PNL/002144-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002144-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, para instar a la Junta a que adopte las medidas que se solicitan relativas a la protección y fomento de la trashumancia, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley PNL/002144.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente proposición no de ley para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

La trashumancia es un tipo de pastoreo en continuo movimiento que permite adaptarse en el terreno a zonas de productividad cambiante. A diferencia del nomadismo, sí tiene asentamientos estacionales fijos y un núcleo principal fijo. Se estima que esta modalidad, junto con la de ganadería nómada, es practicada por unos 100-200 millones de personas en el mundo, y los terrenos explotados mediante la trashumancia alcanzan aproximadamente los 30 millones de km2, lo que representa el doble de la superficie dedicada a la agricultura.

La relevancia histórico-económica de la trashumancia se refleja en la Exposición de Motivos de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias: "Es indudable la importancia económica y social que durante siglos revistió la trashumancia, de cuya trascendencia es prueba elocuente el apoyo prestado por los monarcas a esta actividad desde la Baja Edad Media, creando, amparando o fortaleciendo a las nacientes agrupaciones pastoriles (juntas, ligallos, mestas), que con el tiempo se erigieron en poderosos gremios -su ejemplo más significativo es el Honrado Concejo de la Mesta-, a cuyo amparo los ganados aprovechaban pastizales complementarios merced a sus desplazamientos periódicos por cañadas reales y otras vías pecuarias, todo lo cual hizo posible en la Edad Moderna el desarrollo de un potente mercado lanero de resonancias internacionales".

Y continúa: "Sin embargo, desde comienzos de la Edad Contemporánea se advierte un declive rápido de la trashumancia -que se agudiza con la abolición de la Mesta (1836) y con la desamortización comunal (1855)-, y, consiguientemente, un menor uso de las vías pecuarias, cuya infraestructura soporta un intrusismo creciente. De ahí el paulatino abandono de la red viaria por las cabañas de largo recorrido y el correlativo empleo del transporte por ferrocarril y por carretera. Ello no obsta para que, si bien cada vez más relegada, subsista en nuestros días la trashumancia a pie, en coexistencia con otros desplazamientos viarios más cortos, ya entre provincias o comarcas colindantes (trasterminancia), ya entre pastos y rastrojeras de un mismo término municipal".

La ganadería tradicional trashumante se encuentra en una situación de abandono de la actividad y con escasas perspectivas de relevo generacional. Si bien es cierto que, con carácter general, la ganadería extensiva a nivel nacional ha descendido, el descenso en el sector ovino y caprino nacional ha sido de un 24 % en los últimos veinte años (1990-2010), y este descenso ha sido del 80 % para la cabaña trashumante de ovino y caprino (véase el Libro Blanco de la Trashumancia en España del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, 2011).

Esta actividad contribuye a conservar la tupida red de vías pecuarias que se extienden por el territorio de nuestra Comunidad, un bien público que merece protección por razones económicas y culturales. Asimismo, la ganadería extensiva trashumante provee numerosos servicios ambientales de incalculable valor, tales como la conservación de hábitats de interés comunitario, la prevención de incendios, la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero o la fertilización del suelo.

La práctica ganadera de la trashumancia fue declarada por el Gobierno de España "Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial", mediante la promulgación del Real Decreto 385/2017, de 8 de abril, por el que se declara la Trashumancia como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, salvaguardar, proteger y difundir el patrimonio cultural inmaterial en cumplimiento de los principios de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada por la UNESCO en 2003 y ratificada por España en 2005.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Adoptar en relación con la Trashumancia las medidas de protección del patrimonio inmaterial y etnológico previstas en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

2. Establecer una línea de subvenciones para el mantenimiento e impulso de la Trashumancia y el fomento de su tejido asociativo en Castilla y León, teniendo en cuenta, entre otros, criterios de sostenibilidad medioambiental.

3. Exhortar al Gobierno de España a defender ante la Comisión Europea y ante el resto de instituciones europeas la inclusión en la futura reforma de la PAC de una ayuda directa vinculada a los regímenes especiales de medio ambiente y clima y dirigida a la ganadería trashumante en coherencia con su consideración como patrimonio cultural inmaterial.

