M/000175-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000175-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de atención a la dependencia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 29 de mayo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de junio de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000175, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de atención a la dependencia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 29 de mayo de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de junio de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000175 relativa a "Política general en materia de atención a la dependencia":

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

A) Requerir al Gobierno de España a:

1. Cumplir los acuerdos firmados en el Pacto de Estado:

1.1. Revertir en los Presupuestos de 2017 los recortes producidos por los RD-Ley 20/2012: Incrementando en un 13 % el nivel de financiación mínimo del Sistema y recuperando el nivel concertado de financiación del mismo, al menos hasta alcanzar los niveles que existían en 2012. Incluyendo en la Seguridad Social a los/as cuidadores familiares y no profesionales, con cargo a la Administración General del Estado.

1.2. Impulsar un pacto de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, para acabar con la desatención (limbo de la Dependencia) antes de dos años, con los compromisos de financiación necesarios para lograrlo.

1.3. Iniciar negociaciones en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, para establecer un modelo estable de financiación del Sistema en el marco de la LOFCA, en función del coste real de los servicios prestados y de las prestaciones concedidas, en un 50 % a cargo de la Administración General del Estado y el 50 % restante con cargo a las Comunidades Autónomas.

1.4. Cualquier medida que suponga una modificación de la Ley 39/2006 se llevará a cabo mediante su tramitación y debate en el Parlamento, con un nivel de consenso similar al menos al que se logró en su aprobación y sin utilizar, en ningún caso, el atajo de la modificación a través de Decreto.

1.5. Velar por la transparencia del Sistema de Información de la Dependencia, garantizando información actualizada y completa.

2. Que desde el momento en que a un menor se le reconozca la situación de dependencia, se le conceda la cartilla de la Seguridad Social, lo que le permitirá tener derecho a las prestaciones que ello se derive. Entre otras el mismo tratamiento que a los pensionistas en el abono de las medicinas.

3. Impulsar la plena entrada en vigor de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social de forma que las cuestiones litigiosas que se promuevan en materia de dependencia pasen a ser conocidas por orden social y no por la jurisdicción contencioso-administrativa.

B) Instar a la Junta de Castilla y León a:

1. Reforzar la gestión pública del sistema, priorizando la titularidad pública de los recursos sociales, sin perjuicio de que el sector privado pueda desarrollar actividades complementarias.

2. Ampliar las informaciones estadísticas que permita tener una información más completa para tomar decisiones más ajustadas a la realidad respecto a:

2.1. Población potencialmente dependiente.

2.2. Diferenciar estadísticamente los datos de Prevención de la Dependencia, de los datos de Promoción de la Autonomía Personal.

2.3. Diferenciar las prestaciones y servicios que se prestan por bloques de edad: menores de 18 años, entre 18 y 65 años y mayores de 65 años, así como los grados de dependencia que tienen en cada bloque de edad.

2.4. Aportar información sobre el número de horas que a través del servicio de ayuda a domicilio se están prestando, para conocer si la intensidad es la adecuada.

2.5. Facilitar información de los servicios que se están adquiriendo y financiando con la prestación económica vinculada y el número de cada uno de estos servicios.

2.6. Aportaciones de las personas usuarias a la financiación del Sistema del coste de los servicios.

3. Priorizar los servicios sobre las prestaciones económicas vinculadas a los mismos y potenciar la red de centros y servicios, ampliando la oferta de servicios y la cobertura en la atención que generan empleo estable e incrementando las intensidades que garantizan atenciones de calidad.

4. Financiar adecuadamente la PE Vinculada al Servicio, de manera que el usuario no tenga que soportar un copago añadido asumiendo la diferencia entre la cuantía percibida y el coste real de los servicios adquiridos mediante la prestación vinculada al servicio.

5. Promover, pactando con el sector privado, mecanismos de control de precios y regulación del mercado para asegurar que el acceso de las personas en situación de dependencia con PEVS no se vea limitado o imposibilitado por tener que asumir precios por encima de sus posibilidades económicas y se articule un sistema de inspección y control público adecuado, respecto a la calidad de los servicios que se ofrecen y prestan.

6. Adoptar las medidas necesarias para homogeneizar en todas las provincias el servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia de manera que el acceso, coste y condiciones para las personas usuarias sea similar en todo el territorio de la Comunidad.

7. Proceder a incrementar la intensidad, la flexibilidad y la compatibilidad de los servicios.

8. Incrementar la formación de los y las profesionales de todo el sector de relacionado con la dependencia.

9. Promover la creación de una Comisión de Seguimiento y Control del servicio de Ayuda a Domicilio prestado por las empresas adjudicatarias, compuesta por representantes de todas las partes afectadas, Administración autonómica, EE. LL. y empresas, con objeto de mejorar el servicio de Ayuda a Domicilio, garantizar el cumplimiento de los pliegos de condiciones, evitar los desequilibrios territoriales, estabilizar el empleo generado y terminar con la precariedad laboral del sector.

