PE/008572-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008572-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de la Resolución aprobada en la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León el día 12 de febrero de 2016, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 393, de 27 de marzo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./008572, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista relativa al cumplimiento de la Resolución relativa al mantenimiento de la planta de bioetanol de Babilafuente.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se indica que por la información que nos han facilitado tras la venta a Trilantic Europe, la fábrica de bioetanol de Babilafuente funciona con total normalidad.

De hecho, los índices de productividad de la fábrica de primera generación, utilización de materias primas1, número de empleados actuales, materialización de distribución y venta de la producción obtenida, previsiones a corto y medio plazo, etc., se encuentran en valores iguales o mejores a los que se consiguieron con el anterior propietario (Grupo Abengoa). También es totalmente correcto el funcionamiento de la segunda instalación diseñada para la producción de CO2 purificado y licuado, obtenido a partir del CO2 bruto resultante del proceso de fermentación alcohólica al que se someten los granos en la fábrica de primera generación, y cuyo propietario no ha cambiado en ningún momento (sigue siendo el Grupo Abelló Linde). Cuantitativamente, estas dos primeras instalaciones suponen más del 80% de actividad económica y empleo del conjunto, por lo que se puede considerar que tanto la situación actual, como el cumplimiento del objetivo de la resolución en los términos de actividad y empleo, es razonablemente satisfactoria, especialmente si consideramos la situación pasada de parada de la fábrica durante más de un año. Así, no parecen necesarias intervenciones públicas significativas distintas a las de vigilancia periódica sobre estas dos partes del complejo.

Por otra parte sobre la tercera instalación, una pequeña fábrica piloto de segunda generación2 para producir bioetanol a partir de residuos lignocelulósicos (paja de cereal y otros) que no está productiva, la empresa está analizando, entre otras posibilidades, las modificaciones oportunas que permitieran desarrollar tecnología que mejoraran el proceso industrial de las fábricas de primera generación. Estos análisis son muy relevantes, no tanto por la mejora cuantitativa en empleo o actividad en este complejo industrial estrictamente asociados a la tercera instalación, sino por la mejora en productividad de las fábricas de primera generación, más allá de Babilafuente.

Valladolid, 18 de abril de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.

1 Principalmente maíz, puesto que aunque su precio es superior al de la cebada y el trigo, también es mucho mayor su productividad en esta fábrica.

2 Y por tanto de carácter experimental y demostrativo.


PE/008572-2

CVE="BOCCL-09-027728"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 58057
BOCCL nº 429/9 del 14/6/2018
CVE: BOCCL-09-027728

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008572-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, relativa a actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de la Resolución aprobada en la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León el día 12 de febrero de 2016, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 393, de 27 de marzo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./008572, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista relativa al cumplimiento de la Resolución relativa al mantenimiento de la planta de bioetanol de Babilafuente.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se indica que por la información que nos han facilitado tras la venta a Trilantic Europe, la fábrica de bioetanol de Babilafuente funciona con total normalidad.

De hecho, los índices de productividad de la fábrica de primera generación, utilización de materias primas1, número de empleados actuales, materialización de distribución y venta de la producción obtenida, previsiones a corto y medio plazo, etc., se encuentran en valores iguales o mejores a los que se consiguieron con el anterior propietario (Grupo Abengoa). También es totalmente correcto el funcionamiento de la segunda instalación diseñada para la producción de CO2 purificado y licuado, obtenido a partir del CO2 bruto resultante del proceso de fermentación alcohólica al que se someten los granos en la fábrica de primera generación, y cuyo propietario no ha cambiado en ningún momento (sigue siendo el Grupo Abelló Linde). Cuantitativamente, estas dos primeras instalaciones suponen más del 80% de actividad económica y empleo del conjunto, por lo que se puede considerar que tanto la situación actual, como el cumplimiento del objetivo de la resolución en los términos de actividad y empleo, es razonablemente satisfactoria, especialmente si consideramos la situación pasada de parada de la fábrica durante más de un año. Así, no parecen necesarias intervenciones públicas significativas distintas a las de vigilancia periódica sobre estas dos partes del complejo.

Por otra parte sobre la tercera instalación, una pequeña fábrica piloto de segunda generación2 para producir bioetanol a partir de residuos lignocelulósicos (paja de cereal y otros) que no está productiva, la empresa está analizando, entre otras posibilidades, las modificaciones oportunas que permitieran desarrollar tecnología que mejoraran el proceso industrial de las fábricas de primera generación. Estos análisis son muy relevantes, no tanto por la mejora cuantitativa en empleo o actividad en este complejo industrial estrictamente asociados a la tercera instalación, sino por la mejora en productividad de las fábricas de primera generación, más allá de Babilafuente.

Valladolid, 18 de abril de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.

1 Principalmente maíz, puesto que aunque su precio es superior al de la cebada y el trigo, también es mucho mayor su productividad en esta fábrica.

2 Y por tanto de carácter experimental y demostrativo.


PE/008572-2

CVE="BOCCL-09-027728"



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