PE/009395-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009395-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a Protocolo General de Colaboración entre las Comunidades de Castilla y León y Galicia para la promoción del idioma gallego en El Bierzo y Sanabria y obligaciones que asume nuestra Comunidad y coste económico desde su firma.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de junio de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009388 a PE/009538.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de junio de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES

El artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León prescribe la protección del leonés y dispone que ha de regularse su protección, promoción y uso.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, dispone en el apartado 6 de su Disposición adicional trigésima octava relativa a la lengua castellana, lenguas cooficiales y lenguas que gocen de protección legal, se determina que: “Aquellas Comunidades Autónomas en las que existan lenguas no oficiales que gocen de protección legal las ofertarán, en su caso, en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en los términos que determine su normativa reguladora”.

El artículo 7.1 f) Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa suscrita por España en 2001 (BOE número 222, de 15 de setiembre de 2001), establece dentro de los objetivos y principios mínimos que deben seguirse para la protección de las lenguas minoritarias o regionales de España (como la leonesa, que se encuentra expresamente amparada por dicho tratado internacional), la provisión de formas y medios adecuados para la enseñanza y el estudio de las lenguas regionales o minoritarias en todos los niveles apropiados.

El 24 de octubre de 2012 el Comité de Ministros del Consejo de Europa encargado de evaluar el cumplimiento de este tratado internacional en nuestro país aprobó las recomendaciones para España contenidas en el Tercer Informe sobre el cumplimiento de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, expresó su preocupación sobre la situación del leonés ya que dijo que las “autoridades autonómicas no han adoptado hasta la fecha las normas para la protección y promoción del leonés previstas por el Estatuto de Autonomía, ni desarrolla medidas prácticas para proteger lengua”, e indicó también, entre otras cuestiones, que “el leonés no se enseña en la escuela. El Comité de Expertos anima a las autoridades a tomar medidas para ofrecer el leonés como una parte integral del plan de estudios, al menos como una asignatura y con carácter preferente en aquellas zonas donde se habla”. En informe 20 de enero de 2016 dicho Comité de Expertos reiteró la petición de que el leonés sea incorporado como asignatura, al menos en las zonas se habla, en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma.

El 18 de julio de 2001 se llevó a cabo, en Villafranca del Bierzo, la firma del Acuerdo de Cooperación entre la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia y la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León para la promoción del idioma gallego en los territorios limítrofes de las Comunidades Autónomas (El Bierzo y Sanabria).

Posteriormente, el 30 de agosto de 2006, tuvo lugar en Ponferrada la firma del Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia y la Comunidad de Castilla y León para la promoción de la lengua gallega en los territorios occidentales de las provincias de León y Zamora (El Bierzo y Sanabria) en los que esta lengua se habla, mediante la enseñanza de y en lengua gallega en los centros de enseñanza no universitaria de estas zonas.

Teniendo en cuenta que, de conformidad con el artículo 5.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, a través de diferentes normas de rango reglamentario de la Consejería de Educación se ha implantado en el sistema educativo público de la comunidad la asignatura optativa/voluntaria “Lengua y Cultura Gallega” y se ha aprobado su inclusión en los currículos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, presentamos las siguientes:

PREGUNTAS

1.- ¿El Protocolo General de Colaboración para la promoción del idioma gallego en el Bierzo y Sanabria suscrito entre las Comunidad Autónomas de Castilla y León y de Galicia, es público?

2.- ¿Qué obligaciones asume Castilla y León en virtud de dicho protocolo, y cuál ha sido el coste económico de su aplicación para Castilla y León desde su firma hasta el presente?

Valladolid, 22 de Mayo de 2018


PE/009395-01

CVE="BOCCL-09-028049"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 58717-58720
BOCCL nº 435/9 del 22/6/2018
CVE: BOCCL-09-028049

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009395-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a Protocolo General de Colaboración entre las Comunidades de Castilla y León y Galicia para la promoción del idioma gallego en El Bierzo y Sanabria y obligaciones que asume nuestra Comunidad y coste económico desde su firma.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de junio de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009388 a PE/009538.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de junio de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES

El artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León prescribe la protección del leonés y dispone que ha de regularse su protección, promoción y uso.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, dispone en el apartado 6 de su Disposición adicional trigésima octava relativa a la lengua castellana, lenguas cooficiales y lenguas que gocen de protección legal, se determina que: “Aquellas Comunidades Autónomas en las que existan lenguas no oficiales que gocen de protección legal las ofertarán, en su caso, en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en los términos que determine su normativa reguladora”.

El artículo 7.1 f) Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa suscrita por España en 2001 (BOE número 222, de 15 de setiembre de 2001), establece dentro de los objetivos y principios mínimos que deben seguirse para la protección de las lenguas minoritarias o regionales de España (como la leonesa, que se encuentra expresamente amparada por dicho tratado internacional), la provisión de formas y medios adecuados para la enseñanza y el estudio de las lenguas regionales o minoritarias en todos los niveles apropiados.

El 24 de octubre de 2012 el Comité de Ministros del Consejo de Europa encargado de evaluar el cumplimiento de este tratado internacional en nuestro país aprobó las recomendaciones para España contenidas en el Tercer Informe sobre el cumplimiento de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, expresó su preocupación sobre la situación del leonés ya que dijo que las “autoridades autonómicas no han adoptado hasta la fecha las normas para la protección y promoción del leonés previstas por el Estatuto de Autonomía, ni desarrolla medidas prácticas para proteger lengua”, e indicó también, entre otras cuestiones, que “el leonés no se enseña en la escuela. El Comité de Expertos anima a las autoridades a tomar medidas para ofrecer el leonés como una parte integral del plan de estudios, al menos como una asignatura y con carácter preferente en aquellas zonas donde se habla”. En informe 20 de enero de 2016 dicho Comité de Expertos reiteró la petición de que el leonés sea incorporado como asignatura, al menos en las zonas se habla, en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma.

El 18 de julio de 2001 se llevó a cabo, en Villafranca del Bierzo, la firma del Acuerdo de Cooperación entre la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia y la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León para la promoción del idioma gallego en los territorios limítrofes de las Comunidades Autónomas (El Bierzo y Sanabria).

Posteriormente, el 30 de agosto de 2006, tuvo lugar en Ponferrada la firma del Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia y la Comunidad de Castilla y León para la promoción de la lengua gallega en los territorios occidentales de las provincias de León y Zamora (El Bierzo y Sanabria) en los que esta lengua se habla, mediante la enseñanza de y en lengua gallega en los centros de enseñanza no universitaria de estas zonas.

Teniendo en cuenta que, de conformidad con el artículo 5.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, a través de diferentes normas de rango reglamentario de la Consejería de Educación se ha implantado en el sistema educativo público de la comunidad la asignatura optativa/voluntaria “Lengua y Cultura Gallega” y se ha aprobado su inclusión en los currículos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, presentamos las siguientes:

PREGUNTAS

1.- ¿El Protocolo General de Colaboración para la promoción del idioma gallego en el Bierzo y Sanabria suscrito entre las Comunidad Autónomas de Castilla y León y de Galicia, es público?

2.- ¿Qué obligaciones asume Castilla y León en virtud de dicho protocolo, y cuál ha sido el coste económico de su aplicación para Castilla y León desde su firma hasta el presente?

Valladolid, 22 de Mayo de 2018


PE/009395-01

CVE="BOCCL-09-028049"



Sede de las Cortes de Castilla y León