PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006235, PE/006522, PE/006574 a PE/006577, PE/006586, PE/006587, PE/006590, PE/006607, PE/006609, PE/006638, PE/006640, PE/006666 a PE/006668, PE/006692 a PE/006694, PE/006719 a PE/006724, PE/006736 a PE/006738, PE/006741, PE/006744, PE/006747, PE/006757 a PE/006761, PE/006784 a PE/006786, PE/006795, PE/006841, PE/006842, PE/006867 a PE/006870, PE/006873, PE/006876 a PE/006878, PE/006881 a PE/006884, PE/006886 a PE/006906, PE/006908, PE/006911, PE/006914, PE/006919, PE/006921, PE/006923, PE/006928, PE/006933, PE/006951 a PE/006959, PE/006963, PE/006984, PE/006986 a PE/006988, PE/006990, PE/006991, PE/006994, PE/007003 a PE/007006, PE/007009, PE/007013, PE/007014, PE/007016, PE/007018 a PE/007021, PE/007033, PE/007034, PE/007044, PE/007047, PE/007048, PE/007051, PE/007057, PE/007062, PE/007064, PE/007065, PE/007067, PE/007070, PE/007071, PE/007073, PE/007076, PE/007078 a PE/007080, PE/007083, PE/007088, PE/007094 a PE/007097, PE/007099, PE/007101, PE/007104 a PE/007107, PE/007114 a PE/007118, PE/007121, PE/007122, PE/007124 a PE/007126, PE/007128 a PE/007133, PE/007140, PE/007141, PE/007144 a PE/007147, PE/007149 a PE/007151, PE/007163 a PE/007169, PE/007181, PE/007183, PE/007190 a PE/007198, PE/007202 y PE/007248, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de diciembre de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0907080, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Sarrión Andaluz, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la precariedad laboral en la UVa de Segovia.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0907080 se manifiesta lo siguiente:
De acuerdo con el artículo 2.e) de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la autonomía universitaria comprende “la selección, formación y promoción del personal docente e investigador y de administración y servicios, así como la determinación de las condiciones en que han de desarrollar sus actividades”, la Consejería de Educación no es competente para abordar el problema que se señala.
En otro orden de cosas, la Consejería de Educación tramita anualmente el Decreto por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León para el curso académico correspondiente. En esa norma no se recoge la posibilidad de devolución de los precos públicos abonados por lo que, una vez recaudados, la gestión de esos ingresos corresponde exclusivamente a la universidad. En este sentido, es la normativa interna que desarrolla cada universidad la que, en su ámbito competencial, podría contemplar medidas compensatorias oportunas en aquellos supuestos en los que se haya producido alguna alteración del calendario oficial o de las condiciones en las que se imparte docencia en alguno de sus estudios oficiales, por causa imputable a la universidad.
Asimismo, la Consejería de Educación ha manifestado, en diversas ocasiones, la reducción de un 5% de los precios de las matrículas universitarias se materializará en el curso académico 2018-19, y, si las circunstancias lo permiten, en años sucesivos se acordará una nueva disminución.
Valladolid, 11 de diciembre de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/007080-2
CVE="BOCCL-09-022963"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006235, PE/006522, PE/006574 a PE/006577, PE/006586, PE/006587, PE/006590, PE/006607, PE/006609, PE/006638, PE/006640, PE/006666 a PE/006668, PE/006692 a PE/006694, PE/006719 a PE/006724, PE/006736 a PE/006738, PE/006741, PE/006744, PE/006747, PE/006757 a PE/006761, PE/006784 a PE/006786, PE/006795, PE/006841, PE/006842, PE/006867 a PE/006870, PE/006873, PE/006876 a PE/006878, PE/006881 a PE/006884, PE/006886 a PE/006906, PE/006908, PE/006911, PE/006914, PE/006919, PE/006921, PE/006923, PE/006928, PE/006933, PE/006951 a PE/006959, PE/006963, PE/006984, PE/006986 a PE/006988, PE/006990, PE/006991, PE/006994, PE/007003 a PE/007006, PE/007009, PE/007013, PE/007014, PE/007016, PE/007018 a PE/007021, PE/007033, PE/007034, PE/007044, PE/007047, PE/007048, PE/007051, PE/007057, PE/007062, PE/007064, PE/007065, PE/007067, PE/007070, PE/007071, PE/007073, PE/007076, PE/007078 a PE/007080, PE/007083, PE/007088, PE/007094 a PE/007097, PE/007099, PE/007101, PE/007104 a PE/007107, PE/007114 a PE/007118, PE/007121, PE/007122, PE/007124 a PE/007126, PE/007128 a PE/007133, PE/007140, PE/007141, PE/007144 a PE/007147, PE/007149 a PE/007151, PE/007163 a PE/007169, PE/007181, PE/007183, PE/007190 a PE/007198, PE/007202 y PE/007248, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de diciembre de 2017.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0907080, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Sarrión Andaluz, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la precariedad laboral en la UVa de Segovia.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0907080 se manifiesta lo siguiente:
De acuerdo con el artículo 2.e) de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la autonomía universitaria comprende “la selección, formación y promoción del personal docente e investigador y de administración y servicios, así como la determinación de las condiciones en que han de desarrollar sus actividades”, la Consejería de Educación no es competente para abordar el problema que se señala.
En otro orden de cosas, la Consejería de Educación tramita anualmente el Decreto por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León para el curso académico correspondiente. En esa norma no se recoge la posibilidad de devolución de los precos públicos abonados por lo que, una vez recaudados, la gestión de esos ingresos corresponde exclusivamente a la universidad. En este sentido, es la normativa interna que desarrolla cada universidad la que, en su ámbito competencial, podría contemplar medidas compensatorias oportunas en aquellos supuestos en los que se haya producido alguna alteración del calendario oficial o de las condiciones en las que se imparte docencia en alguno de sus estudios oficiales, por causa imputable a la universidad.
Asimismo, la Consejería de Educación ha manifestado, en diversas ocasiones, la reducción de un 5% de los precios de las matrículas universitarias se materializará en el curso académico 2018-19, y, si las circunstancias lo permiten, en años sucesivos se acordará una nueva disminución.
Valladolid, 11 de diciembre de 2017.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/007080-2
CVE="BOCCL-09-022963"