PE/007849-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007849-2


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por el Procurador D. Celestino Rodríguez Rubio, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 372, de 14 de febrero de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007625, PE/007630, PE/007638, PE/007660, PE/007668, PE/007698, PE/007703, PE/007708, PE/007710, PE/007718, PE/007719, PE/007783 a PE/007785, PE/007792 a PE/007796, PE/007798 a PE/007800, PE/007808, PE/007809, PE/007811, PE/007816, PE/007820, PE/007821, PE/007823, PE/007824, PE/007829 a PE/007836, PE/007842, PE/007843, PE/007846 a PE/007851, PE/007853 a PE/007863, PE/007865, PE/007867, PE/007879 a PE/007881, PE/007885 a PE/007887, PE/007890, PE/007891, PE/007894, PE/007896, PE/007900 a PE/007908, PE/007920 a PE/007922, PE/007924 a PE/007977, PE/007983, PE/007984, PE/007986 a PE/007989, PE/007992 a PE/007994, PE/008012, PE/008019, PE/008021 a PE/008055, PE/008059, PE/008060, PE/008106, PE/008107, PE/008109 a PE/008111, PE/008113, PE/008115 a PE/008119, PE/008121, PE/008123, PE/008127, PE/008128, PE/008131 a PE/008136, PE/008141, PE/008143 a PE/008145, PE/008148, PE/008149, PE/008151, PE/008153 a PE/008155, PE/008158, PE/008159, PE/008162 a PE/008166, PE/008169 a PE/008171, PE/008173, PE/008174, PE/008176, PE/008178, PE/008183, PE/008184, PE/008191, PE/008193, PE/008194, PE/008198 a PE/008200, PE/008202, PE/008204, PE/008205, PE/008227, PE/008230, PE/008233, PE/008238 a PE/008242, PE/008249 a PE/008256, PE/008262, PE/008263, PE/008285, PE/008299, PE/008300 a PE/008303, PE/008306 a PE/008314, PE/008316, PE/008319, PE/008320, PE/008336 y PE/008343, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

007846 Conexión a internet en el municipio leonés de Maraña.

007847 Señal de telefonía móvil en el municipio leonés de Maraña.

007848 Medidas urgentes en materia de conexión a internet en el municipio leonés de Maraña.

007849 Medidas urgentes en materia de telefonía móvil en el municipio leonés de Maraña.

Contestación a las Preguntas Escritas números 0907846 a 0907849, formuladas por D. Celestino Rodríguez Rubio, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a dotación de servicios de telecomunicaciones en el municipio de Maraña (León).

Respecto a la dotación de servicios de telecomunicaciones en el municipio de Maraña (León) hay que tener en cuenta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.21.º de la Constitución Española, corresponde al Estado la competencia exclusiva en materia de telecomunicaciones, y que la Ley 9/2014, de 9 mayo, General de Telecomunicaciones fija el régimen jurídico en esta materia estableciendo que los servicios de telecomunicaciones, por regla general, se prestan en régimen de libre competencia por los operadores privados de telecomunicaciones, siendo la única excepción el “Servicio Universal de Telecomunicaciones”, regulado en su artículo 25, del que forman parte la telefonía fija y acceso a internet de banda ancha a 1 Mbps en sentido descendente, correspondiendo a la Administración General del Estado el control de la prestación de este servicio por parte del operador designado para ello, actualmente Telefónica hasta el 31 de diciembre de 2018.

De acuerdo con ello, el servicio de acceso a internet de banda ancha en el municipio de Maraña está garantizado en la actualidad a través del mencionado “Servicio Universal” que facilita Telefónica a todos los ciudadanos que lo soliciten, independientemente de su localización geográfica, con una calidad especificada y a un precio asequible, pudiendo los ciudadanos presentar quejas en relación con los servicios que prestan los operadores de telecomunicaciones ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, dependiente de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital (SESIAD).

