PNL/001866-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001866-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. David Castaño Sequeros, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, relativa a equiparación salarial del personal docente de los centros de enseñanza privada concertados de Castilla y León con el personal docente de los centros públicos, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de febrero de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001860 a PNL/001904.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de febrero de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, José Ignacio Delgado Palacios, David Castaño Sequeros, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

En la constante construcción de un proyecto educativo igualitario, inclusivo y de calidad, es lógico atender a la realidad plural del mismo. La oferta educativa de nuestro país conforma un modelo necesitado de recursos de gestión para poder brindar la mejor enseñanza posible a las futuras generaciones.

Como una parte fundamental dentro del sistema educativo en España, la educación concertada constituye una parte importante de la red de centros de enseñanza en nuestro país. De hecho, un 25,2 % de la escolarización en la Educación infantil se registra en este tipo de centros. Estos porcentajes se incrementan sensiblemente hasta el 28,5 % para la etapa en Primaria y el 30,7 % de los estudiantes en la ESO, según datos del informe publicado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 2017: "Sistema estatal de indicadores de la educación 2017". La tendencia no solo es creciente entre las distintas etapas, sino que se muestra al alza desde el curso 2004-2005 al 2014-2015, dentro de la Educación Infantil, llegando a ser 3,6 puntos superior respecto a dicho periodo base.

Las cifras registradas para Castilla y León, tomando como referencia el curso 2014-2015, señalan que, en Educación Infantil, casi 3 de cada 10 alumnos acuden a centros concertados. De forma similar, en la Primaria esta relación se refuerza (32,5 %) y se asienta en la ESO (35 %).

Conscientes de la relevancia que, progresivamente, ha tomado la educación concertada, no es posible adoptar el compromiso para un Pacto Nacional por la Educación que no reconozca que cualquier estudiante, independientemente de la preferencia de sus tutores, debe contar con la estructura necesaria para desarrollar una formación que se sustente en criterios de calidad, igualdad e integridad de plena garantía.

Este mandato es extensivo al profesorado y personal docente de estos centros educativos en lo referente a sus retribuciones. Con la entrada en vigor, en julio de 1985, de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), se hace explícito, en el Título V sobre los centros concertados, en su artículo 49, que:

4. "Las cantidades correspondientes a los salarios del personal docente, (...), tenderán a hacer posible, gradualmente, que la remuneración de aquél sea análoga a la del profesorado estatal de los respectivos niveles".

5. "Los salarios del personal docente serán abonados por la Administración al profesorado, como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro, con cargo y a cuenta de las cantidades previstas en el apartado anterior. A tal fin, el titular del centro, en su condición de empleador en la relación laboral, facilitará a la Administración las nóminas correspondientes, así como sus eventuales modificaciones".

Estas premisas, recogidas sucesivamente en varias disposiciones posteriores como la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Antes, en 1988, el Ministerio de Educación, junto a los sindicatos de educación rubrican el "Acuerdo Básico sobre Analogía Retributiva del Personal Docente de Centros de Enseñanza Privada del Personal Docente de Centros de Enseñanza Privada Concertados". En el marco de dicho pacto, se adquiere el compromiso de que: "en un plazo de 6 años, las remuneraciones de los centros de enseñanza concertados eran equiparados al 95 por 100 de la remuneración del profesorado estatal".

En el apartado competencial de Castilla y León, la promesa de dicha analogía retributiva se firmaba en noviembre de 2002 y se renovaba en 2006, donde el porcentaje se elevaba un 1 por ciento más, hasta el 96 % de la referencia salarial del profesorado público.

En cifras, para 2017, la brecha salarial en Castilla y León continúa representando un acentuado agravio. El salario para el profesorado en la enseñanza pública se ha fijado 2.054,59 euros, frente a los 1.933,50 euros establecidos para el personal docente en centros concertados en 14 pagas anuales.

Por ejemplo, un maestro que imparta clase en un centro público durante el 2017 recibirá un saldo de 1.127,72 euros superior a otro perteneciente a la educación concertada. Una cantidad que tiende a incrementarse hasta el profesorado de bachillerato, donde la diferencia llega hasta los 1.263,80 euros al año a favor de los primeros.

A la luz de los informes educativos ofrecidos por distintas entidades nacionales e internacionales, Castilla y León ofrece un modelo educativo que debe seguir apostando por ser una referencia en la enseñanza dentro de España. No obstante, desde el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, conscientes del esfuerzo, dedicación y trabajo que desde el profesorado se realiza en cada curso escolar para la formación del alumnado, creemos necesario reconocer la labor del personal docente, mejorando y equiparando su nivel salarial, independientemente del centro al que pertenezcan, como garantía de un trato igualitario en sus condiciones laborales.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Reconocer legalmente la analogía total en el estatus salarial del personal docente de los centros públicos y los concertados de Castilla y León.

2. Contemplar, a partir de los Presupuestos Generales de Castilla y León en el año 2019, la asignación presupuestaria que equipare, al 100 %, las retribuciones del profesorado de la educación concertada y pública en los centros escolares de Castilla y León.

