PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de febrero de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/008162 a PE/008346.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de febrero de 2018.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Según la Resolución de 21 de agosto de 2017, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa para trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2017 y 2018, en su Resuelvo quinto. 3. j) Cuando al beneficiario se le haya concedido anticipo y no tenga la consideración de administración publica, entidad del sector público o entidad sin ánimo de lucro, deberá presentar garantía que responda del anticipo concedido, en los términos establecidos en el resuelvo 17 de la presente convocatoria.
En el Resuelvo décimo 3 se especifica que el anticipo será irrenunciable.
En el Resuelvo 17.1 se especifica que en el supuesto de que no exista crédito adecuado y suficiente en una anualidad para atender todos los anticipos solicitados por los beneficiarios en una provincia, se concederán los anticipos solicitados correspondientes al 25 % previo al inicio del plan formativo y se prorrateará el resto del crédito disponible en dicha provincia y anualidad entre todos los anticipos solicitados correspondientes al 35 % adicional una vez acreditado el inicio del plan formativo.
En el Resuelvo 17.2 se establece que las entidades colaboradoras deberán presentar ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León aval de entidad financiera.
PREGUNTA
1 . ¿Se ha abonado el 25 % del anticipo solicitado previo al inicio del plan formativo? ¿Por qué?
2. En caso negativo, ¿se ha obligado a las entidades colaboradoras a solicitar el aval? ¿Por qué?
3. En caso afirmativo ¿por qué se puede no cumplir la legislación, en caso de que quien incumpla sea la propia Junta y deben cumplirla obligatoriamente las entidades colaboradoras?
4. ¿Cuándo se piensan abonar los anticipos?
5. ¿Piensan abonar los anticipos una vez finalizada la acción formativa, en contra de lo dispuesto en la normativa de aplicación?
Valladolid, 2 de febrero 2018
EL PROCURADOR,
Fdo.: José Sarrión Andaluz
PE/008204-01
CVE="BOCCL-09-023940"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de febrero de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/008162 a PE/008346.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de febrero de 2018.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Según la Resolución de 21 de agosto de 2017, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa para trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2017 y 2018, en su Resuelvo quinto. 3. j) Cuando al beneficiario se le haya concedido anticipo y no tenga la consideración de administración publica, entidad del sector público o entidad sin ánimo de lucro, deberá presentar garantía que responda del anticipo concedido, en los términos establecidos en el resuelvo 17 de la presente convocatoria.
En el Resuelvo décimo 3 se especifica que el anticipo será irrenunciable.
En el Resuelvo 17.1 se especifica que en el supuesto de que no exista crédito adecuado y suficiente en una anualidad para atender todos los anticipos solicitados por los beneficiarios en una provincia, se concederán los anticipos solicitados correspondientes al 25 % previo al inicio del plan formativo y se prorrateará el resto del crédito disponible en dicha provincia y anualidad entre todos los anticipos solicitados correspondientes al 35 % adicional una vez acreditado el inicio del plan formativo.
En el Resuelvo 17.2 se establece que las entidades colaboradoras deberán presentar ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León aval de entidad financiera.
PREGUNTA
1 . ¿Se ha abonado el 25 % del anticipo solicitado previo al inicio del plan formativo? ¿Por qué?
2. En caso negativo, ¿se ha obligado a las entidades colaboradoras a solicitar el aval? ¿Por qué?
3. En caso afirmativo ¿por qué se puede no cumplir la legislación, en caso de que quien incumpla sea la propia Junta y deben cumplirla obligatoriamente las entidades colaboradoras?
4. ¿Cuándo se piensan abonar los anticipos?
5. ¿Piensan abonar los anticipos una vez finalizada la acción formativa, en contra de lo dispuesto en la normativa de aplicación?
Valladolid, 2 de febrero 2018
EL PROCURADOR,
Fdo.: José Sarrión Andaluz
PE/008204-01
CVE="BOCCL-09-023940"