PE/008866-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008866-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a medidas de la Junta para luchar contra el fraude fiscal y la economía sumergida desde 2015, especificando la cantidad presupuestaria destinada, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007623, PE/007918, PE/008129, PE/008168, PE/008180, PE/008197, PE/008288, PE/008347 a PE/008351, PE/008366, PE/008386, PE/008387, PE/008425, PE/008427, PE/008430, PE/008435, PE/008437, PE/008501 a PE/008506, PE/008563, PE/008580, PE/008591, PE/008592, PE/008604, PE/008605, PE/008632, PE/008633, PE/008636, PE/008648, PE/008660, PE/008692, PE/008697, PE/008718, PE/008724, PE/008729, PE/008732, PE/008736, PE/008761, PE/008762, PE/008784, PE/008793, PE/008803, PE/008811, PE/008817, PE/008821, PE/008838, PE/008853, PE/008856, PE/008857, PE/008862, PE/008866, PE/008870, PE/008871, PE/008873, PE/008874, PE/008878, PE/008887, PE/008907, PE/008911, PE/008956, PE/008957, PE/008962, PE/008967 a PE/008969, PE/008971, PE/008986 y PE/008993 a PE/009027, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./008866, formulada por la Procuradora D.ª Natalia del Barrio Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida desde 2015.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se informa que en el perímetro de la economía sumergida las competencias de esta Consejería se circunscribe a la lucha contra el fraude fiscal.

Las conductas de los obligados tributarios tendentes a vulnerar preceptos tributarios suponen un grave perjuicio económico a la Hacienda Pública. El fraude fiscal introduce un elemento de inequidad en el sistema tributario, pues merma los ingresos públicos, lo que condiciona el nivel de calidad de los servicios públicos y las prestaciones sociales; incrementa la presión fiscal que soportan los contribuyentes cumplidores; y distorsiona la actividad de los distintos agentes económicos.

En este sentido, la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, tipifica en su artículo 305 los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

Frente al fraude fiscal los poderes públicos realizan una doble labor: preventiva, desarrollando políticas que favorezcan el cumplimiento voluntario y correcto de las obligaciones tributarias, y de persecución, dirigidas a la detección y regularización de los incumplimientos tributarios detectados.

En la labor de prevención y lucha contra el fraude fiscal adquieren una importancia capital los procedimientos y actuaciones de aplicación de los tributos, fundamentalmente los de inspección tributaria. No obstante, en el desarrollo de los mismos, hay que tener en cuenta las competencias tributarias que atribuye la normativa a cada una de las administraciones tributarias.

En este sentido, el artículo 58 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, regula el alcance de la delegación de competencias en relación con la inspección tributaria.

Actualmente corresponde a la Comunidad de Castilla y León el desarrollo de las funciones de inspección tributaria previstas en el artículo 141 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, respecto de los siguientes impuestos cedidos por el Estado:

Impuesto sobre el Patrimonio.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Tributos sobre el Juego.

En relación con el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, es la Agencia Tributaria quien ejerce las competencias de inspección tributaria. Estas funciones serán asumidas por la Comunidad en el momento en el que se produzca la cesión efectiva de ambos impuestos.

También corresponden a los órganos tributarios de la Comunidad el desarrollo de actuaciones y procedimientos tributarios en materia de impuestos propios.

La inspección del resto de los grandes impuestos, entre los que se encuentran el IRPF, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y los Impuestos Especiales, le corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Estado.

Son estos últimos impuestos los que generan el mayor volumen de recaudación tributaria; la recaudación obtenida por impuestos gestionados por las comunidades autónomas supone menos del 7 % del importe recaudado por la AEAT.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se han adoptado las siguientes medidas con el objeto prevenir el fraude fiscal en los tributos cedidos:

La Orden EYH/353/2016, de 26 de abril aprobó la Estrategia global de lucha contra el fraude fiscal y en materia de subvenciones, que determina las líneas estratégicas en el desarrollo de la lucha contra el fraude fiscal. La Estrategia es complementada y desarrollada a través de los planes específicos de control anuales.

Con periodicidad anual se diseña por la Consejería un Plan de control tributario anual y se publican sus directrices generales en el Boletín Oficial de la Comunidad.

Las últimas Directrices publicadas se encuentran en la Resolución de 16 de abril de 2018, de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica.

En cuanto a los gastos presupuestados para la lucha contra el fraude fiscal, no existe un programa presupuestario específico dedicado a esta lucha, sino que los recursos financieros de los que se dispone para esta función se integran en el conjunto del programa presupuestario 932A. Gestión del sistema tributario de forma indiferenciada con el resto de competencias de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica.

