PE/008780-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008780-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D. José Javier Izquierdo Roncero y D. Fernando Pablos Romo, relativa a desarrollo de contenidos curriculares en educación infantil, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0908780, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al desarrollo de contenidos curriculares en Educación Infantil.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0908780 se manifiesta lo siguiente:

Los currículos de la Comunidad de Castilla y León, establecidos para las diferentes etapas educativas, tanto obligatorias como no obligatorias, abordan el fomento de la igualdad real y efectiva de derechos y oportunidades de hombres y mujeres, la educación afectivo-sexual que incentive la superación de los estereotipos de género, así como la prevención del acoso y discriminación y de la violencia de género en sus diferentes áreas y materias tanto como contenidos propios de las mismas como transversalmente. Dentro de la regulación y límites establecidos por las Administraciones educativas, los centros podrán complementar los bloques con contenidos relacionados con los temas a los que se hace referencia en la pregunta. (Más adelante, se señalan, en cada una de las etapas educativas, los elementos curriculares más representativos de dichos temas).

En cumplimiento de lo anterior, en desarrollo de las diferentes áreas y materias, los centros docentes de Castilla y León realizan numerosas actividades vinculadas a la sensibilización y formación en materia de género e igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Asimismo, la Administraclón educativa, además de velar por la promoción y el cumplimiento del principio básico de no discriminación por razones de género o de cualquier otro tipo, desarrolla diferentes actuaciones para garantizar la sensibilización y el impulso necesario a la igualdad de género, en general, y, específicamente, para reforzar la lucha contra la violencia de género. En ese marco, el Plan de convivencia escolar impulsado desde la Consejería de Educación considera que la educación en igualdad es decisiva para la mejora de la convivencia y la intervención en los conflictos de ella derivados y, especialmente, para evitar los estereotipos de género y lograr la igualdad real entre hombres y mujeres.

Por ello, tanto las actuaciones impulsadas desde dicho Plan, como el programa Violencia Tolerancia Cero implementado durante el periodo comprendido entre los cursos 2008-2009 y el 2016-2017, como las desarrolladas directamente por los centros docentes, especialmente las específicamente dedicadas a la mejora de la convivencia e incorporadas en sus planes de convivencia, se llevan a cabo tomando en consideración la necesidad de promover la igualdad real entre hombres y mujeres. En este sentido, cerca del 12 % de la actividades de mejora de la convivencia realizadas por los centros el pasado curso escolar 2016-2017, se dedicaron específicamente a trabajar aspectos relacionados con la igualdad de género y la violencia contra las mujeres.

NORMATIVA REGULADORA DE LOS CURRÍCULOS DE LAS ETAPAS EDUCATIVAS

PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL (DECRETO 12/2008, DE 14 DE FEBRERO)

El artículo 5 del Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo, especifica las áreas en las que se organizan los contenidos, y en el apartado 5 establece “Asimismo se potenciará la educación en valores, con especial referencia a la educación en la convivencia y en la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos escolar, familiar y social.”

SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL (DECRETO 122/2007, DE 27 DE DICIEMBRE)

En el artículo 4 del Decreto 122/2007, de 27 de diciembre, por el que se establece el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León, se determinan los objetivos que contribuirán a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan, entre otros:

“a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.

b) Construir una imagen positiva y ajustada de sí mismo y desarrollar sus capacidades afectivas.

e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, con especial atención a la igualdad entre niñas y niños, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.”

El artículo 5 especifica las áreas en las que se organiza el currículo, y en el apartado 4 establece “(...) y se potenciará la educación en valores, con especial referencia a la educación en la convivencia y en la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos escolar, familiar y social.”

En los Principios metodológicos generales se especifica “(...) El establecimiento de unas relaciones de confianza entre el maestro y el grupo de alumnos, junto con una educación en valores que potencie la convivencia y la igualdad entre niñas y niños en estas primeras edades, es decisivo.”

EDUCACIÓN PRIMARIA. (DECRETO 26/2016, DE 21 DE JULIO)

En el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, se determinan los objetivos de la etapa. Estos objetivos, contribuirán a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan, entre otros:

“d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad”

Por otro lado el artículo 10, al definir los elementos transversales, incluye como referencias al respecto:

“3. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.

(....)

Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.”

El Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, además de recoger lo que al respecto determina el RD del currículo básico de educación primaria, se refiere a la igualdad entre los hombres y

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO EN CASTILLA Y LEÓN (ORDEN EDU/362/2015, DE 4 DE MAYO Y ORDEN EDU/363/2015, DE 4 DE MAYO)

En el articulado de las Órdenes EDU/362/2015 y EDU/363/20156, ambas de 4 de mayo, por las que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el Bachillerato, se establecen diferentes aspectos relacionados con la educación afectivo-sexual y prevención de la violencia de género.

En cuanto a los objetivos de etapa de ESO, se establecen los siguientes:

– Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

– Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

– Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

– Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad [...].

Como Objetivo de la etapa de bachillerato, se establece el siguiente:

– Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

Por tanto, los contenidos de las diferentes materias de ambas etapas incluyen y desarrollan aspectos vinculados a dichos objetivos. Además, sin perjuicio del tratamiento específico en las diferentes materias los centros, en el marco de su autonomía pedagógica, desarrollan como elementos transversales bien a través de diversas actividades o bien a través del propio currículo:

– La igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación.

– La eliminación de comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.

– Los riesgos de explotación y abuso sexual.

