PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007625, PE/007630, PE/007638, PE/007660, PE/007668, PE/007698, PE/007703, PE/007708, PE/007710, PE/007718, PE/007719, PE/007783 a PE/007785, PE/007792 a PE/007796, PE/007798 a PE/007800, PE/007808, PE/007809, PE/007811, PE/007816, PE/007820, PE/007821, PE/007823, PE/007824, PE/007829 a PE/007836, PE/007842, PE/007843, PE/007846 a PE/007851, PE/007853 a PE/007863, PE/007865, PE/007867, PE/007879 a PE/007881, PE/007885 a PE/007887, PE/007890, PE/007891, PE/007894, PE/007896, PE/007900 a PE/007908, PE/007920 a PE/007922, PE/007924 a PE/007977, PE/007983, PE/007984, PE/007986 a PE/007989, PE/007992 a PE/007994, PE/008012, PE/008019, PE/008021 a PE/008055, PE/008059, PE/008060, PE/008106, PE/008107, PE/008109 a PE/008111, PE/008113, PE/008115 a PE/008119, PE/008121, PE/008123, PE/008127, PE/008128, PE/008131 a PE/008136, PE/008141, PE/008143 a PE/008145, PE/008148, PE/008149, PE/008151, PE/008153 a PE/008155, PE/008158, PE/008159, PE/008162 a PE/008166, PE/008169 a PE/008171, PE/008173, PE/008174, PE/008176, PE/008178, PE/008183, PE/008184, PE/008191, PE/008193, PE/008194, PE/008198 a PE/008200, PE/008202, PE/008204, PE/008205, PE/008227, PE/008230, PE/008233, PE/008238 a PE/008242, PE/008249 a PE/008256, PE/008262, PE/008263, PE/008285, PE/008299, PE/008300 a PE/008303, PE/008306 a PE/008314, PE/008316, PE/008319, PE/008320, PE/008336 y PE/008343, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a Pregunta Escrita P.E./0908171, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora del Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a los resultados de la implantación del Decreto 40/2016, de 10 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad.
El Decreto 40/2016, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, que modifica el Decreto 36/2011, de 7 de julio, prevé que los órganos y unidades de la Secretaria General de la Consejería competente en materia de sanidad realicen las funciones materiales y de apoyo al órgano de dirección económica, presupuestaria y financiera de la Gerencia Regional de Salud, así como las funciones materiales y de apoyo al Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud en la gestión del personal de la Gerencia Regional de Salud que preste sus servicios en los servicios centrales de la misma.
Para hacer efectiva dicha previsión, posteriormente, mediante Orden SAN/957/2016, de 17 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud, se concretaron todos los órganos y unidades de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, menos el Servicio de Informática. Estos órganos pasan a realizar funciones materiales y de apoyo correspondientes a la Gerencia Regional de Salud, en los términos previstos en dicha Orden, si bien, en tanto no se produzca la adaptación de las relaciones de puestos de trabajo a la estructura orgánica establecida en la Orden citada, el personal continuará desempeñando sus funciones desde su unidad administrativa y puesto de trabajo, bajo la dependencia funcional de la Secretaría General.
Por todo ello, cabe afirmar que con el Decreto 40/2016, de 10 de noviembre, no se ha creado ni eliminado directamente ningún puesto de trabajo de libre designación, estando pendiente la aprobación de una nueva relación de puestos de trabajo que se adapte a la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud prevista en la citada Orden SAN/957/2016, de 17 de noviembre.
Valladolid, 14 de marzo de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/008171-2
CVE="BOCCL-09-026492"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007625, PE/007630, PE/007638, PE/007660, PE/007668, PE/007698, PE/007703, PE/007708, PE/007710, PE/007718, PE/007719, PE/007783 a PE/007785, PE/007792 a PE/007796, PE/007798 a PE/007800, PE/007808, PE/007809, PE/007811, PE/007816, PE/007820, PE/007821, PE/007823, PE/007824, PE/007829 a PE/007836, PE/007842, PE/007843, PE/007846 a PE/007851, PE/007853 a PE/007863, PE/007865, PE/007867, PE/007879 a PE/007881, PE/007885 a PE/007887, PE/007890, PE/007891, PE/007894, PE/007896, PE/007900 a PE/007908, PE/007920 a PE/007922, PE/007924 a PE/007977, PE/007983, PE/007984, PE/007986 a PE/007989, PE/007992 a PE/007994, PE/008012, PE/008019, PE/008021 a PE/008055, PE/008059, PE/008060, PE/008106, PE/008107, PE/008109 a PE/008111, PE/008113, PE/008115 a PE/008119, PE/008121, PE/008123, PE/008127, PE/008128, PE/008131 a PE/008136, PE/008141, PE/008143 a PE/008145, PE/008148, PE/008149, PE/008151, PE/008153 a PE/008155, PE/008158, PE/008159, PE/008162 a PE/008166, PE/008169 a PE/008171, PE/008173, PE/008174, PE/008176, PE/008178, PE/008183, PE/008184, PE/008191, PE/008193, PE/008194, PE/008198 a PE/008200, PE/008202, PE/008204, PE/008205, PE/008227, PE/008230, PE/008233, PE/008238 a PE/008242, PE/008249 a PE/008256, PE/008262, PE/008263, PE/008285, PE/008299, PE/008300 a PE/008303, PE/008306 a PE/008314, PE/008316, PE/008319, PE/008320, PE/008336 y PE/008343, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a Pregunta Escrita P.E./0908171, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora del Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a los resultados de la implantación del Decreto 40/2016, de 10 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad.
El Decreto 40/2016, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, que modifica el Decreto 36/2011, de 7 de julio, prevé que los órganos y unidades de la Secretaria General de la Consejería competente en materia de sanidad realicen las funciones materiales y de apoyo al órgano de dirección económica, presupuestaria y financiera de la Gerencia Regional de Salud, así como las funciones materiales y de apoyo al Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud en la gestión del personal de la Gerencia Regional de Salud que preste sus servicios en los servicios centrales de la misma.
Para hacer efectiva dicha previsión, posteriormente, mediante Orden SAN/957/2016, de 17 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud, se concretaron todos los órganos y unidades de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, menos el Servicio de Informática. Estos órganos pasan a realizar funciones materiales y de apoyo correspondientes a la Gerencia Regional de Salud, en los términos previstos en dicha Orden, si bien, en tanto no se produzca la adaptación de las relaciones de puestos de trabajo a la estructura orgánica establecida en la Orden citada, el personal continuará desempeñando sus funciones desde su unidad administrativa y puesto de trabajo, bajo la dependencia funcional de la Secretaría General.
Por todo ello, cabe afirmar que con el Decreto 40/2016, de 10 de noviembre, no se ha creado ni eliminado directamente ningún puesto de trabajo de libre designación, estando pendiente la aprobación de una nueva relación de puestos de trabajo que se adapte a la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud prevista en la citada Orden SAN/957/2016, de 17 de noviembre.
Valladolid, 14 de marzo de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/008171-2
CVE="BOCCL-09-026492"