PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006472, PE/006709, PE/006716, PE/006717, PE/006734, PE/006915, PE/006916, PE/006917, PE/007017, PE/007035, PE/007037, PE/007039 a PE/007041, PE/007056, PE/007075, PE/007091, PE/007119, PE/007123, PE/007127, PE/007153, PE/007154, PE/007159, PE/007177, PE/007178, PE/007182, PE/007185 a PE/007187, PE/007189, PE/007204, PE/007228, PE/007236, PE/007241, PE/007242, PE/007244, PE/007245, PE/007250, PE/007253, PE/007270, PE/007293 a PE/007302, PE/007305 a PE/007320, PE/007366, PE/007375, PE/007382, PE/007383, PE/007395, PE/007398, PE/007414, PE/007431, PE/007433 a PE/007440, PE/007450, PE/007451, PE/007453, PE/007459, PE/007460, PE/007461, PE/007465 a PE/007468, PE/007475, PE/007538, PE/007539, PE/007606 a PE/007618, PE/007620 a PE/007622, PE/007633, PE/007650 y PE/007665, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León Fdo.: Silvia Celmente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0907241, formulada por D. David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a evaluación ambiental de la mina de uranio de Retortillo (Salamanca).
No constando en el órgano ambiental que se haya producido ninguna modificación del proyecto de las incluidas en los apartados 1.c) o 2.c) del artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en el artículo 49 del texto refundido de la ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, no se considera necesario efectuar una nueva evaluación de impacto ambiental, debiendo llevarse a cabo el proyecto minero de acuerdo con las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental dictada por Orden FYM/796/2013, de 25 de septiembre.
Valladolid, 25 de enero de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/007241-3
CVE="BOCCL-09-025096"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006472, PE/006709, PE/006716, PE/006717, PE/006734, PE/006915, PE/006916, PE/006917, PE/007017, PE/007035, PE/007037, PE/007039 a PE/007041, PE/007056, PE/007075, PE/007091, PE/007119, PE/007123, PE/007127, PE/007153, PE/007154, PE/007159, PE/007177, PE/007178, PE/007182, PE/007185 a PE/007187, PE/007189, PE/007204, PE/007228, PE/007236, PE/007241, PE/007242, PE/007244, PE/007245, PE/007250, PE/007253, PE/007270, PE/007293 a PE/007302, PE/007305 a PE/007320, PE/007366, PE/007375, PE/007382, PE/007383, PE/007395, PE/007398, PE/007414, PE/007431, PE/007433 a PE/007440, PE/007450, PE/007451, PE/007453, PE/007459, PE/007460, PE/007461, PE/007465 a PE/007468, PE/007475, PE/007538, PE/007539, PE/007606 a PE/007618, PE/007620 a PE/007622, PE/007633, PE/007650 y PE/007665, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León Fdo.: Silvia Celmente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0907241, formulada por D. David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a evaluación ambiental de la mina de uranio de Retortillo (Salamanca).
No constando en el órgano ambiental que se haya producido ninguna modificación del proyecto de las incluidas en los apartados 1.c) o 2.c) del artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en el artículo 49 del texto refundido de la ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, no se considera necesario efectuar una nueva evaluación de impacto ambiental, debiendo llevarse a cabo el proyecto minero de acuerdo con las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental dictada por Orden FYM/796/2013, de 25 de septiembre.
Valladolid, 25 de enero de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/007241-3
CVE="BOCCL-09-025096"