PNL/002049-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002049-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez, Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a garantizar la accesibilidad a los servicios sanitarios a las personas con discapacidad en los hospitales y centros de salud y a llevar a cabo las medidas necesarias en las salas de espera para permitir la información y acceso a las personas con discapacidad auditiva o visual, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002029 a PNL/002064.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, M.ª Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros, José Ignacio Delgado Palacios y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Uno de los objetivos principales que debe seguir toda administración pública de cara al desarrollo de políticas sociales debe ser garantizar de forma real y efectiva el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato. En concreto, es esencial el compromiso con las personas con discapacidad, en aras a fomentar, apoyar e impulsar la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, de la inclusión social y de la erradicación de toda forma de discriminación. Objetivos todos ellos enmarcados en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Una Ley que no se está cumpliendo en su integridad, tal y como han venido alertando las asociaciones de los diferentes colectivos afectados.

Cabe recordar que la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en su Disposición adicional cuarta, que regula las necesidades asociadas a la discapacidad, establece que el Estado y las Comunidades Autónomas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones precisas para garantizar a los pacientes o usuarios con necesidades especiales, asociadas a la discapacidad, los derechos en materia de autonomía, información y documentación clínica regulados en esta ley.

Asimismo, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 23 garantiza la accesibilidad, manifestando que todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud tendrán acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta ley en condiciones de igualdad efectiva.

Por último, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, regula, entre otros, el derecho a la protección de la salud. En su Artículo 10, se establece que las administraciones públicas promoverán las medidas necesarias para favorecer el acceso de las personas con discapacidad a los servicios y prestaciones relacionadas con su salud en condiciones de igualdad con el resto de ciudadanos.

En concreto, tratamos en esta proposición las principales problemáticas con las que a día de hoy se siguen encontrando las personas con discapacidad, más concretamente la auditiva y la visual, tal y como nos han manifestado diversas asociaciones representativas, quienes, a su vez, han solicitado la adopción de medidas encaminadas a solventar la problemática existente.

Las deficiencias en la comunicación a la hora de recibir atención sanitaria constituyen una de esas principales problemáticas, tal y como han señalado algunas de las principales asociaciones de personas con discapacidad auditiva. Para una persona con pérdida auditiva acudir al servicio de urgencias, o ir al hospital en fin de semana, puede ser un problema importante, no solo porque en esos horarios no hay intérpretes, y en caso de necesitarlo deben acudir con un intérprete particular asumiendo el coste de sus honorarios, sino que, además, muchas de estas personas desconocen la lengua de signos, situación que ha generado, en alguna ocasión, que el enfermo con este tipo de discapacidad se haya ido del hospital sin haber recibido la atención sanitaria necesaria.

Otro tanto ocurre si la discapacidad es de carácter visual. Actividades habituales como la extracción de sangre es complicada sin apoyo externo, ya que las indicaciones (como el número que accede a la extracción) son de carácter visual, lo que entra en contradicción con el derecho a la autonomía del paciente.

Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a usar su autonomía. Por ello, los poderes públicos deben de adoptar todas las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad, en igualdad de condiciones con las demás personas, tanto en los entornos, productos y servicios, en información y en las comunicaciones, incluyendo los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones adecuadas para garantizar dicha accesibilidad en condiciones de autonomía.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Garantizar la accesibilidad a los servicios sanitarios de las personas con discapacidad en los Hospitales y Centros de Salud de SACYL, con cuantos protocolos y medidas de apoyo sean necesarias.

2.- Llevar a cabo las actuaciones necesarias para implantar en todas las salas de espera de los hospitales y centros de salud sistemas adaptados que permitan la información y el acceso al servicio sanitario a todas las personas con discapacidad auditiva o visual.