En Valladolid, a 8 de enero de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

José Ignacio Delgado Palacios,

David Castaño Sequeros y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001866-01

CVE="BOCCL-09-023070"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 49425-49427
BOCCL nº 369/9 del 8/2/2018
CVE: BOCCL-09-023070

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001866-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Belén Rosado Diago, D. José Ignacio Delgado Palacios, D. David Castaño Sequeros, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, relativa a equiparación salarial del personal docente de los centros de enseñanza privada concertados de Castilla y León con el personal docente de los centros públicos, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de febrero de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001860 a PNL/001904.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de febrero de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Belén Rosado Diago, José Ignacio Delgado Palacios, David Castaño Sequeros, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

En la constante construcción de un proyecto educativo igualitario, inclusivo y de calidad, es lógico atender a la realidad plural del mismo. La oferta educativa de nuestro país conforma un modelo necesitado de recursos de gestión para poder brindar la mejor enseñanza posible a las futuras generaciones.

Como una parte fundamental dentro del sistema educativo en España, la educación concertada constituye una parte importante de la red de centros de enseñanza en nuestro país. De hecho, un 25,2 % de la escolarización en la Educación infantil se registra en este tipo de centros. Estos porcentajes se incrementan sensiblemente hasta el 28,5 % para la etapa en Primaria y el 30,7 % de los estudiantes en la ESO, según datos del informe publicado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 2017: "Sistema estatal de indicadores de la educación 2017". La tendencia no solo es creciente entre las distintas etapas, sino que se muestra al alza desde el curso 2004-2005 al 2014-2015, dentro de la Educación Infantil, llegando a ser 3,6 puntos superior respecto a dicho periodo base.

Las cifras registradas para Castilla y León, tomando como referencia el curso 2014-2015, señalan que, en Educación Infantil, casi 3 de cada 10 alumnos acuden a centros concertados. De forma similar, en la Primaria esta relación se refuerza (32,5 %) y se asienta en la ESO (35 %).

Conscientes de la relevancia que, progresivamente, ha tomado la educación concertada, no es posible adoptar el compromiso para un Pacto Nacional por la Educación que no reconozca que cualquier estudiante, independientemente de la preferencia de sus tutores, debe contar con la estructura necesaria para desarrollar una formación que se sustente en criterios de calidad, igualdad e integridad de plena garantía.

Este mandato es extensivo al profesorado y personal docente de estos centros educativos en lo referente a sus retribuciones. Con la entrada en vigor, en julio de 1985, de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), se hace explícito, en el Título V sobre los centros concertados, en su artículo 49, que:

4. "Las cantidades correspondientes a los salarios del personal docente, (...), tenderán a hacer posible, gradualmente, que la remuneración de aquél sea análoga a la del profesorado estatal de los respectivos niveles".

5. "Los salarios del personal docente serán abonados por la Administración al profesorado, como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro, con cargo y a cuenta de las cantidades previstas en el apartado anterior. A tal fin, el titular del centro, en su condición de empleador en la relación laboral, facilitará a la Administración las nóminas correspondientes, así como sus eventuales modificaciones".

Estas premisas, recogidas sucesivamente en varias disposiciones posteriores como la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Antes, en 1988, el Ministerio de Educación, junto a los sindicatos de educación rubrican el "Acuerdo Básico sobre Analogía Retributiva del Personal Docente de Centros de Enseñanza Privada del Personal Docente de Centros de Enseñanza Privada Concertados". En el marco de dicho pacto, se adquiere el compromiso de que: "en un plazo de 6 años, las remuneraciones de los centros de enseñanza concertados eran equiparados al 95 por 100 de la remuneración del profesorado estatal".

En el apartado competencial de Castilla y León, la promesa de dicha analogía retributiva se firmaba en noviembre de 2002 y se renovaba en 2006, donde el porcentaje se elevaba un 1 por ciento más, hasta el 96 % de la referencia salarial del profesorado público.

En cifras, para 2017, la brecha salarial en Castilla y León continúa representando un acentuado agravio. El salario para el profesorado en la enseñanza pública se ha fijado 2.054,59 euros, frente a los 1.933,50 euros establecidos para el personal docente en centros concertados en 14 pagas anuales.

Por ejemplo, un maestro que imparta clase en un centro público durante el 2017 recibirá un saldo de 1.127,72 euros superior a otro perteneciente a la educación concertada. Una cantidad que tiende a incrementarse hasta el profesorado de bachillerato, donde la diferencia llega hasta los 1.263,80 euros al año a favor de los primeros.

A la luz de los informes educativos ofrecidos por distintas entidades nacionales e internacionales, Castilla y León ofrece un modelo educativo que debe seguir apostando por ser una referencia en la enseñanza dentro de España. No obstante, desde el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, conscientes del esfuerzo, dedicación y trabajo que desde el profesorado se realiza en cada curso escolar para la formación del alumnado, creemos necesario reconocer la labor del personal docente, mejorando y equiparando su nivel salarial, independientemente del centro al que pertenezcan, como garantía de un trato igualitario en sus condiciones laborales.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Reconocer legalmente la analogía total en el estatus salarial del personal docente de los centros públicos y los concertados de Castilla y León.

2. Contemplar, a partir de los Presupuestos Generales de Castilla y León en el año 2019, la asignación presupuestaria que equipare, al 100 %, las retribuciones del profesorado de la educación concertada y pública en los centros escolares de Castilla y León.

En Valladolid, a 8 de enero de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Belén Rosado Diago,

José Ignacio Delgado Palacios,

David Castaño Sequeros y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/001866-01

CVE="BOCCL-09-023070"



Sede de las Cortes de Castilla y León