Asimismo, para todo el territorio de Castilla y León y, por tanto, para el municipio de Maraña, existe la posibilidad de contratar la solución satélite por medio de diferentes operadores que están ofreciendo en la actualidad una velocidad de conexión de 22 Mbps en sentido de descendente y de 6 Mbps en el sentido ascendente, con plena cobertura en todo el territorio. Los ciudadanos que han contratado el acceso a internet con esta tecnología han tenido la posibilidad de solicitar subvención para los costes de alta, equipamiento e instalación dentro de las tres convocatorias realizadas por esta Consejería los últimos tres años, no habiendo recibido solicitudes procedentes de habitantes del municipio de Maraña.

Una vez garantizado el acceso a internet de banda ancha de la forma señalada para todos los habitantes del municipio, la Junta de Castilla y León, en su ámbito competencial y respetando el principio de libre competencia, contribuye a fomentar la extensión de las redes de acceso de nueva generación (NGA), que ofrecen una velocidad de conexión superior a los 30 Mbps, mediante la convocatoria anual de ayudas públicas dirigidas a los operadores de telecomunicaciones para la realización de proyectos de redes de acceso NGA en entidades con población menor o igual a 500 ciudadanos que sean “zona blanca NGA”, es decir, que no dispongan de cobertura de redes de banda ancha de nueva generación ni previsiones para su dotación por algún operador en el plazo de tres años. Estos requisitos se cumplen en el caso del municipio de Maraña por lo que los operadores de telecomunicaciones podrán acceder a la próxima convocatoria para desarrollar proyectos de redes NGA en el término municipal. Asimismo, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital convoca anualmente subvenciones del mismo tipo abiertas a todas las entidades de población, independientemente del número de habitantes, y exclusivamente enfocadas a financiar proyectos de extensión de fibra óptica (más de 100 Mbps).

En cuanto a la telefonía móvil, se trata de un servicio no contemplado dentro de las obligaciones de “Servicio Universal”, por lo que es prestado por los operadores en régimen de libre competencia. De acuerdo con el último informe publicado por la SESIAD, el municipio de Maraña tiene una cobertura de entre el 90 % y el 100 % de la población con tecnología 3G, al menos con un operador.

Valladolid, 7 de marzo de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

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PE/007849-2

CVE="BOCCL-09-026354"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 55328
BOCCL nº 413/9 del 17/5/2018
CVE: BOCCL-09-026354

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007849-2
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por el Procurador D. Celestino Rodríguez Rubio, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 372, de 14 de febrero de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007625, PE/007630, PE/007638, PE/007660, PE/007668, PE/007698, PE/007703, PE/007708, PE/007710, PE/007718, PE/007719, PE/007783 a PE/007785, PE/007792 a PE/007796, PE/007798 a PE/007800, PE/007808, PE/007809, PE/007811, PE/007816, PE/007820, PE/007821, PE/007823, PE/007824, PE/007829 a PE/007836, PE/007842, PE/007843, PE/007846 a PE/007851, PE/007853 a PE/007863, PE/007865, PE/007867, PE/007879 a PE/007881, PE/007885 a PE/007887, PE/007890, PE/007891, PE/007894, PE/007896, PE/007900 a PE/007908, PE/007920 a PE/007922, PE/007924 a PE/007977, PE/007983, PE/007984, PE/007986 a PE/007989, PE/007992 a PE/007994, PE/008012, PE/008019, PE/008021 a PE/008055, PE/008059, PE/008060, PE/008106, PE/008107, PE/008109 a PE/008111, PE/008113, PE/008115 a PE/008119, PE/008121, PE/008123, PE/008127, PE/008128, PE/008131 a PE/008136, PE/008141, PE/008143 a PE/008145, PE/008148, PE/008149, PE/008151, PE/008153 a PE/008155, PE/008158, PE/008159, PE/008162 a PE/008166, PE/008169 a PE/008171, PE/008173, PE/008174, PE/008176, PE/008178, PE/008183, PE/008184, PE/008191, PE/008193, PE/008194, PE/008198 a PE/008200, PE/008202, PE/008204, PE/008205, PE/008227, PE/008230, PE/008233, PE/008238 a PE/008242, PE/008249 a PE/008256, PE/008262, PE/008263, PE/008285, PE/008299, PE/008300 a PE/008303, PE/008306 a PE/008314, PE/008316, PE/008319, PE/008320, PE/008336 y PE/008343, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

007846 Conexión a internet en el municipio leonés de Maraña.

007847 Señal de telefonía móvil en el municipio leonés de Maraña.

007848 Medidas urgentes en materia de conexión a internet en el municipio leonés de Maraña.

007849 Medidas urgentes en materia de telefonía móvil en el municipio leonés de Maraña.

Contestación a las Preguntas Escritas números 0907846 a 0907849, formuladas por D. Celestino Rodríguez Rubio, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a dotación de servicios de telecomunicaciones en el municipio de Maraña (León).