En Valladolid, a 30 de abril de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Manuel Mitadiel Martínez,

María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002049-01

CVE="BOCCL-09-026567"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 55807-55809
BOCCL nº 414/9 del 18/5/2018
CVE: BOCCL-09-026567

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002049-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez, Dña. María Belén Rosado Diago, D. David Castaño Sequeros, D. José Ignacio Delgado Palacios y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a garantizar la accesibilidad a los servicios sanitarios a las personas con discapacidad en los hospitales y centros de salud y a llevar a cabo las medidas necesarias en las salas de espera para permitir la información y acceso a las personas con discapacidad auditiva o visual, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002029 a PNL/002064.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, M.ª Belén Rosado Diago, David Castaño Sequeros, José Ignacio Delgado Palacios y Luis Fuentes Rodríguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (C's) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

Uno de los objetivos principales que debe seguir toda administración pública de cara al desarrollo de políticas sociales debe ser garantizar de forma real y efectiva el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato. En concreto, es esencial el compromiso con las personas con discapacidad, en aras a fomentar, apoyar e impulsar la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, de la inclusión social y de la erradicación de toda forma de discriminación. Objetivos todos ellos enmarcados en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Una Ley que no se está cumpliendo en su integridad, tal y como han venido alertando las asociaciones de los diferentes colectivos afectados.

Cabe recordar que la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en su Disposición adicional cuarta, que regula las necesidades asociadas a la discapacidad, establece que el Estado y las Comunidades Autónomas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones precisas para garantizar a los pacientes o usuarios con necesidades especiales, asociadas a la discapacidad, los derechos en materia de autonomía, información y documentación clínica regulados en esta ley.

Asimismo, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 23 garantiza la accesibilidad, manifestando que todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud tendrán acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta ley en condiciones de igualdad efectiva.

Por último, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, regula, entre otros, el derecho a la protección de la salud. En su Artículo 10, se establece que las administraciones públicas promoverán las medidas necesarias para favorecer el acceso de las personas con discapacidad a los servicios y prestaciones relacionadas con su salud en condiciones de igualdad con el resto de ciudadanos.

En concreto, tratamos en esta proposición las principales problemáticas con las que a día de hoy se siguen encontrando las personas con discapacidad, más concretamente la auditiva y la visual, tal y como nos han manifestado diversas asociaciones representativas, quienes, a su vez, han solicitado la adopción de medidas encaminadas a solventar la problemática existente.

Las deficiencias en la comunicación a la hora de recibir atención sanitaria constituyen una de esas principales problemáticas, tal y como han señalado algunas de las principales asociaciones de personas con discapacidad auditiva. Para una persona con pérdida auditiva acudir al servicio de urgencias, o ir al hospital en fin de semana, puede ser un problema importante, no solo porque en esos horarios no hay intérpretes, y en caso de necesitarlo deben acudir con un intérprete particular asumiendo el coste de sus honorarios, sino que, además, muchas de estas personas desconocen la lengua de signos, situación que ha generado, en alguna ocasión, que el enfermo con este tipo de discapacidad se haya ido del hospital sin haber recibido la atención sanitaria necesaria.

Otro tanto ocurre si la discapacidad es de carácter visual. Actividades habituales como la extracción de sangre es complicada sin apoyo externo, ya que las indicaciones (como el número que accede a la extracción) son de carácter visual, lo que entra en contradicción con el derecho a la autonomía del paciente.

Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a usar su autonomía. Por ello, los poderes públicos deben de adoptar todas las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad, en igualdad de condiciones con las demás personas, tanto en los entornos, productos y servicios, en información y en las comunicaciones, incluyendo los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones adecuadas para garantizar dicha accesibilidad en condiciones de autonomía.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Garantizar la accesibilidad a los servicios sanitarios de las personas con discapacidad en los Hospitales y Centros de Salud de SACYL, con cuantos protocolos y medidas de apoyo sean necesarias.

2.- Llevar a cabo las actuaciones necesarias para implantar en todas las salas de espera de los hospitales y centros de salud sistemas adaptados que permitan la información y el acceso al servicio sanitario a todas las personas con discapacidad auditiva o visual.

En Valladolid, a 30 de abril de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Manuel Mitadiel Martínez,

María Belén Rosado Diago,

David Castaño Sequeros y

José Ignacio Delgado Palacios

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002049-01

CVE="BOCCL-09-026567"



Sede de las Cortes de Castilla y León