PL/000016-03











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000016-03


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de abril de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, PL/000016.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.º 1

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado cinco, renumerándose los apartados siguientes:

Cinco. Se modifica el punto 2) del apartado segundo del artículo 18, que queda redactado en los siguientes términos:

2) La homogeneización de los medios técnicos para aumentar su eficacia, en especial los sistemas de información e intercomunicación, así como de la uniformidad, de la acreditación profesional y el sistema retributivo, promoviendo la armonización de los conceptos retributivos de los diferentes cuerpos y evitando disparidades salariales en municipios de similares características demográficas. A tal fin, la Junta de Castilla y León regulará los niveles correspondientes a las escalas y categorías y modulará la cuantía de los complementos de destino.

Motivación:

Se pretende evitar la desigualdad salarial entre los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 2

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado seis, renumerándose los apartados siguientes:

Seis. Se modifica la letra b) del apartado segundo del artículo 19, que queda redactada en los siguientes términos:

b) Informar los criterios de homogeneización sobre los medios técnicos, uniformidad y retribuciones económicas, cursos selectivos, actualización y especialización y de interés policial de las Policías Locales previstos en la Ley 9/2003, de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de Castilla y León, así como evaluar las cuantías de los conceptos salariales de los distintos cuerpos con el objetivo de armonizar las retribuciones en los municipios de similares características demográficas.

Motivación:

Se pretende garantizar la existencia de información a fin de evitar la desigualdad salarial entre los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 3

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado siete, renumerándose los apartados siguientes:

Siete. Se añade un nuevo apartado cuatro a artículo 24, que queda redactado en los siguientes términos:

4. La Junta de Castilla y León promoverá que la formación profesional de las Policías Locales de la Comunidad de Castilla se realice bajo la óptica transversal del respeto y la promoción de los Derechos Humanos, el principio de igualdad y la perspectiva de género. Asimismo, la Escuela Regional de Policía Local programará cursos específicos de formación conjunta en estas materias.

Motivación:

Se pretende reforzar la formación sobre Derechos Humanos e igualdad de género de los Policías Locales.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 4

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado ocho, renumerándose los apartados siguientes:

Ocho. Se modifica apartado primero del artículo 26, que queda redactado en los siguientes términos:

1. Corresponde a cada Ayuntamiento aprobar la plantilla del respectivo Cuerpo de Policía Local, que integrará todos los puestos de trabajo correspondientes a cada categoría, señalando su denominación y características esenciales, requisitos exigidos para su desempeño, niveles y complementos retributivos en el marco de los parámetros homogeneizadores establecidos por la Consejería competente de la Junta de Castilla y León y previamente informados por el Consejo de Cooperación Local.

Motivación:

Se pretende garantizar el cumplimiento de la función de coordinación de la Junta de Castilla y León en relación con el objetivo de armonización salarial de los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 5

De modificación.

A la Disposición Transitoria Primera.

Se modifica el apartado primero de la Disposición Transitoria Primera, que queda redactado en los siguientes términos:

1. Los vigilantes municipales que, a la entrada en vigor de la presente ley, estén clasificados en las plantillas de personal del respectivo municipio como funcionarios de carrera de la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase de vigilantes municipales, pasarán a la categoría de agente del Cuerpo de Policía Local del citado municipio. Para ello, será necesario que el citado municipio cree un Cuerpo de Policía Local, que los vigilantes municipales cuenten con la titulación correspondiente a la categoría de agente de policía local y que hayan superado el curso de formación básica para policías locales. A todos los efectos y, en particular, en relación con la movilidad, comisiones de servicios y permutas de puestos de trabajo, las Administraciones Públicas reconocerán y computarán la antigüedad de los vigilantes municipales integrados en los Cuerpos de Policía Local.

Motivación:

Se pretende garantizar el respeto a la antigüedad generada por los funcionarios que ocupan puestos de vigilantes municipales que, por las razones que motivan la Ley, no tienen la condición de Policías Locales.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 6

De adición.

A la Disposición Transitoria Primera.

Se añade un apartado 5 redactado en los siguientes términos:

5. La Junta de Castilla y León incorporará al Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad a partir del próximo ejercicio las previsiones presupuestarias necesarias para facilitar que los Ayuntamientos puedan realizar la integración de los vigilantes municipales en Cuerpos de Policía Local y, en particular, hacer frente a las obligaciones de uniformidad y dotación de armas de fuego de manera coordinada.