10. Acometer la regulación profesional del Asistente Personal, las cuantías de la prestación económica de asistencia personal de forma específica y la compatibilidad de asistencia personal con otras prestaciones económicas y servicios que puedan necesitar las personas en situación de dependencia.

11. Reforzar los servicios profesionales públicos en aquellas zonas rurales, que, por sus características, no se encuentran suficientemente dotadas, asegurando así niveles de cobertura homogénea y equilibrada en todas las provincias de la Comunidad.

12. Incrementar el número de plazas en los servicios públicos de Atención Residencial y Centros de Día/Noche que nos acerquen a la media nacional y pueda completar en la Comunidad la red de recursos residenciales, superando progresivamente la insuficiencia de plazas públicas y concertadas que permita equilibrar las plazas públicas ofertadas a la demanda real existente, garantizando el acceso rápido a la atención concedida y el carácter excepcional de las prestaciones económicas.

13. Incluir un Anexo en los Presupuestos Generales de la Comunidad especificando las partidas destinadas a la atención a la dependencia.

14. Unificar los criterios para la aplicación del BVD (Baremo de Valoración de Dependencia) en todo el territorio de la Comunidad Autónoma para evitar desequilibrios.

15. El plazo máximo de resolución de reconocimiento de la situación de dependencia se dictará en el plazo máximo de tres meses antes de que finalice el presente año.

16. Incrementar los equipos para la Promoción de la Autonomía Personal (EPAP) para dar respuesta a las problemáticas sociales que tienen las personas con discapacidad y dependientes y sus familiares.

17. Potenciar la coordinación sociosanitaria para garantizar la prestación integrada de los servicios a las personas dependientes

18. Revisar la normativa correspondiente al cálculo de la capacidad económica de las personas dependientes de manera que se ajusten a la realidad económica de las personas dependientes y los copagos que se deriven sean también más ajustados y adecuados a esa realidad.

Valladolid, 4 de junio de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000175-01

CVE="BOCCL-09-027613"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 57888-57891
BOCCL nº 427/9 del 12/6/2018
CVE: BOCCL-09-027613

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000175-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de atención a la dependencia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 29 de mayo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de junio de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000175, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de atención a la dependencia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 29 de mayo de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de junio de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000175 relativa a "Política general en materia de atención a la dependencia":

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

A) Requerir al Gobierno de España a:

1. Cumplir los acuerdos firmados en el Pacto de Estado:

1.1. Revertir en los Presupuestos de 2017 los recortes producidos por los RD-Ley 20/2012: Incrementando en un 13 % el nivel de financiación mínimo del Sistema y recuperando el nivel concertado de financiación del mismo, al menos hasta alcanzar los niveles que existían en 2012. Incluyendo en la Seguridad Social a los/as cuidadores familiares y no profesionales, con cargo a la Administración General del Estado.

1.2. Impulsar un pacto de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, para acabar con la desatención (limbo de la Dependencia) antes de dos años, con los compromisos de financiación necesarios para lograrlo.

1.3. Iniciar negociaciones en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, para establecer un modelo estable de financiación del Sistema en el marco de la LOFCA, en función del coste real de los servicios prestados y de las prestaciones concedidas, en un 50 % a cargo de la Administración General del Estado y el 50 % restante con cargo a las Comunidades Autónomas.

1.4. Cualquier medida que suponga una modificación de la Ley 39/2006 se llevará a cabo mediante su tramitación y debate en el Parlamento, con un nivel de consenso similar al menos al que se logró en su aprobación y sin utilizar, en ningún caso, el atajo de la modificación a través de Decreto.

1.5. Velar por la transparencia del Sistema de Información de la Dependencia, garantizando información actualizada y completa.

2. Que desde el momento en que a un menor se le reconozca la situación de dependencia, se le conceda la cartilla de la Seguridad Social, lo que le permitirá tener derecho a las prestaciones que ello se derive. Entre otras el mismo tratamiento que a los pensionistas en el abono de las medicinas.

3. Impulsar la plena entrada en vigor de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social de forma que las cuestiones litigiosas que se promuevan en materia de dependencia pasen a ser conocidas por orden social y no por la jurisdicción contencioso-administrativa.

B) Instar a la Junta de Castilla y León a:

1. Reforzar la gestión pública del sistema, priorizando la titularidad pública de los recursos sociales, sin perjuicio de que el sector privado pueda desarrollar actividades complementarias.

