CC/000030-01











5. Procedimientos Relativos a Otras Instituciones y Órganos

520. Consejo de Cuentas
CC/000030-01


Sumario:

Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León en relación con el Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.



Resolución:

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de las Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda en relación al Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre) se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de las Resoluciones relativas al Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ”Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León”, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de las citadas Resoluciones de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

RESOLUCIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE EL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA DIPUTACIÓN DE SALAMANCA, EJERCICIO 2015, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

La Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 4 de mayo de 2018, a la vista del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León

ACUERDA

1) Debe instrumentarse la forma y el procedimiento por el que, sobre el Inventario, se produzca la autorización del Secretario y el visto bueno del Presidente, según lo previsto en la normativa sobre bienes de las entidades locales.

2) El Pleno como órgano competente para la aprobación y comprobación del Inventario, así como para el ejercicio de las principales atribuciones sobre los bienes de la Diputación que le confiere la normativa local, debe adoptar las medidas oportunas de actualización y regularización del Inventario General de Bienes y Derechos con el fin de adecuar este documento y el programa a través del que se lleva a la realidad de la situación patrimonial existente. Ello debe hacerse con las precauciones legales oportunas y la participación de la Secretaría como órgano autorizante del mismo. De especial relevancia resulta la necesidad de efectuar la valoración de la totalidad de los inmuebles y actualizar la existente para el resto así como actualizar el valor catastral en las fichas de inventario y proceder a la revisión de las referencias catastrales.

3) Tras la señalada regularización el IGBD debe someterse a su aprobación por el Pleno de la Corporación y a partir de este momento deben autorizarse y aprobarse puntualmente sus actualizaciones. Solo de esta forma el Inventario puede constituir un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos y una herramienta de información útil para la toma de decisiones, reuniendo unas notas esenciales de unidad, centralidad, rigurosidad, actualización y valoración.

4) Debe procederse a la regularización de los diferentes aspectos contables que se han puesto de manifiesto en el apartado dedicado a la comprobación y análisis de la contabilidad, como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad Pública.

5) En el caso de las operaciones de ocupación y utilización de los inmuebles de la Diputación con números de inventario 10023, 10007, 10008 y 10039, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Ayuntamiento de Béjar y la Junta de Castilla y León, se recomienda adoptar la figura de la concesión administrativa, por adaptarse de forma más precisa a las condiciones, requerimientos y plazos de dichas operaciones.

6) La Diputación deberá establecer los mecanismos necesarios para mejorar las vías de colaboración y comunicación con el Catastro Inmobiliario, de tal forma que los datos que obren en ambos registros sean coincidentes. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario establece en su artículo 18 los procedimientos de subsanación de discrepancias y rectificación, dirigidos a obtener la modificación de datos catastrales cuando la Administración tenga conocimiento de la falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles y la realidad inmobiliaria, y su origen no se deba al incumplimiento de la obligación de declarar o comunicar.

7) La implantación por parte de la Diputación de un sistema de contabilidad analítica, además de servir como fundamento de la información sobre los indicadores de gestión de la Memoria de la Cuenta General, debe servir también para fundamentar el contenido de la Memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos a que se refiere el artículo 211 del TRLHL. De esta forma quedaría establecida plenamente la fuente y metodología para la elaboración de esta memoria, ampliándose y dotando de fiabilidad a la información sobre el coste de los servicios. Para ello, debe tomarse como guía y referencia la Resolución de 28 de julio de 2011 de la IGAE y el Manual de Procedimiento para la implantación de un sistema de costes en la Administración Local de la FEMP, que se refiere también a los Principios Generales de la IGAE (2004) sobre contabilidad analítica de las Administraciones Públicas y al documento sobre los Indicadores de gestión en el ámbito del sector público (IGAE 2007).

La implantación de este sistema de contabilidad analítica constituiría un elemento básico para el control de la gestión, la toma de decisiones y la asignación eficiente de los recursos públicos. Además, permitiría lograr una normalización de la información sobre el coste de los servicios públicos particularmente útil para el cálculo de las tarifas de las tasas y precios públicos.

8) La Diputación debería aprobar un Programa de actuación o Plan de optimización de la ocupación de los edificios administrativos para la prestación de los servicios públicos de su competencia. También, en aplicación de los principios de eficacia, rentabilidad y eficiencia, y para una adecuada administración y conservación, que permitan optimizar la utilización y el rendimiento de su patrimonio inmobiliario, debería adoptar un Plan, independiente del anterior o incluido en el mismo, sobre sus inmuebles de carácter patrimonial.

9) Asimismo, la Diputación debería regular sus relaciones de carácter patrimonial con otras Administraciones Públicas y particularmente con la Junta de Castilla y León y Ayuntamientos más destacados, mediante convenios o protocolos, que, de una forma general, ordenen estas relaciones y los inmuebles afectados por las mismas.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de mayo de 2018.

EL VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Jorge Domingo Martínez Antolín.

LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Irene Cortés Calvo.


