PE/009042-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009042-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a desarrollo de la huelga por parte de los trabajadores del servicio de limpieza del complejo asistencial de Ávila.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009041 a PE/009266.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La huelga que los y las trabajadores están realizando en el complejo asistencial de Ávila y que afecta al servicio de limpieza de este complejo, está teniendo muchas irregularidades derivadas de un comportamiento ajeno al cumplimiento de la legislación laboral por parte de la empresa Grupo Norte Agrupación Empresarial, concesionaria del servicio de limpieza y recogida en la orden SAN/ 389 firmada por el consejero Sáenz Aguado.

La convocatoria de huelga abarca a la totalidad de trabajadores de la mencionada empresa lo que afecta a un total de 45 personas.

En la orden SAN/389/ 218 de 9 de abril, publicada en el BOCYL N2 70, se especifica lo que deben ser los servicios mínimos para el cumplimiento de los dictámenes tanto legales como constitucionales que garanticen el derecho de huelga pero también el derecho de los pacientes a recibir una atención sanitaria.

Resulta, tras la lectura de dicha orden, que, paradójicamente, para el cumplimiento de uno de los mandatos constitucionales, el derecho de la ciudadanía a recibir una suficiente atención sanitaria, se tiene que incumplir la garantía del otro derecho, el derecho de los y las trabajadores a la huelga.

Entendemos que tanto un derecho como el otro deben ser atendidos y la situación generada en el complejo asistencial de Ávila hace que planteemos a la consejería las siguientes cuestiones.

PREGUNTA

1. ¿Considera la Junta de Castilla y León que obligar a que los puestos de trabajo se ocupen al 100% es compatible con que dichos trabajadores puedan realizar una huelga? Queremos aclarar que la huelga se entiende como la no realización de la función de un/una trabajadora sin que pueda ser sustituido por ningún otro.

2. Si se considera que el derecho de huelga se reconoce con una exigencia de servicios mínimos del 100% ¿reconoce con ello la Junta de Castilla y León que el total de personas que habitualmente trabajan en el servicio de limpieza es insuficiente?

3. ¿Cómo piensa la Junta de Castilla y León garantizar y conjugar los dos derechos reconocidos en la Constitución, el derecho de la ciudadanía a un servicio de atención sanitaria y, por otro lado, el derecho de los y las trabajadores a la huelga?

Valladolid, 16 de abril de 2018


PE/009042-01

CVE="BOCCL-09-026715"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 55916-55918
BOCCL nº 416/9 del 23/5/2018
CVE: BOCCL-09-026715

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009042-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a desarrollo de la huelga por parte de los trabajadores del servicio de limpieza del complejo asistencial de Ávila.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009041 a PE/009266.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La huelga que los y las trabajadores están realizando en el complejo asistencial de Ávila y que afecta al servicio de limpieza de este complejo, está teniendo muchas irregularidades derivadas de un comportamiento ajeno al cumplimiento de la legislación laboral por parte de la empresa Grupo Norte Agrupación Empresarial, concesionaria del servicio de limpieza y recogida en la orden SAN/ 389 firmada por el consejero Sáenz Aguado.

La convocatoria de huelga abarca a la totalidad de trabajadores de la mencionada empresa lo que afecta a un total de 45 personas.

En la orden SAN/389/ 218 de 9 de abril, publicada en el BOCYL N2 70, se especifica lo que deben ser los servicios mínimos para el cumplimiento de los dictámenes tanto legales como constitucionales que garanticen el derecho de huelga pero también el derecho de los pacientes a recibir una atención sanitaria.

Resulta, tras la lectura de dicha orden, que, paradójicamente, para el cumplimiento de uno de los mandatos constitucionales, el derecho de la ciudadanía a recibir una suficiente atención sanitaria, se tiene que incumplir la garantía del otro derecho, el derecho de los y las trabajadores a la huelga.

Entendemos que tanto un derecho como el otro deben ser atendidos y la situación generada en el complejo asistencial de Ávila hace que planteemos a la consejería las siguientes cuestiones.

PREGUNTA

1. ¿Considera la Junta de Castilla y León que obligar a que los puestos de trabajo se ocupen al 100% es compatible con que dichos trabajadores puedan realizar una huelga? Queremos aclarar que la huelga se entiende como la no realización de la función de un/una trabajadora sin que pueda ser sustituido por ningún otro.

2. Si se considera que el derecho de huelga se reconoce con una exigencia de servicios mínimos del 100% ¿reconoce con ello la Junta de Castilla y León que el total de personas que habitualmente trabajan en el servicio de limpieza es insuficiente?

3. ¿Cómo piensa la Junta de Castilla y León garantizar y conjugar los dos derechos reconocidos en la Constitución, el derecho de la ciudadanía a un servicio de atención sanitaria y, por otro lado, el derecho de los y las trabajadores a la huelga?

Valladolid, 16 de abril de 2018


PE/009042-01

CVE="BOCCL-09-026715"



Sede de las Cortes de Castilla y León