PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E.7264, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, sobre presupuestos y medidas para la infancia.
Las compensaciones económicas que perciben las familias acogedoras dependen de la edad y características de los niños, niñas y/o adolescentes acogidos. Las compensaciones a familias acogedoras para acogimientos ordinario para manutención y gastos corrientes es de 11 €/día a 14 €/día, según la edad; para gastos extraordinarios hasta 303 €/mes y por especial atención hasta 218 € mes.
Las compensaciones a familias acogedoras especializadas para manutención y gastos corrientes es de 14,74 €/día a 58 €/día, según la edad y características y hasta 303 €/mes para gastos extraordinarios.
Las cuantías destinadas a los servicios de infancia para los años referidos son las que se recogen en las respectivas Leyes de Presupuestos anuales.
El presupuesto destinado a acogimiento familiar y residencial son los recogidos en los presupuestos anuales para los distintos programas y servicios.
Referente a los planes y protocolos por los que se rige los servicios de tutela, acogimiento familiar y residencial son los establecidos en la legislación vigente, tanto a nivel nacional como autonómico, así como protocolos internos de funcionamiento homogéneo en las nueve Gerencias Territoriales de Servicios Sociales y que son los siguientes:
Nivel Estatal:
– Ley 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
– Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
– Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia.
– Protocolo Básico de intervención contra el maltrato infantil en el ámbito familiar, aprobado por el Pleno del Observatorio de la Infancia.
Nivel de Comunidad Autónoma:
– Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León.
– Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarla a cabo.
– Decreto 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción de menores.
– Decreto 37/2006, de 25 de mayo, por el que se regulan los acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo.
– Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.
– Decreto 179/2001, de 28 de junio, por el que se regula la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.
– Decreto 54/2005, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de organización y funcionamiento de los centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.
– Protocolo Sanitario de actuación ante la sospecha de maltrato intrafamiliar en la infancia y adolescencia.
– Protocolo de Intervención Educativa ante posible riesgo y/o sospecha de maltrato infantil en el entorno familiar.
– Guía I: Detección y Notificación ante situaciones de Desamparo y de Riesgo en la infancia.
– Guía II: Investigación y evaluación ante situaciones de Desamparo y de Riesgo en la infancia.
– Resolución de 14 de abril de 2009, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se aprueba el Modelo Marco de Reglamento de Funcionamiento Interno de los Centros Específicos destinados a la Atención Residencial de Menores con Medidas o Actuaciones de Protección (Bocyl: 24/04/2009).
– Resolución de 2 de mayo de 2012, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se aprueba el Modelo Marco del Plan General de los Centros Específicos destinados a la Atención Residencial de Menores con Medidas o Actuaciones de Protección (Bocyl: 25/05/2012).
Valladolid, 31 de enero de 2018.
LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.
PE/007264-3
CVE="BOCCL-09-025591"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E.7264, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, sobre presupuestos y medidas para la infancia.
Las compensaciones económicas que perciben las familias acogedoras dependen de la edad y características de los niños, niñas y/o adolescentes acogidos. Las compensaciones a familias acogedoras para acogimientos ordinario para manutención y gastos corrientes es de 11 €/día a 14 €/día, según la edad; para gastos extraordinarios hasta 303 €/mes y por especial atención hasta 218 € mes.
Las compensaciones a familias acogedoras especializadas para manutención y gastos corrientes es de 14,74 €/día a 58 €/día, según la edad y características y hasta 303 €/mes para gastos extraordinarios.
Las cuantías destinadas a los servicios de infancia para los años referidos son las que se recogen en las respectivas Leyes de Presupuestos anuales.
El presupuesto destinado a acogimiento familiar y residencial son los recogidos en los presupuestos anuales para los distintos programas y servicios.
Referente a los planes y protocolos por los que se rige los servicios de tutela, acogimiento familiar y residencial son los establecidos en la legislación vigente, tanto a nivel nacional como autonómico, así como protocolos internos de funcionamiento homogéneo en las nueve Gerencias Territoriales de Servicios Sociales y que son los siguientes:
Nivel Estatal:
– Ley 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
– Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
– Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia.
– Protocolo Básico de intervención contra el maltrato infantil en el ámbito familiar, aprobado por el Pleno del Observatorio de la Infancia.
Nivel de Comunidad Autónoma:
– Ley 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León.
– Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarla a cabo.
– Decreto 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción de menores.
– Decreto 37/2006, de 25 de mayo, por el que se regulan los acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo.
– Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.
– Decreto 179/2001, de 28 de junio, por el que se regula la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.
– Decreto 54/2005, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de organización y funcionamiento de los centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.
– Protocolo Sanitario de actuación ante la sospecha de maltrato intrafamiliar en la infancia y adolescencia.
– Protocolo de Intervención Educativa ante posible riesgo y/o sospecha de maltrato infantil en el entorno familiar.
– Guía I: Detección y Notificación ante situaciones de Desamparo y de Riesgo en la infancia.
– Guía II: Investigación y evaluación ante situaciones de Desamparo y de Riesgo en la infancia.
– Resolución de 14 de abril de 2009, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se aprueba el Modelo Marco de Reglamento de Funcionamiento Interno de los Centros Específicos destinados a la Atención Residencial de Menores con Medidas o Actuaciones de Protección (Bocyl: 24/04/2009).
– Resolución de 2 de mayo de 2012, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se aprueba el Modelo Marco del Plan General de los Centros Específicos destinados a la Atención Residencial de Menores con Medidas o Actuaciones de Protección (Bocyl: 25/05/2012).
Valladolid, 31 de enero de 2018.
LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.
PE/007264-3
CVE="BOCCL-09-025591"