POC/000330-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000330-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a medidas para la recuperación por los trabajadores del transporte sanitario concertado de los derechos perdidos durante la crisis, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 309, de 31 de agosto de 2017, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta oral ante comisión, POC/000311, POC/000312, POC/000330, POC/000332, POC/000334, POC/000336, POC/00397, POC/000398, POC/000406, POC/000407 y POC/000408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, que han sido evacuadas por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación por escrito a la Pregunta Oral en Comisión de Sanidad P.O.C./0900330, formulada por Dña. Isabel Muñoz Sánchez, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a los derechos laborales de los trabajadores de las empresas de transporte sanitario concertado.

Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2017, del Presidente de la Gerencia Regional de Salud, por la que se fijan las tarifas máximas y los porcentajes de revisión de tarifas aplicables a la prestación de servicios de transporte sanitario concertado en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud, se han incrementado las contraprestaciones económicas de los conciertos de transporte sanitario terrestre con presupuesto fijo en un 2,5% con efectos desde el día 1 de enero de 2017, siempre que en dicha fecha hubiera transcurrido más de un año desde la fecha del inicio de su ejecución. Para aquellos conciertos cuya ejecución se haya iniciado en el ejercicio 2017, la contraprestación económica se incrementará un 2,5% en el momento en que transcurra un año desde que se inició ésta.

Las condiciones laborales y el poder adquisitivo de los trabajadores de las empresas de transporte sanitario concertado, no entran en el ámbito competencial de la Gerencia Regional de Salud, perteneciendo a la negociación colectiva entre empresas y trabajadores. En este sentido los pliegos de prescripciones técnicas establecen lo siguiente: “La empresa adjudicataria se hará cargo del personal empleado en el servicio, que será ajeno a Sacyl. Tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador y deberá cumplir las obligaciones vigentes en materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, así como tributarias referidas al personal a su cargo, de tal modo que en ningún caso puedan derivarse para dichos trabajadores derecho alguno frente a Sacyl.”

Respecto al cumplimiento del resto de las condiciones contempladas en el contrato de transporte sanitario de nuestra Comunidad, es preciso recordar que se realiza un seguimiento periódico del transporte Sanitario Urgente (seguimiento diario por la Gerencia de Emergencias Sanitarias) como del Transporte Sanitario no urgente (realizado por las Gerencias de Asistencia Sanitaria y de Salud de Área mediante la constitución de Mesas de Seguimiento que se reúnen al menos dos veces al año de forma periódica), cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de los contratos y establecer en su caso las medidas necesarias. Las mesas de seguimiento celebradas durante el año 2017 manifiestan un número muy bajo de reclamaciones en comparación con los servicios prestados y un funcionamiento, por lo general, bastante aceptable del servicio, así como del cumplimiento de las condiciones recogidas en el contrato. Además, los Servicios de Inspección de la Gerencia Regional de Salud, en el ámbito de su competencia, velan por el correcto cumplimiento de las obligaciones de las empresas concertadas y, en particular, de aquellas que se refieren al tratamiento adecuado de los enfermos. Asimismo, el servicio de transporte sanitario terrestre se ha incluido dentro del Plan Anual de Inspección 2018, por el que se realizarán actuaciones especiales de seguimiento y control.

Valladolid, 24 de enero de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


POC/000330-2

CVE="BOCCL-09-025054"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 52583
BOCCL nº 396/9 del 5/4/2018
CVE: BOCCL-09-025054

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000330-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por la Procuradora Dña. Isabel Muñoz Sánchez, relativa a medidas para la recuperación por los trabajadores del transporte sanitario concertado de los derechos perdidos durante la crisis, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 309, de 31 de agosto de 2017, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta oral ante comisión, POC/000311, POC/000312, POC/000330, POC/000332, POC/000334, POC/000336, POC/00397, POC/000398, POC/000406, POC/000407 y POC/000408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, que han sido evacuadas por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación por escrito a la Pregunta Oral en Comisión de Sanidad P.O.C./0900330, formulada por Dña. Isabel Muñoz Sánchez, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a los derechos laborales de los trabajadores de las empresas de transporte sanitario concertado.

Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2017, del Presidente de la Gerencia Regional de Salud, por la que se fijan las tarifas máximas y los porcentajes de revisión de tarifas aplicables a la prestación de servicios de transporte sanitario concertado en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud, se han incrementado las contraprestaciones económicas de los conciertos de transporte sanitario terrestre con presupuesto fijo en un 2,5% con efectos desde el día 1 de enero de 2017, siempre que en dicha fecha hubiera transcurrido más de un año desde la fecha del inicio de su ejecución. Para aquellos conciertos cuya ejecución se haya iniciado en el ejercicio 2017, la contraprestación económica se incrementará un 2,5% en el momento en que transcurra un año desde que se inició ésta.

Las condiciones laborales y el poder adquisitivo de los trabajadores de las empresas de transporte sanitario concertado, no entran en el ámbito competencial de la Gerencia Regional de Salud, perteneciendo a la negociación colectiva entre empresas y trabajadores. En este sentido los pliegos de prescripciones técnicas establecen lo siguiente: “La empresa adjudicataria se hará cargo del personal empleado en el servicio, que será ajeno a Sacyl. Tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador y deberá cumplir las obligaciones vigentes en materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, así como tributarias referidas al personal a su cargo, de tal modo que en ningún caso puedan derivarse para dichos trabajadores derecho alguno frente a Sacyl.”

Respecto al cumplimiento del resto de las condiciones contempladas en el contrato de transporte sanitario de nuestra Comunidad, es preciso recordar que se realiza un seguimiento periódico del transporte Sanitario Urgente (seguimiento diario por la Gerencia de Emergencias Sanitarias) como del Transporte Sanitario no urgente (realizado por las Gerencias de Asistencia Sanitaria y de Salud de Área mediante la constitución de Mesas de Seguimiento que se reúnen al menos dos veces al año de forma periódica), cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de los contratos y establecer en su caso las medidas necesarias. Las mesas de seguimiento celebradas durante el año 2017 manifiestan un número muy bajo de reclamaciones en comparación con los servicios prestados y un funcionamiento, por lo general, bastante aceptable del servicio, así como del cumplimiento de las condiciones recogidas en el contrato. Además, los Servicios de Inspección de la Gerencia Regional de Salud, en el ámbito de su competencia, velan por el correcto cumplimiento de las obligaciones de las empresas concertadas y, en particular, de aquellas que se refieren al tratamiento adecuado de los enfermos. Asimismo, el servicio de transporte sanitario terrestre se ha incluido dentro del Plan Anual de Inspección 2018, por el que se realizarán actuaciones especiales de seguimiento y control.

Valladolid, 24 de enero de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


POC/000330-2

CVE="BOCCL-09-025054"



Sede de las Cortes de Castilla y León