PNL/002086-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002086-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, para instar a la Junta a que adopte las medidas que se detallan para la determinación de la tasa de desempleo, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 25 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002070 a PNL/002092.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Natalia del Barrio Jiménez, Adela Pascual Álvarez y Lorena González Guerrero, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de empleo.

ANTECEDENTES

La medición adecuada de las variables económicas, sociales y sobre todo aquellas relacionadas con el empleo es fundamental para desarrollar análisis precisos, diseñar e implementar políticas públicas que reduzcan las desigualdades y mejoren la calidad del empleo.

Según datos del MEYSS, el paro registrado en Castilla y León correspondiente a abril de 2018 se cifró en 155.616 personas. 66.870 hombres y 88.746 mujeres lo que sitúa la tasa de paro en el 13,90 %; el 11,70 % para los hombres y el 16,60 % para las mujeres. Sin embargo, la tasa de paro así calculada, no incluye aspectos que podrían ser considerados como desempleo.

La definición oficial de desempleo que se utiliza sigue los criterios de Eurostat y la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Así, para que una persona se considere desempleada siguiendo las orientaciones de la OIT, según las cuales son personas desempleadas aquellas que en el momento en que son encuestadas, afirman desear trabajar, estar disponibles para hacerlo en un plazo de dos semanas y haber buscado trabajo de manera activa en las últimas cuatro. Una definición demasiado estricta que no permite conocer la población que realmente se encuentra desempleada.

Ante esta realidad existe, sin embargo, una nueva forma de mirar las tasas de paro recogiendo metodologías que incluyen a aquellos colectivos que, constando como personas inactivas o empleadas con la medición habitual, o bien están en disposición de trabajar y no consiguen empleo, o bien trabajan a jornada parcial y/o de forma temporal involuntariamente queriendo hacerlo a jornada completa y/o indefinida.

Instituciones pioneras al respecto son tanto la OCDE, el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos, como el Banco Central Europeo o el Banco de España. Además de algunos estudios a nivel académico de investigación en la materia, aplicado tanto a nivel del Estado español como a nivel de las diferentes Comunidades Autónomas.

En este sentido, es necesario que en Castilla y León tengamos una medición sistemática del empleo y del desempleo que sirva para analizar las realidades actuales de situaciones de precariedad y desempleo involuntario y que, a su vez, permita diseñar políticas de empleo específicas y realmente eficaces dirigidas a los colectivos que más afectados están.

Si queremos, podemos ser pioneros a la hora de medir el desempleo incorporando una visión más amplia y cualitativamente mejor del estado y tendencia de los mercados laborales en Castilla y León.

Por todo lo expuesto presentamos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Medir y publicar de forma periódica, en un periodo de tiempo no superior a 6 meses, la tasa de desempleo ampliada según la metodología utilizada por el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos, utilizada también en sus estudios por el Banco Central Europeo y el Banco de España, con el objetivo de visibilizar y evaluar la incidencia de nuevas formas de desempleo vinculadas a precariedad laboral y nuevas tendencias del mercado laboral. En este sentido a la definición oficial del paro se añadirían:

a. Población inactiva que ya no busca empleo por desánimo respecto a las posibilidades reales de encontrarlo.

b. Población inactiva disponible, es decir, que no busca empleo pero que declaran que estarían dispuestos a trabajar

c. Población empleada en situación de jornada parcial involuntaria.

2.- Realizar los estudios, elaborar y aplicar la metodología necesaria (estadísticas, encuestas, etc.) para incorporar en esta tasa de paro ampliada en Castilla y León una medición del empleo temporal involuntario que cabría computarse como desempleo parcial al no completar jornadas o tiempos de trabajo completo en cómputo mensual o anual.

3.- Incorporar en la medición de esta tasa de paro ampliada, teniendo en cuenta a los cuatro colectivos de trabajadores y trabajadoras citados en los puntos anteriores, una desagregación por sexo, franja de edad, origen, y rama de actividad económica.

