PE/007659-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/007659-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Lorena González Guerrero, relativa a propuesta de nombramiento del Jefe del Área de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Segovia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de enero de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/007623 a PE/007695.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de enero de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Lorena González Guerrero, procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

El pasado 13 de diciembre se hizo público el nombramiento del nuevo Jefe del Área de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Segovia. La persona elegida venía desarrollando su labor como inspector accidental y no pertenece al Cuerpo de Inspectores de Educación. Esta irregularidad viene produciéndose de forma continuada desde el año 2007, y es conocida por la Junta de Castilla y León, ya que su Delegado Territorial en Segovia ha dado la bienvenida a estos Jefes de Inspección ilegales, de cuyo acto ha quedado constancia publicada en la prensa.

Por otro lado, la plantilla de inspectores de dicha provincia está compuesta por nueve personas, y seis de ellas son de carácter accidental, algo que se viene produciendo de forma continuada y que responde a la selección de personal de confianza. Además, dada la composición de las Comisiones para seleccionar los puestos de Inspector accidental, sólo en la última había un miembro del Cuerpo de Inspectores, es decir, los responsables de seleccionar inspectores han sido funcionarios que no lo son, y lo más grave, funcionarios que suspendieron las oposiciones al Cuerpo de Inspectores. Incluso, en la última Comisión había miembros de cuerpos de inferior categoría, de designación política e incluso un interino, todo ello prohibido por la legislación.

La normativa aplicable a esta cuestión es la siguiente:

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que establece en su artículo 152 que: "La inspección educativa será ejercida por las Administraciones educativas a través de funcionarios públicos del Cuerpo de Inspectores de Educación".

• OM de 3 de agosto de 1996, por la que se modifica la Orden de 29 de febrero de 1996 y se adapta la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación a la estructura del Ministerio de Educación y Cultura, establece en su apartado decimoséptimo, 1, que: "Al frente de cada Inspección Provincial habrá un Inspector jefe nombrado por el Secretario General de Educación y Formación Profesional, a propuesta del Director Provincial entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación".

• Decreto 92/2004, de 29 de julio, por el que se regula la Inspección de Educación en Castilla y León, que establece en su artículo 3 que: "Las funciones de Inspección educativa serán desempeñadas por los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa".

PREGUNTAS

• ¿Tiene constancia la Junta de Castilla y León de que la Dirección Provincial de Educación de Segovia ha hecho la propuesta de nombramiento a Jefe del Área de Inspección incumpliendo la normativa vigente?

• ¿Por qué ha aprobado la Dirección General de Recursos Humanos u otro Director General de la Consejería de Educación dicho nombramiento cuando no hay razones de excepcionalidad que lo justifiquen, al existir funcionarios del Cuerpo de Inspectores en ejercicio de sus funciones?

• ¿Cuántos Jefes de Inspección de carácter accidental hay en las Direcciones Provinciales de las diferentes provincias de la comunidad y cómo justifican su nombramiento?

Valladolid, 21 de diciembre de 2017.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Lorena González Guerrero


PE/007659-01

CVE="BOCCL-09-022795"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 48744-48745
BOCCL nº 362/9 del 17/1/2018
CVE: BOCCL-09-022795

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/007659-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Lorena González Guerrero, relativa a propuesta de nombramiento del Jefe del Área de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Segovia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de enero de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/007623 a PE/007695.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de enero de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Lorena González Guerrero, procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

El pasado 13 de diciembre se hizo público el nombramiento del nuevo Jefe del Área de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Segovia. La persona elegida venía desarrollando su labor como inspector accidental y no pertenece al Cuerpo de Inspectores de Educación. Esta irregularidad viene produciéndose de forma continuada desde el año 2007, y es conocida por la Junta de Castilla y León, ya que su Delegado Territorial en Segovia ha dado la bienvenida a estos Jefes de Inspección ilegales, de cuyo acto ha quedado constancia publicada en la prensa.

Por otro lado, la plantilla de inspectores de dicha provincia está compuesta por nueve personas, y seis de ellas son de carácter accidental, algo que se viene produciendo de forma continuada y que responde a la selección de personal de confianza. Además, dada la composición de las Comisiones para seleccionar los puestos de Inspector accidental, sólo en la última había un miembro del Cuerpo de Inspectores, es decir, los responsables de seleccionar inspectores han sido funcionarios que no lo son, y lo más grave, funcionarios que suspendieron las oposiciones al Cuerpo de Inspectores. Incluso, en la última Comisión había miembros de cuerpos de inferior categoría, de designación política e incluso un interino, todo ello prohibido por la legislación.

La normativa aplicable a esta cuestión es la siguiente:

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que establece en su artículo 152 que: "La inspección educativa será ejercida por las Administraciones educativas a través de funcionarios públicos del Cuerpo de Inspectores de Educación".

• OM de 3 de agosto de 1996, por la que se modifica la Orden de 29 de febrero de 1996 y se adapta la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación a la estructura del Ministerio de Educación y Cultura, establece en su apartado decimoséptimo, 1, que: "Al frente de cada Inspección Provincial habrá un Inspector jefe nombrado por el Secretario General de Educación y Formación Profesional, a propuesta del Director Provincial entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación".

• Decreto 92/2004, de 29 de julio, por el que se regula la Inspección de Educación en Castilla y León, que establece en su artículo 3 que: "Las funciones de Inspección educativa serán desempeñadas por los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa".

PREGUNTAS

• ¿Tiene constancia la Junta de Castilla y León de que la Dirección Provincial de Educación de Segovia ha hecho la propuesta de nombramiento a Jefe del Área de Inspección incumpliendo la normativa vigente?

• ¿Por qué ha aprobado la Dirección General de Recursos Humanos u otro Director General de la Consejería de Educación dicho nombramiento cuando no hay razones de excepcionalidad que lo justifiquen, al existir funcionarios del Cuerpo de Inspectores en ejercicio de sus funciones?

• ¿Cuántos Jefes de Inspección de carácter accidental hay en las Direcciones Provinciales de las diferentes provincias de la comunidad y cómo justifican su nombramiento?

Valladolid, 21 de diciembre de 2017.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Lorena González Guerrero


PE/007659-01

CVE="BOCCL-09-022795"



Sede de las Cortes de Castilla y León