Valladolid, 15 de mayo de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/008866-2

CVE="BOCCL-09-028873"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 60181
BOCCL nº 450/9 del 25/7/2018
CVE: BOCCL-09-028873

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008866-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a medidas de la Junta para luchar contra el fraude fiscal y la economía sumergida desde 2015, especificando la cantidad presupuestaria destinada, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007623, PE/007918, PE/008129, PE/008168, PE/008180, PE/008197, PE/008288, PE/008347 a PE/008351, PE/008366, PE/008386, PE/008387, PE/008425, PE/008427, PE/008430, PE/008435, PE/008437, PE/008501 a PE/008506, PE/008563, PE/008580, PE/008591, PE/008592, PE/008604, PE/008605, PE/008632, PE/008633, PE/008636, PE/008648, PE/008660, PE/008692, PE/008697, PE/008718, PE/008724, PE/008729, PE/008732, PE/008736, PE/008761, PE/008762, PE/008784, PE/008793, PE/008803, PE/008811, PE/008817, PE/008821, PE/008838, PE/008853, PE/008856, PE/008857, PE/008862, PE/008866, PE/008870, PE/008871, PE/008873, PE/008874, PE/008878, PE/008887, PE/008907, PE/008911, PE/008956, PE/008957, PE/008962, PE/008967 a PE/008969, PE/008971, PE/008986 y PE/008993 a PE/009027, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de mayo de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./008866, formulada por la Procuradora D.ª Natalia del Barrio Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida desde 2015.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se informa que en el perímetro de la economía sumergida las competencias de esta Consejería se circunscribe a la lucha contra el fraude fiscal.

Las conductas de los obligados tributarios tendentes a vulnerar preceptos tributarios suponen un grave perjuicio económico a la Hacienda Pública. El fraude fiscal introduce un elemento de inequidad en el sistema tributario, pues merma los ingresos públicos, lo que condiciona el nivel de calidad de los servicios públicos y las prestaciones sociales; incrementa la presión fiscal que soportan los contribuyentes cumplidores; y distorsiona la actividad de los distintos agentes económicos.

En este sentido, la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, tipifica en su artículo 305 los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

Frente al fraude fiscal los poderes públicos realizan una doble labor: preventiva, desarrollando políticas que favorezcan el cumplimiento voluntario y correcto de las obligaciones tributarias, y de persecución, dirigidas a la detección y regularización de los incumplimientos tributarios detectados.

En la labor de prevención y lucha contra el fraude fiscal adquieren una importancia capital los procedimientos y actuaciones de aplicación de los tributos, fundamentalmente los de inspección tributaria. No obstante, en el desarrollo de los mismos, hay que tener en cuenta las competencias tributarias que atribuye la normativa a cada una de las administraciones tributarias.

En este sentido, el artículo 58 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, regula el alcance de la delegación de competencias en relación con la inspección tributaria.

Actualmente corresponde a la Comunidad de Castilla y León el desarrollo de las funciones de inspección tributaria previstas en el artículo 141 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, respecto de los siguientes impuestos cedidos por el Estado:

Impuesto sobre el Patrimonio.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Tributos sobre el Juego.

En relación con el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, es la Agencia Tributaria quien ejerce las competencias de inspección tributaria. Estas funciones serán asumidas por la Comunidad en el momento en el que se produzca la cesión efectiva de ambos impuestos.

También corresponden a los órganos tributarios de la Comunidad el desarrollo de actuaciones y procedimientos tributarios en materia de impuestos propios.

La inspección del resto de los grandes impuestos, entre los que se encuentran el IRPF, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y los Impuestos Especiales, le corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Estado.

Son estos últimos impuestos los que generan el mayor volumen de recaudación tributaria; la recaudación obtenida por impuestos gestionados por las comunidades autónomas supone menos del 7 % del importe recaudado por la AEAT.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se han adoptado las siguientes medidas con el objeto prevenir el fraude fiscal en los tributos cedidos:

La Orden EYH/353/2016, de 26 de abril aprobó la Estrategia global de lucha contra el fraude fiscal y en materia de subvenciones, que determina las líneas estratégicas en el desarrollo de la lucha contra el fraude fiscal. La Estrategia es complementada y desarrollada a través de los planes específicos de control anuales.

Con periodicidad anual se diseña por la Consejería un Plan de control tributario anual y se publican sus directrices generales en el Boletín Oficial de la Comunidad.

Las últimas Directrices publicadas se encuentran en la Resolución de 16 de abril de 2018, de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica.

En cuanto a los gastos presupuestados para la lucha contra el fraude fiscal, no existe un programa presupuestario específico dedicado a esta lucha, sino que los recursos financieros de los que se dispone para esta función se integran en el conjunto del programa presupuestario 932A. Gestión del sistema tributario de forma indiferenciada con el resto de competencias de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica.

Valladolid, 15 de mayo de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/008866-2

CVE="BOCCL-09-028873"



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