2. Ampliar las informaciones estadísticas que permita tener una información más completa para tomar decisiones más ajustadas a la realidad respecto a:

2.1. Población potencialmente dependiente.

2.2. Diferenciar estadísticamente los datos de Prevención de la Dependencia, de los datos de Promoción de la Autonomía Personal.

2.3. Diferenciar las prestaciones y servicios que se prestan por bloques de edad: menores de 18 años, entre 18 y 65 años y mayores de 65 años, así como los grados de dependencia que tienen en cada bloque de edad.

2.4. Aportar información sobre el número de horas que a través del servicio de ayuda a domicilio se están prestando, para conocer si la intensidad es la adecuada.

2.5. Facilitar información de los servicios que se están adquiriendo y financiando con la prestación económica vinculada y el número de cada uno de estos servicios.

2.6. Aportaciones de las personas usuarias a la financiación del Sistema del coste de los servicios.

3. Priorizar los servicios sobre las prestaciones económicas vinculadas a los mismos y potenciar la red de centros y servicios, ampliando la oferta de servicios y la cobertura en la atención que generan empleo estable e incrementando las intensidades que garantizan atenciones de calidad.

4. Financiar adecuadamente la PE Vinculada al Servicio, de manera que el usuario no tenga que soportar un copago añadido asumiendo la diferencia entre la cuantía percibida y el coste real de los servicios adquiridos mediante la prestación vinculada al servicio.

5. Promover, pactando con el sector privado, mecanismos de control de precios y regulación del mercado para asegurar que el acceso de las personas en situación de dependencia con PEVS no se vea limitado o imposibilitado por tener que asumir precios por encima de sus posibilidades económicas y se articule un sistema de inspección y control público adecuado, respecto a la calidad de los servicios que se ofrecen y prestan.

6. Adoptar las medidas necesarias para homogeneizar en todas las provincias el servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia de manera que el acceso, coste y condiciones para las personas usuarias sea similar en todo el territorio de la Comunidad.

7. Proceder a incrementar la intensidad, la flexibilidad y la compatibilidad de los servicios.

8. Incrementar la formación de los y las profesionales de todo el sector de relacionado con la dependencia.

9. Promover la creación de una Comisión de Seguimiento y Control del servicio de Ayuda a Domicilio prestado por las empresas adjudicatarias, compuesta por representantes de todas las partes afectadas, Administración autonómica, EE. LL. y empresas, con objeto de mejorar el servicio de Ayuda a Domicilio, garantizar el cumplimiento de los pliegos de condiciones, evitar los desequilibrios territoriales, estabilizar el empleo generado y terminar con la precariedad laboral del sector.

10. Acometer la regulación profesional del Asistente Personal, las cuantías de la prestación económica de asistencia personal de forma específica y la compatibilidad de asistencia personal con otras prestaciones económicas y servicios que puedan necesitar las personas en situación de dependencia.

11. Reforzar los servicios profesionales públicos en aquellas zonas rurales, que, por sus características, no se encuentran suficientemente dotadas, asegurando así niveles de cobertura homogénea y equilibrada en todas las provincias de la Comunidad.

12. Incrementar el número de plazas en los servicios públicos de Atención Residencial y Centros de Día/Noche que nos acerquen a la media nacional y pueda completar en la Comunidad la red de recursos residenciales, superando progresivamente la insuficiencia de plazas públicas y concertadas que permita equilibrar las plazas públicas ofertadas a la demanda real existente, garantizando el acceso rápido a la atención concedida y el carácter excepcional de las prestaciones económicas.

13. Incluir un Anexo en los Presupuestos Generales de la Comunidad especificando las partidas destinadas a la atención a la dependencia.

14. Unificar los criterios para la aplicación del BVD (Baremo de Valoración de Dependencia) en todo el territorio de la Comunidad Autónoma para evitar desequilibrios.

15. El plazo máximo de resolución de reconocimiento de la situación de dependencia se dictará en el plazo máximo de tres meses antes de que finalice el presente año.

16. Incrementar los equipos para la Promoción de la Autonomía Personal (EPAP) para dar respuesta a las problemáticas sociales que tienen las personas con discapacidad y dependientes y sus familiares.

17. Potenciar la coordinación sociosanitaria para garantizar la prestación integrada de los servicios a las personas dependientes

18. Revisar la normativa correspondiente al cálculo de la capacidad económica de las personas dependientes de manera que se ajusten a la realidad económica de las personas dependientes y los copagos que se deriven sean también más ajustados y adecuados a esa realidad.

Valladolid, 4 de junio de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000175-01

CVE="BOCCL-09-027613"



Sede de las Cortes de Castilla y León