Motivación:

Se pretende garantizar que los Ayuntamientos, que atraviesan notorias dificultades presupuestarias, puedan afrontar el coste de la adaptación, así como potenciar la función autonómica de coordinación.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PL/000016-03

CVE="BOCCL-09-025949"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 54637-54641
BOCCL nº 410/9 del 9/5/2018
CVE: BOCCL-09-025949

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000016-03
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de abril de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, PL/000016.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.º 1

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado cinco, renumerándose los apartados siguientes:

Cinco. Se modifica el punto 2) del apartado segundo del artículo 18, que queda redactado en los siguientes términos:

2) La homogeneización de los medios técnicos para aumentar su eficacia, en especial los sistemas de información e intercomunicación, así como de la uniformidad, de la acreditación profesional y el sistema retributivo, promoviendo la armonización de los conceptos retributivos de los diferentes cuerpos y evitando disparidades salariales en municipios de similares características demográficas. A tal fin, la Junta de Castilla y León regulará los niveles correspondientes a las escalas y categorías y modulará la cuantía de los complementos de destino.

Motivación:

Se pretende evitar la desigualdad salarial entre los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 2

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado seis, renumerándose los apartados siguientes:

Seis. Se modifica la letra b) del apartado segundo del artículo 19, que queda redactada en los siguientes términos:

b) Informar los criterios de homogeneización sobre los medios técnicos, uniformidad y retribuciones económicas, cursos selectivos, actualización y especialización y de interés policial de las Policías Locales previstos en la Ley 9/2003, de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de Castilla y León, así como evaluar las cuantías de los conceptos salariales de los distintos cuerpos con el objetivo de armonizar las retribuciones en los municipios de similares características demográficas.

Motivación:

Se pretende garantizar la existencia de información a fin de evitar la desigualdad salarial entre los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 3

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado siete, renumerándose los apartados siguientes:

Siete. Se añade un nuevo apartado cuatro a artículo 24, que queda redactado en los siguientes términos:

4. La Junta de Castilla y León promoverá que la formación profesional de las Policías Locales de la Comunidad de Castilla se realice bajo la óptica transversal del respeto y la promoción de los Derechos Humanos, el principio de igualdad y la perspectiva de género. Asimismo, la Escuela Regional de Policía Local programará cursos específicos de formación conjunta en estas materias.

Motivación:

Se pretende reforzar la formación sobre Derechos Humanos e igualdad de género de los Policías Locales.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 4

De adición.

Al artículo único.

Se añade un nuevo apartado ocho, renumerándose los apartados siguientes:

Ocho. Se modifica apartado primero del artículo 26, que queda redactado en los siguientes términos:

1. Corresponde a cada Ayuntamiento aprobar la plantilla del respectivo Cuerpo de Policía Local, que integrará todos los puestos de trabajo correspondientes a cada categoría, señalando su denominación y características esenciales, requisitos exigidos para su desempeño, niveles y complementos retributivos en el marco de los parámetros homogeneizadores establecidos por la Consejería competente de la Junta de Castilla y León y previamente informados por el Consejo de Cooperación Local.

Motivación:

Se pretende garantizar el cumplimiento de la función de coordinación de la Junta de Castilla y León en relación con el objetivo de armonización salarial de los diferentes cuerpos de Policía Local.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 5

De modificación.

A la Disposición Transitoria Primera.

Se modifica el apartado primero de la Disposición Transitoria Primera, que queda redactado en los siguientes términos:

1. Los vigilantes municipales que, a la entrada en vigor de la presente ley, estén clasificados en las plantillas de personal del respectivo municipio como funcionarios de carrera de la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase de vigilantes municipales, pasarán a la categoría de agente del Cuerpo de Policía Local del citado municipio. Para ello, será necesario que el citado municipio cree un Cuerpo de Policía Local, que los vigilantes municipales cuenten con la titulación correspondiente a la categoría de agente de policía local y que hayan superado el curso de formación básica para policías locales. A todos los efectos y, en particular, en relación con la movilidad, comisiones de servicios y permutas de puestos de trabajo, las Administraciones Públicas reconocerán y computarán la antigüedad de los vigilantes municipales integrados en los Cuerpos de Policía Local.

Motivación:

Se pretende garantizar el respeto a la antigüedad generada por los funcionarios que ocupan puestos de vigilantes municipales que, por las razones que motivan la Ley, no tienen la condición de Policías Locales.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 6

De adición.

A la Disposición Transitoria Primera.

Se añade un apartado 5 redactado en los siguientes términos:

5. La Junta de Castilla y León incorporará al Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad a partir del próximo ejercicio las previsiones presupuestarias necesarias para facilitar que los Ayuntamientos puedan realizar la integración de los vigilantes municipales en Cuerpos de Policía Local y, en particular, hacer frente a las obligaciones de uniformidad y dotación de armas de fuego de manera coordinada.

Motivación:

Se pretende garantizar que los Ayuntamientos, que atraviesan notorias dificultades presupuestarias, puedan afrontar el coste de la adaptación, así como potenciar la función autonómica de coordinación.

Valladolid, 10 de abril de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PL/000016-03

CVE="BOCCL-09-025949"



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