PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0907271 formulada por D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la procesionaria del pino en los pinares de la provincia de Salamanca.
Tal como se informó en contestación a la Pregunta Escrita Número 0906815, formulada por el mismo Grupo Parlamentario, la Junta de Castilla y León continuará realizando actuaciones similares y aplicando los mismos tratamientos que en los años anteriores para controlar la presencia de la Thaumetopoea pityocampa, popularmente conocida como procesionaria del pino, en las masas forestales de la Comunidad. Así, en los montes de utilidad pública, principalmente en zonas con intenso uso público, como áreas recreativas y zonas de influencia y, en general, en zonas limítrofes con zonas urbanas, continuará llevando a cabo la eliminación y quema de bolsones, la aplicación de tratamientos químicos terrestres con productos autorizados, la colocación de nidales para pájaros y la aplicación de tratamientos de endoterapia de forma experimental. Tales actuaciones no tienen un coste presupuestario cuantificado dado que se realizan con fondos de mejora de los montes de utilidad pública y con personal propio de la Administración.
La procesionaria del pino está presente de manera más o menos generalizada en la provincia de Salamanca, igual que en el resto de las provincias de Castilla y León, con distintos niveles de infestación, produciéndose los ataque más severos en zonas de especies sensibles, sobre todo masas de Pinus nigra, mientras que en las masas de pino piñonero la afectación es mucho menor, manteniéndose en general la tendencia al aumento de los niveles poblacionales en concordancia con la climatología de los últimos tres años.
En los montes privados, de acuerdo con la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, corresponde a los propietarios mantener sus masas forestales y el medio natural en buen estado fitosanitario para la defensa de las producciones propias y ajenas así como aplicar las medidas fitosanitarias obligatorias que se establezcan como consecuencia de la declaración de existencia de una plaga. Para ello se han realizado tareas divulgativas sobre los métodos de control y de asesoramiento técnico a gestores, asociaciones y particulares, mediante la publicación de documentación en la página web de la Junta de Castilla y León, disponible en el siguiente enlace http://www.medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284559696477/_/_/_
Valladolid, 5 de febrero de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/007271-3
CVE="BOCCL-09-025595"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0907271 formulada por D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la procesionaria del pino en los pinares de la provincia de Salamanca.
Tal como se informó en contestación a la Pregunta Escrita Número 0906815, formulada por el mismo Grupo Parlamentario, la Junta de Castilla y León continuará realizando actuaciones similares y aplicando los mismos tratamientos que en los años anteriores para controlar la presencia de la Thaumetopoea pityocampa, popularmente conocida como procesionaria del pino, en las masas forestales de la Comunidad. Así, en los montes de utilidad pública, principalmente en zonas con intenso uso público, como áreas recreativas y zonas de influencia y, en general, en zonas limítrofes con zonas urbanas, continuará llevando a cabo la eliminación y quema de bolsones, la aplicación de tratamientos químicos terrestres con productos autorizados, la colocación de nidales para pájaros y la aplicación de tratamientos de endoterapia de forma experimental. Tales actuaciones no tienen un coste presupuestario cuantificado dado que se realizan con fondos de mejora de los montes de utilidad pública y con personal propio de la Administración.
La procesionaria del pino está presente de manera más o menos generalizada en la provincia de Salamanca, igual que en el resto de las provincias de Castilla y León, con distintos niveles de infestación, produciéndose los ataque más severos en zonas de especies sensibles, sobre todo masas de Pinus nigra, mientras que en las masas de pino piñonero la afectación es mucho menor, manteniéndose en general la tendencia al aumento de los niveles poblacionales en concordancia con la climatología de los últimos tres años.
En los montes privados, de acuerdo con la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, corresponde a los propietarios mantener sus masas forestales y el medio natural en buen estado fitosanitario para la defensa de las producciones propias y ajenas así como aplicar las medidas fitosanitarias obligatorias que se establezcan como consecuencia de la declaración de existencia de una plaga. Para ello se han realizado tareas divulgativas sobre los métodos de control y de asesoramiento técnico a gestores, asociaciones y particulares, mediante la publicación de documentación en la página web de la Junta de Castilla y León, disponible en el siguiente enlace http://www.medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284559696477/_/_/_
Valladolid, 5 de febrero de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/007271-3
CVE="BOCCL-09-025595"