por Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, actualizada por Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, consta en esta Administración a través de los informes y memorias de residuos que anualmente presenta el titular y a través de las comprobaciones realizadas in situ periódicamente por los técnicos de la Administración.
De la información contenida en los informes ambientales anuales consta la realización de la cubrición de los residuos depositados en el vertedero, sin que conste que se haya superado la capacidad de la balsa de lixiviados y sin que la autorización ambiental concedida a la instalación concrete que el depósito de residuos deba realizarse en balsas de alta densidad, siendo igualmente válido como parte del plan de explotación de un vertedero el esparcimiento de los residuos por el terreno, no habiéndose detectado desviaciones o incumplimientos de lo establecido en la citada autorización ambiental en la última inspección presencial efectuada, realizándose la descarga de los residuos en tongadas con posterior compactación y cubrición sin que se apreciaran exceso de volados.
Consta en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora denuncia formulada por el SEPRONA de Zamora, contra Urbaser Zamora, S.A., consistiendo los hechos imputados en la constatación por parte de los agentes de la colocación en la zona del vaso de depósito de residuos, de cinco aspersores conectados a una bomba situada en la balsa de lixiviados, así como a la cubrición parcial de los residuos depositados con restos de compost, denuncia que ha dado lugar a la incoación de procedimiento sancionador, actualmente en tramitación.
Valladolid, 13 de septiembre de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006236-3
CVE="BOCCL-09-021074"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005944, PE/005987, PE/006059, PE/006060, PE/006142, PE/006165, PE/006170, PE/006185, PE/006195, PE/006205, PE/006212, PE/006216, PE/006226, PE/006227, PE/006229, PE/006236, PE/006242, PE/006259 a PE/006269, PE/006272, PE/006280, PE/006290 a PE/006292, PE/006296, PE/006297, PE/006300, PE/006310, PE/006323, PE/006326, PE/006334, PE/006343, PE/006353, PE/006358, PE/006366, PE/006367, PE/006373, PE/006375 a PE/006379, PE/006384, PE/006386 a PE/006388, PE/006391, PE/006393 a PE/006403, PE/006482, PE/006483, PE/006486, PE/006501 a PE/006514, PE/006524, PE/006527, PE/006532, PE/006534, PE/006535, PE/006546, PE/006615, PE/006634, PE/006653, PE/006658, PE/006660, PE/006662, PE/006718 y PE/006732, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906236, formulada por D.ª M.ª Josefa Rodríguez Tobal, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a presuntas irregularidades en el vertedero de Zamora.
El funcionamiento del Centro de Tratamiento de Residuos Domésticos de Zamora y de su depósito de rechazos asociado, cuya gestión es competencia del Ayuntamiento titular de las instalaciones y del Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de los Residuos Urbanos, conforme a la autorización ambiental concedida por Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, actualizada por Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, consta en esta Administración a través de los informes y memorias de residuos que anualmente presenta el titular y a través de las comprobaciones realizadas in situ periódicamente por los técnicos de la Administración.
De la información contenida en los informes ambientales anuales consta la realización de la cubrición de los residuos depositados en el vertedero, sin que conste que se haya superado la capacidad de la balsa de lixiviados y sin que la autorización ambiental concedida a la instalación concrete que el depósito de residuos deba realizarse en balsas de alta densidad, siendo igualmente válido como parte del plan de explotación de un vertedero el esparcimiento de los residuos por el terreno, no habiéndose detectado desviaciones o incumplimientos de lo establecido en la citada autorización ambiental en la última inspección presencial efectuada, realizándose la descarga de los residuos en tongadas con posterior compactación y cubrición sin que se apreciaran exceso de volados.
Consta en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora denuncia formulada por el SEPRONA de Zamora, contra Urbaser Zamora, S.A., consistiendo los hechos imputados en la constatación por parte de los agentes de la colocación en la zona del vaso de depósito de residuos, de cinco aspersores conectados a una bomba situada en la balsa de lixiviados, así como a la cubrición parcial de los residuos depositados con restos de compost, denuncia que ha dado lugar a la incoación de procedimiento sancionador, actualmente en tramitación.
Valladolid, 13 de septiembre de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006236-3
CVE="BOCCL-09-021074"