Respecto a la dotación de servicios de telecomunicaciones en el municipio de Maraña (León) hay que tener en cuenta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.21.º de la Constitución Española, corresponde al Estado la competencia exclusiva en materia de telecomunicaciones, y que la Ley 9/2014, de 9 mayo, General de Telecomunicaciones fija el régimen jurídico en esta materia estableciendo que los servicios de telecomunicaciones, por regla general, se prestan en régimen de libre competencia por los operadores privados de telecomunicaciones, siendo la única excepción el “Servicio Universal de Telecomunicaciones”, regulado en su artículo 25, del que forman parte la telefonía fija y acceso a internet de banda ancha a 1 Mbps en sentido descendente, correspondiendo a la Administración General del Estado el control de la prestación de este servicio por parte del operador designado para ello, actualmente Telefónica hasta el 31 de diciembre de 2018.

De acuerdo con ello, el servicio de acceso a internet de banda ancha en el municipio de Maraña está garantizado en la actualidad a través del mencionado “Servicio Universal” que facilita Telefónica a todos los ciudadanos que lo soliciten, independientemente de su localización geográfica, con una calidad especificada y a un precio asequible, pudiendo los ciudadanos presentar quejas en relación con los servicios que prestan los operadores de telecomunicaciones ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, dependiente de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital (SESIAD).

Asimismo, para todo el territorio de Castilla y León y, por tanto, para el municipio de Maraña, existe la posibilidad de contratar la solución satélite por medio de diferentes operadores que están ofreciendo en la actualidad una velocidad de conexión de 22 Mbps en sentido de descendente y de 6 Mbps en el sentido ascendente, con plena cobertura en todo el territorio. Los ciudadanos que han contratado el acceso a internet con esta tecnología han tenido la posibilidad de solicitar subvención para los costes de alta, equipamiento e instalación dentro de las tres convocatorias realizadas por esta Consejería los últimos tres años, no habiendo recibido solicitudes procedentes de habitantes del municipio de Maraña.

Una vez garantizado el acceso a internet de banda ancha de la forma señalada para todos los habitantes del municipio, la Junta de Castilla y León, en su ámbito competencial y respetando el principio de libre competencia, contribuye a fomentar la extensión de las redes de acceso de nueva generación (NGA), que ofrecen una velocidad de conexión superior a los 30 Mbps, mediante la convocatoria anual de ayudas públicas dirigidas a los operadores de telecomunicaciones para la realización de proyectos de redes de acceso NGA en entidades con población menor o igual a 500 ciudadanos que sean “zona blanca NGA”, es decir, que no dispongan de cobertura de redes de banda ancha de nueva generación ni previsiones para su dotación por algún operador en el plazo de tres años. Estos requisitos se cumplen en el caso del municipio de Maraña por lo que los operadores de telecomunicaciones podrán acceder a la próxima convocatoria para desarrollar proyectos de redes NGA en el término municipal. Asimismo, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital convoca anualmente subvenciones del mismo tipo abiertas a todas las entidades de población, independientemente del número de habitantes, y exclusivamente enfocadas a financiar proyectos de extensión de fibra óptica (más de 100 Mbps).

En cuanto a la telefonía móvil, se trata de un servicio no contemplado dentro de las obligaciones de “Servicio Universal”, por lo que es prestado por los operadores en régimen de libre competencia. De acuerdo con el último informe publicado por la SESIAD, el municipio de Maraña tiene una cobertura de entre el 90 % y el 100 % de la población con tecnología 3G, al menos con un operador.

Valladolid, 7 de marzo de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.

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PE/007849-2

CVE="BOCCL-09-026354"



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