PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0908801, formulada por D. Manuel Mitadiel Martínez, Procurador del Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a los nombramientos de Jefe de Servicio y de Jefe de Sección en el Hospital El Bierzo.
En la actualidad, en el Hospital El Bierzo 34 personas desempeñan funciones de Jefe de Servicio o Jefe de Unidad Asistencial en virtud de nombramiento provisional.
El amparo jurídico de estos nombramientos se encuentra en el Decreto 73/2009, de 8 de octubre, por el que se regula el procedimiento de provisión y remoción de los puestos de trabajo de libre designación en los Centros e Instituciones Sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, y en las Instrucciones de 5 de enero de 2010, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud para la aplicación de dicho Decreto, que en su apartado 3.8 prevén lo siguiente: “Cuando quede vacante alguno de los puestos de libre designación a que hace referencia el presente apartado, siendo inaplazable y urgente su cobertura con carácter inmediato en función de razones organizativas y/o asistenciales, dichos puestos se podrán proveer con carácter temporal mediante nombramiento provisional. El nombramiento provisional será competencia del Gerente de Salud de Área correspondiente por razón del puesto de libre designación, a propuesta del Gerente de Atención Primaria o de Atención Especializada correspondiente, a favor del personal que éste considere más idóneo si éste tiene su destino anterior en la misma Área; será competencia del Gerente Regional de Salud si dicho personal tiene su destino anterior en distinta Área o procede de otro Servicio de Salud”.
Estos nombramientos se caracterizan por su temporalidad, de manera que su duración queda supeditada a la cobertura reglamentaria del puesto mediante el procedimiento señalado en el Decreto 73/2009 antes reférido, o a la posible revocación por esta Gerencia Regional de Salud.
En tanto el así nombrado permanezca en esta situación, se le reconocerá el derecho a percibir las retribuciones inherentes al cargo.
La Gerencia Regional de Salud entiende este tipo de nombramientos como algo coyuntural, que responde a necesidades organizativas y asistenciales concretas, de manera que sólo da el visto bueno a la propuesta de nombramiento provisional formulada por cada Gerencia cuando se proponga de modo inmediato la convocatoria del citado puesto a través del procedimiento de libre designación, regulado en el citado Decreto 73/2009.
Valladolid, 17 de mayo de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/008801-2
CVE="BOCCL-09-027800"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007787, PE/007991, PE/008015, PE/008175, PE/008182, PE/008206 a PE/008213, PE/008229, PE/008243, PE/008257, PE/008264, PE/008318, PE/008340, PE/008362, PE/008396, PE/008399, PE/008400, PE/008419, PE/008420 a PE/008422, PE/008432, PE/008440, PE/008442, PE/008445, PE/008446, PE/008448 a PE/008450, PE/008470 a PE/008473, PE/008507 a PE/008551, PE/008557, PE/008561, PE/008562, PE/008564, PE/008565, PE/008572 a PE/008575, PE/008579, PE/008581, PE/008583 a PE/008586, PE/008628, PE/008629, PE/008631, PE/008634, PE/008635, PE/008637, PE/008652, PE/008658, PE/008659, PE/008664, PE/008676, PE/008679, PE/008680, PE/008683 a PE/008690, PE/008693 a PE/008696, PE/008698, PE/008699, PE/008701, PE/008704, PE/008705, PE/008711 a PE/008713, PE/008722, PE/008723, PE/008726 a PE/008728, PE/008730, PE/008733, PE/008734, PE/008741 a PE/008746, PE/008763 a PE/008766, PE/008778, PE/008780, PE/008781, PE/008785, PE/008787, PE/008788, PE/008792, PE/008794, PE/008795, PE/008799, PE/008800, PE/008801, PE/008807 a PE/008810, PE/008813, PE/008815, PE/008816, PE/008818, PE/008819, PE/008822, PE/008828, PE/008833 a PE/008835, PE/008839, PE/008844 a PE/008851, PE/008861, PE/008864, PE/008865, PE/008875, PE/008876, PE/008880 a PE/008885, PE/008903, PE/008904, PE/008906, PE/008908, PE/008913 a PE/008915, PE/008917 y PE/008970, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de mayo de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0908801, formulada por D. Manuel Mitadiel Martínez, Procurador del Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, relativa a los nombramientos de Jefe de Servicio y de Jefe de Sección en el Hospital El Bierzo.
En la actualidad, en el Hospital El Bierzo 34 personas desempeñan funciones de Jefe de Servicio o Jefe de Unidad Asistencial en virtud de nombramiento provisional.
El amparo jurídico de estos nombramientos se encuentra en el Decreto 73/2009, de 8 de octubre, por el que se regula el procedimiento de provisión y remoción de los puestos de trabajo de libre designación en los Centros e Instituciones Sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, y en las Instrucciones de 5 de enero de 2010, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud para la aplicación de dicho Decreto, que en su apartado 3.8 prevén lo siguiente: “Cuando quede vacante alguno de los puestos de libre designación a que hace referencia el presente apartado, siendo inaplazable y urgente su cobertura con carácter inmediato en función de razones organizativas y/o asistenciales, dichos puestos se podrán proveer con carácter temporal mediante nombramiento provisional. El nombramiento provisional será competencia del Gerente de Salud de Área correspondiente por razón del puesto de libre designación, a propuesta del Gerente de Atención Primaria o de Atención Especializada correspondiente, a favor del personal que éste considere más idóneo si éste tiene su destino anterior en la misma Área; será competencia del Gerente Regional de Salud si dicho personal tiene su destino anterior en distinta Área o procede de otro Servicio de Salud”.
Estos nombramientos se caracterizan por su temporalidad, de manera que su duración queda supeditada a la cobertura reglamentaria del puesto mediante el procedimiento señalado en el Decreto 73/2009 antes reférido, o a la posible revocación por esta Gerencia Regional de Salud.
En tanto el así nombrado permanezca en esta situación, se le reconocerá el derecho a percibir las retribuciones inherentes al cargo.
La Gerencia Regional de Salud entiende este tipo de nombramientos como algo coyuntural, que responde a necesidades organizativas y asistenciales concretas, de manera que sólo da el visto bueno a la propuesta de nombramiento provisional formulada por cada Gerencia cuando se proponga de modo inmediato la convocatoria del citado puesto a través del procedimiento de libre designación, regulado en el citado Decreto 73/2009.
Valladolid, 17 de mayo de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/008801-2
CVE="BOCCL-09-027800"