Valladolid, 17 de mayo de 2018.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Adela Pascual Álvarez y

Lorena González Guerrero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002086-01

CVE="BOCCL-09-027240"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 57249-57251
BOCCL nº 421/9 del 1/6/2018
CVE: BOCCL-09-027240

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002086-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Natalia del Barrio Jiménez, Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, para instar a la Junta a que adopte las medidas que se detallan para la determinación de la tasa de desempleo, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 25 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002070 a PNL/002092.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Natalia del Barrio Jiménez, Adela Pascual Álvarez y Lorena González Guerrero, Procuradoras pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de empleo.

ANTECEDENTES

La medición adecuada de las variables económicas, sociales y sobre todo aquellas relacionadas con el empleo es fundamental para desarrollar análisis precisos, diseñar e implementar políticas públicas que reduzcan las desigualdades y mejoren la calidad del empleo.

Según datos del MEYSS, el paro registrado en Castilla y León correspondiente a abril de 2018 se cifró en 155.616 personas. 66.870 hombres y 88.746 mujeres lo que sitúa la tasa de paro en el 13,90 %; el 11,70 % para los hombres y el 16,60 % para las mujeres. Sin embargo, la tasa de paro así calculada, no incluye aspectos que podrían ser considerados como desempleo.

La definición oficial de desempleo que se utiliza sigue los criterios de Eurostat y la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Así, para que una persona se considere desempleada siguiendo las orientaciones de la OIT, según las cuales son personas desempleadas aquellas que en el momento en que son encuestadas, afirman desear trabajar, estar disponibles para hacerlo en un plazo de dos semanas y haber buscado trabajo de manera activa en las últimas cuatro. Una definición demasiado estricta que no permite conocer la población que realmente se encuentra desempleada.

Ante esta realidad existe, sin embargo, una nueva forma de mirar las tasas de paro recogiendo metodologías que incluyen a aquellos colectivos que, constando como personas inactivas o empleadas con la medición habitual, o bien están en disposición de trabajar y no consiguen empleo, o bien trabajan a jornada parcial y/o de forma temporal involuntariamente queriendo hacerlo a jornada completa y/o indefinida.

Instituciones pioneras al respecto son tanto la OCDE, el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos, como el Banco Central Europeo o el Banco de España. Además de algunos estudios a nivel académico de investigación en la materia, aplicado tanto a nivel del Estado español como a nivel de las diferentes Comunidades Autónomas.

En este sentido, es necesario que en Castilla y León tengamos una medición sistemática del empleo y del desempleo que sirva para analizar las realidades actuales de situaciones de precariedad y desempleo involuntario y que, a su vez, permita diseñar políticas de empleo específicas y realmente eficaces dirigidas a los colectivos que más afectados están.

Si queremos, podemos ser pioneros a la hora de medir el desempleo incorporando una visión más amplia y cualitativamente mejor del estado y tendencia de los mercados laborales en Castilla y León.

Por todo lo expuesto presentamos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Medir y publicar de forma periódica, en un periodo de tiempo no superior a 6 meses, la tasa de desempleo ampliada según la metodología utilizada por el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos, utilizada también en sus estudios por el Banco Central Europeo y el Banco de España, con el objetivo de visibilizar y evaluar la incidencia de nuevas formas de desempleo vinculadas a precariedad laboral y nuevas tendencias del mercado laboral. En este sentido a la definición oficial del paro se añadirían:

a. Población inactiva que ya no busca empleo por desánimo respecto a las posibilidades reales de encontrarlo.

b. Población inactiva disponible, es decir, que no busca empleo pero que declaran que estarían dispuestos a trabajar

c. Población empleada en situación de jornada parcial involuntaria.

2.- Realizar los estudios, elaborar y aplicar la metodología necesaria (estadísticas, encuestas, etc.) para incorporar en esta tasa de paro ampliada en Castilla y León una medición del empleo temporal involuntario que cabría computarse como desempleo parcial al no completar jornadas o tiempos de trabajo completo en cómputo mensual o anual.

3.- Incorporar en la medición de esta tasa de paro ampliada, teniendo en cuenta a los cuatro colectivos de trabajadores y trabajadoras citados en los puntos anteriores, una desagregación por sexo, franja de edad, origen, y rama de actividad económica.

Valladolid, 17 de mayo de 2018.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Natalia del Barrio Jiménez,

Adela Pascual Álvarez y

Lorena González Guerrero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002086-01

CVE="BOCCL-09-027240"



Sede de las Cortes de Castilla y León