En Valladolid, a 5 de julio de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002144-01

CVE="BOCCL-09-028934"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 60369-60371
BOCCL nº 455/9 del 5/9/2018
CVE: BOCCL-09-028934

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002144-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, para instar a la Junta a que adopte las medidas que se solicitan relativas a la protección y fomento de la trashumancia, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley PNL/002144.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente proposición no de ley para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

La trashumancia es un tipo de pastoreo en continuo movimiento que permite adaptarse en el terreno a zonas de productividad cambiante. A diferencia del nomadismo, sí tiene asentamientos estacionales fijos y un núcleo principal fijo. Se estima que esta modalidad, junto con la de ganadería nómada, es practicada por unos 100-200 millones de personas en el mundo, y los terrenos explotados mediante la trashumancia alcanzan aproximadamente los 30 millones de km2, lo que representa el doble de la superficie dedicada a la agricultura.

La relevancia histórico-económica de la trashumancia se refleja en la Exposición de Motivos de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias: "Es indudable la importancia económica y social que durante siglos revistió la trashumancia, de cuya trascendencia es prueba elocuente el apoyo prestado por los monarcas a esta actividad desde la Baja Edad Media, creando, amparando o fortaleciendo a las nacientes agrupaciones pastoriles (juntas, ligallos, mestas), que con el tiempo se erigieron en poderosos gremios -su ejemplo más significativo es el Honrado Concejo de la Mesta-, a cuyo amparo los ganados aprovechaban pastizales complementarios merced a sus desplazamientos periódicos por cañadas reales y otras vías pecuarias, todo lo cual hizo posible en la Edad Moderna el desarrollo de un potente mercado lanero de resonancias internacionales".

Y continúa: "Sin embargo, desde comienzos de la Edad Contemporánea se advierte un declive rápido de la trashumancia -que se agudiza con la abolición de la Mesta (1836) y con la desamortización comunal (1855)-, y, consiguientemente, un menor uso de las vías pecuarias, cuya infraestructura soporta un intrusismo creciente. De ahí el paulatino abandono de la red viaria por las cabañas de largo recorrido y el correlativo empleo del transporte por ferrocarril y por carretera. Ello no obsta para que, si bien cada vez más relegada, subsista en nuestros días la trashumancia a pie, en coexistencia con otros desplazamientos viarios más cortos, ya entre provincias o comarcas colindantes (trasterminancia), ya entre pastos y rastrojeras de un mismo término municipal".

La ganadería tradicional trashumante se encuentra en una situación de abandono de la actividad y con escasas perspectivas de relevo generacional. Si bien es cierto que, con carácter general, la ganadería extensiva a nivel nacional ha descendido, el descenso en el sector ovino y caprino nacional ha sido de un 24 % en los últimos veinte años (1990-2010), y este descenso ha sido del 80 % para la cabaña trashumante de ovino y caprino (véase el Libro Blanco de la Trashumancia en España del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, 2011).

Esta actividad contribuye a conservar la tupida red de vías pecuarias que se extienden por el territorio de nuestra Comunidad, un bien público que merece protección por razones económicas y culturales. Asimismo, la ganadería extensiva trashumante provee numerosos servicios ambientales de incalculable valor, tales como la conservación de hábitats de interés comunitario, la prevención de incendios, la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero o la fertilización del suelo.

La práctica ganadera de la trashumancia fue declarada por el Gobierno de España "Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial", mediante la promulgación del Real Decreto 385/2017, de 8 de abril, por el que se declara la Trashumancia como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, salvaguardar, proteger y difundir el patrimonio cultural inmaterial en cumplimiento de los principios de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada por la UNESCO en 2003 y ratificada por España en 2005.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Adoptar en relación con la Trashumancia las medidas de protección del patrimonio inmaterial y etnológico previstas en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

2. Establecer una línea de subvenciones para el mantenimiento e impulso de la Trashumancia y el fomento de su tejido asociativo en Castilla y León, teniendo en cuenta, entre otros, criterios de sostenibilidad medioambiental.

3. Exhortar al Gobierno de España a defender ante la Comisión Europea y ante el resto de instituciones europeas la inclusión en la futura reforma de la PAC de una ayuda directa vinculada a los regímenes especiales de medio ambiente y clima y dirigida a la ganadería trashumante en coherencia con su consideración como patrimonio cultural inmaterial.

En Valladolid, a 5 de julio de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002144-01

CVE="BOCCL-09-028934"



Sede de las Cortes de Castilla y León