CC/000030-01

CVE="BOCCL-09-027195"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 57146-57148
BOCCL nº 419/9 del 28/5/2018
CVE: BOCCL-09-027195

5. Procedimientos Relativos a Otras Instituciones y Órganos
520. Consejo de Cuentas
CC/000030-01
Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León en relación con el Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de las Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda en relación al Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre) se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de las Resoluciones relativas al Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ”Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León”, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de las citadas Resoluciones de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


RESOLUCIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE EL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA DIPUTACIÓN DE SALAMANCA, EJERCICIO 2015, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

La Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 4 de mayo de 2018, a la vista del Informe de Fiscalización sobre el Patrimonio Inmobiliario de la Diputación de Salamanca, ejercicio 2015, del Consejo de Cuentas de Castilla y León

ACUERDA

1) Debe instrumentarse la forma y el procedimiento por el que, sobre el Inventario, se produzca la autorización del Secretario y el visto bueno del Presidente, según lo previsto en la normativa sobre bienes de las entidades locales.

2) El Pleno como órgano competente para la aprobación y comprobación del Inventario, así como para el ejercicio de las principales atribuciones sobre los bienes de la Diputación que le confiere la normativa local, debe adoptar las medidas oportunas de actualización y regularización del Inventario General de Bienes y Derechos con el fin de adecuar este documento y el programa a través del que se lleva a la realidad de la situación patrimonial existente. Ello debe hacerse con las precauciones legales oportunas y la participación de la Secretaría como órgano autorizante del mismo. De especial relevancia resulta la necesidad de efectuar la valoración de la totalidad de los inmuebles y actualizar la existente para el resto así como actualizar el valor catastral en las fichas de inventario y proceder a la revisión de las referencias catastrales.

3) Tras la señalada regularización el IGBD debe someterse a su aprobación por el Pleno de la Corporación y a partir de este momento deben autorizarse y aprobarse puntualmente sus actualizaciones. Solo de esta forma el Inventario puede constituir un instrumento de protección, defensa y control de los bienes y derechos y una herramienta de información útil para la toma de decisiones, reuniendo unas notas esenciales de unidad, centralidad, rigurosidad, actualización y valoración.

4) Debe procederse a la regularización de los diferentes aspectos contables que se han puesto de manifiesto en el apartado dedicado a la comprobación y análisis de la contabilidad, como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad Pública.

5) En el caso de las operaciones de ocupación y utilización de los inmuebles de la Diputación con números de inventario 10023, 10007, 10008 y 10039, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Ayuntamiento de Béjar y la Junta de Castilla y León, se recomienda adoptar la figura de la concesión administrativa, por adaptarse de forma más precisa a las condiciones, requerimientos y plazos de dichas operaciones.

6) La Diputación deberá establecer los mecanismos necesarios para mejorar las vías de colaboración y comunicación con el Catastro Inmobiliario, de tal forma que los datos que obren en ambos registros sean coincidentes. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario establece en su artículo 18 los procedimientos de subsanación de discrepancias y rectificación, dirigidos a obtener la modificación de datos catastrales cuando la Administración tenga conocimiento de la falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles y la realidad inmobiliaria, y su origen no se deba al incumplimiento de la obligación de declarar o comunicar.

7) La implantación por parte de la Diputación de un sistema de contabilidad analítica, además de servir como fundamento de la información sobre los indicadores de gestión de la Memoria de la Cuenta General, debe servir también para fundamentar el contenido de la Memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos a que se refiere el artículo 211 del TRLHL. De esta forma quedaría establecida plenamente la fuente y metodología para la elaboración de esta memoria, ampliándose y dotando de fiabilidad a la información sobre el coste de los servicios. Para ello, debe tomarse como guía y referencia la Resolución de 28 de julio de 2011 de la IGAE y el Manual de Procedimiento para la implantación de un sistema de costes en la Administración Local de la FEMP, que se refiere también a los Principios Generales de la IGAE (2004) sobre contabilidad analítica de las Administraciones Públicas y al documento sobre los Indicadores de gestión en el ámbito del sector público (IGAE 2007).

La implantación de este sistema de contabilidad analítica constituiría un elemento básico para el control de la gestión, la toma de decisiones y la asignación eficiente de los recursos públicos. Además, permitiría lograr una normalización de la información sobre el coste de los servicios públicos particularmente útil para el cálculo de las tarifas de las tasas y precios públicos.

8) La Diputación debería aprobar un Programa de actuación o Plan de optimización de la ocupación de los edificios administrativos para la prestación de los servicios públicos de su competencia. También, en aplicación de los principios de eficacia, rentabilidad y eficiencia, y para una adecuada administración y conservación, que permitan optimizar la utilización y el rendimiento de su patrimonio inmobiliario, debería adoptar un Plan, independiente del anterior o incluido en el mismo, sobre sus inmuebles de carácter patrimonial.

9) Asimismo, la Diputación debería regular sus relaciones de carácter patrimonial con otras Administraciones Públicas y particularmente con la Junta de Castilla y León y Ayuntamientos más destacados, mediante convenios o protocolos, que, de una forma general, ordenen estas relaciones y los inmuebles afectados por las mismas.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de mayo de 2018.

EL VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Jorge Domingo Martínez Antolín.

LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Irene Cortés Calvo.


CC/000030-01

CVE="BOCCL-09-027195"



Sede de las Cortes de Castilla y León