PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006618, PE/006619, PE/006677, PE/006695, PE/006750, PE/006751, PE/006839, PE/006865, PE/006866, PE/006874, PE/006875, PE/006879, PE/006885, PE/006912, PE/006913, PE/006918, PE/006924 a PE/006927, PE/006929 a PE/006932, PE/006934 a PE/006950, PE/006960, PE/006964 a PE/006983, PE/006985, PE/006989, PE/006992, PE/007022, PE/007025 a PE/007031, PE/007036, PE/007038, PE/007042, PE/007043, PE/007045, PE/007046, PE/007050, PE/007052, PE/007053, PE/007055, PE/007058, PE/007061, PE/007066, PE/007068, PE/007069, PE/007072, PE/007074, PE/007081, PE/007082, PE/007084, PE/007086, PE/007087, PE/007090, PE/007092, PE/007098, PE/007102, PE/007103, PE/007108 a PE/007113, PE/007120, PE/007134, PE/007137 a PE/007139, PE/007142, PE/007148, PE/007152, PE/007155, PE/007158, PE/007160 a PE/007162, PE/007170 a PE/007176, PE/007179, PE/007180, PE/007184, PE/007188, PE/007199, PE/007200, PE/007203, PE/007226, PE/007227, PE/007229 a PE/007235, PE/007237 a PE/007240, PE/007243, PE/007246, PE/007251, PE/007254, PE/007255, PE/007259, PE/007268, PE/007273, PE/007278 a PE/007280, PE/007282, PE/007285, PE/007287, PE/007288, PE/007290 a PE/007292, PE/007321 a PE/007347, PE/007349, PE/007363 a PE/007365, PE/007368, PE/007370, PE/007373, PE/007386, PE/007393, PE/007399 a PE/007403, PE/007429, PE/007430 y PE/007473, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de enero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906982 formulada por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Virginia Barcones Sanz y D. José Luis Aceves Galindo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al servicio del refuerzo operativo de campo para el control de la recolección de setas en la provincia de Soria.
El servicio del refuerzo operativo de campo para el control de la recolección de setas, de acuerdo con las instrucciones del Servicio Territorial de Medio Ambiente, se concreta en que “En operaciones rutinarias de controles micológicos, el control de los operativos se llevará a cabo por los agentes medioambientales, si bien podrán estar auxiliados por los celadores medioambientales, si fuera necesario contar con más efectivos. En caso de posibles altercados, se llamará a la guardia civil, que tomaría la dirección de las operaciones en lo relativo a los incidentes de seguridad ciudadana y orden público. En todos los casos debe primar ante todo la seguridad de los intervinientes y en las actuaciones que se desarrollen se aplicarán los principios generales de legalidad, proporcionalidad, racionalidad y cautela. Para la constitución de los operativos, independientemente de que sería deseable personal voluntario, la Jefatura de Servicio, a través del Guarda Mayor, podría nombrar servicios específicos a personal de distintas comarcas, en auxilio a las zonas donde exista esta problemática.”, lo que supone que la redistribución de efectivos permite una mejor utilización de los recursos existentes en aras a aumentar la seguridad y efectividad de los operativos de control.
Los recursos humanos con que se cuenta son todos los agentes medioambientales y celadores de medio ambiente de la provincia, utilizando los medios materiales disponibles en el Servicio Territorial, no siendo en consecuencia necesario prever un presupuesto específico para llevarlo a cabo.
Valladolid, 21 de diciembre de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006982-3
CVE="BOCCL-09-024906"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006618, PE/006619, PE/006677, PE/006695, PE/006750, PE/006751, PE/006839, PE/006865, PE/006866, PE/006874, PE/006875, PE/006879, PE/006885, PE/006912, PE/006913, PE/006918, PE/006924 a PE/006927, PE/006929 a PE/006932, PE/006934 a PE/006950, PE/006960, PE/006964 a PE/006983, PE/006985, PE/006989, PE/006992, PE/007022, PE/007025 a PE/007031, PE/007036, PE/007038, PE/007042, PE/007043, PE/007045, PE/007046, PE/007050, PE/007052, PE/007053, PE/007055, PE/007058, PE/007061, PE/007066, PE/007068, PE/007069, PE/007072, PE/007074, PE/007081, PE/007082, PE/007084, PE/007086, PE/007087, PE/007090, PE/007092, PE/007098, PE/007102, PE/007103, PE/007108 a PE/007113, PE/007120, PE/007134, PE/007137 a PE/007139, PE/007142, PE/007148, PE/007152, PE/007155, PE/007158, PE/007160 a PE/007162, PE/007170 a PE/007176, PE/007179, PE/007180, PE/007184, PE/007188, PE/007199, PE/007200, PE/007203, PE/007226, PE/007227, PE/007229 a PE/007235, PE/007237 a PE/007240, PE/007243, PE/007246, PE/007251, PE/007254, PE/007255, PE/007259, PE/007268, PE/007273, PE/007278 a PE/007280, PE/007282, PE/007285, PE/007287, PE/007288, PE/007290 a PE/007292, PE/007321 a PE/007347, PE/007349, PE/007363 a PE/007365, PE/007368, PE/007370, PE/007373, PE/007386, PE/007393, PE/007399 a PE/007403, PE/007429, PE/007430 y PE/007473, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de enero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0906982 formulada por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Virginia Barcones Sanz y D. José Luis Aceves Galindo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al servicio del refuerzo operativo de campo para el control de la recolección de setas en la provincia de Soria.
El servicio del refuerzo operativo de campo para el control de la recolección de setas, de acuerdo con las instrucciones del Servicio Territorial de Medio Ambiente, se concreta en que “En operaciones rutinarias de controles micológicos, el control de los operativos se llevará a cabo por los agentes medioambientales, si bien podrán estar auxiliados por los celadores medioambientales, si fuera necesario contar con más efectivos. En caso de posibles altercados, se llamará a la guardia civil, que tomaría la dirección de las operaciones en lo relativo a los incidentes de seguridad ciudadana y orden público. En todos los casos debe primar ante todo la seguridad de los intervinientes y en las actuaciones que se desarrollen se aplicarán los principios generales de legalidad, proporcionalidad, racionalidad y cautela. Para la constitución de los operativos, independientemente de que sería deseable personal voluntario, la Jefatura de Servicio, a través del Guarda Mayor, podría nombrar servicios específicos a personal de distintas comarcas, en auxilio a las zonas donde exista esta problemática.”, lo que supone que la redistribución de efectivos permite una mejor utilización de los recursos existentes en aras a aumentar la seguridad y efectividad de los operativos de control.
Los recursos humanos con que se cuenta son todos los agentes medioambientales y celadores de medio ambiente de la provincia, utilizando los medios materiales disponibles en el Servicio Territorial, no siendo en consecuencia necesario prever un presupuesto específico para llevarlo a cabo.
Valladolid, 21 de diciembre de 2017.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/006982-3
CVE="BOCCL-09-024906"