Valladolid, 15 de mayo de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/008780-2

CVE="BOCCL-09-027790"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 58225
BOCCL nº 429/9 del 14/6/2018
CVE: BOCCL-09-027790

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008780-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D. José Javier Izquierdo Roncero y D. Fernando Pablos Romo, relativa a desarrollo de contenidos curriculares en educación infantil, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0908780, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D. José Francisco Martín Martínez y D. José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al desarrollo de contenidos curriculares en Educación Infantil.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0908780 se manifiesta lo siguiente:

Los currículos de la Comunidad de Castilla y León, establecidos para las diferentes etapas educativas, tanto obligatorias como no obligatorias, abordan el fomento de la igualdad real y efectiva de derechos y oportunidades de hombres y mujeres, la educación afectivo-sexual que incentive la superación de los estereotipos de género, así como la prevención del acoso y discriminación y de la violencia de género en sus diferentes áreas y materias tanto como contenidos propios de las mismas como transversalmente. Dentro de la regulación y límites establecidos por las Administraciones educativas, los centros podrán complementar los bloques con contenidos relacionados con los temas a los que se hace referencia en la pregunta. (Más adelante, se señalan, en cada una de las etapas educativas, los elementos curriculares más representativos de dichos temas).

En cumplimiento de lo anterior, en desarrollo de las diferentes áreas y materias, los centros docentes de Castilla y León realizan numerosas actividades vinculadas a la sensibilización y formación en materia de género e igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Asimismo, la Administraclón educativa, además de velar por la promoción y el cumplimiento del principio básico de no discriminación por razones de género o de cualquier otro tipo, desarrolla diferentes actuaciones para garantizar la sensibilización y el impulso necesario a la igualdad de género, en general, y, específicamente, para reforzar la lucha contra la violencia de género. En ese marco, el Plan de convivencia escolar impulsado desde la Consejería de Educación considera que la educación en igualdad es decisiva para la mejora de la convivencia y la intervención en los conflictos de ella derivados y, especialmente, para evitar los estereotipos de género y lograr la igualdad real entre hombres y mujeres.

Por ello, tanto las actuaciones impulsadas desde dicho Plan, como el programa Violencia Tolerancia Cero implementado durante el periodo comprendido entre los cursos 2008-2009 y el 2016-2017, como las desarrolladas directamente por los centros docentes, especialmente las específicamente dedicadas a la mejora de la convivencia e incorporadas en sus planes de convivencia, se llevan a cabo tomando en consideración la necesidad de promover la igualdad real entre hombres y mujeres. En este sentido, cerca del 12 % de la actividades de mejora de la convivencia realizadas por los centros el pasado curso escolar 2016-2017, se dedicaron específicamente a trabajar aspectos relacionados con la igualdad de género y la violencia contra las mujeres.

NORMATIVA REGULADORA DE LOS CURRÍCULOS DE LAS ETAPAS EDUCATIVAS

PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL (DECRETO 12/2008, DE 14 DE FEBRERO)

El artículo 5 del Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo, especifica las áreas en las que se organizan los contenidos, y en el apartado 5 establece “Asimismo se potenciará la educación en valores, con especial referencia a la educación en la convivencia y en la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos escolar, familiar y social.”

SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL (DECRETO 122/2007, DE 27 DE DICIEMBRE)

En el artículo 4 del Decreto 122/2007, de 27 de diciembre, por el que se establece el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León, se determinan los objetivos que contribuirán a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan, entre otros:

“a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.

b) Construir una imagen positiva y ajustada de sí mismo y desarrollar sus capacidades afectivas.

e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, con especial atención a la igualdad entre niñas y niños, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.”

El artículo 5 especifica las áreas en las que se organiza el currículo, y en el apartado 4 establece “(...) y se potenciará la educación en valores, con especial referencia a la educación en la convivencia y en la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos escolar, familiar y social.”

En los Principios metodológicos generales se especifica “(...) El establecimiento de unas relaciones de confianza entre el maestro y el grupo de alumnos, junto con una educación en valores que potencie la convivencia y la igualdad entre niñas y niños en estas primeras edades, es decisivo.”

EDUCACIÓN PRIMARIA. (DECRETO 26/2016, DE 21 DE JULIO)

En el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, se determinan los objetivos de la etapa. Estos objetivos, contribuirán a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan, entre otros:

“d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad”

Por otro lado el artículo 10, al definir los elementos transversales, incluye como referencias al respecto:

“3. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.

(....)

Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.”

El Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, además de recoger lo que al respecto determina el RD del currículo básico de educación primaria, se refiere a la igualdad entre los hombres y

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO EN CASTILLA Y LEÓN (ORDEN EDU/362/2015, DE 4 DE MAYO Y ORDEN EDU/363/2015, DE 4 DE MAYO)

En el articulado de las Órdenes EDU/362/2015 y EDU/363/20156, ambas de 4 de mayo, por las que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el Bachillerato, se establecen diferentes aspectos relacionados con la educación afectivo-sexual y prevención de la violencia de género.

En cuanto a los objetivos de etapa de ESO, se establecen los siguientes:

– Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

– Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

– Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

– Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad [...].

Como Objetivo de la etapa de bachillerato, se establece el siguiente:

– Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

Por tanto, los contenidos de las diferentes materias de ambas etapas incluyen y desarrollan aspectos vinculados a dichos objetivos. Además, sin perjuicio del tratamiento específico en las diferentes materias los centros, en el marco de su autonomía pedagógica, desarrollan como elementos transversales bien a través de diversas actividades o bien a través del propio currículo:

– La igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación.

– La eliminación de comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.

– Los riesgos de explotación y abuso sexual.

Valladolid, 15 de mayo de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/008780-2

CVE="BOCCL-09-027790"



Sede de las Cortes de Castilla y León