PE/009722-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009722-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a atención de pediatría en los hospitales de Valladolid.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009709 a PE/010130.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

La Orden SAN/697/2018 por la que se regula el funcionamiento y organización de la Red de Centros y Servicios de Referencia en Atención Especializada del Servicio Público de Salud de Castilla y León, fija como servicio de referencia para la Unidad del Dolor los hospitales Rio Hortega y Clínico Universitario de Valladolid, para técnicas complejas y pediatría.

Esta definición plantea la duda sobre el alcance de técnicas complejas y sobre el hecho de la posible derivación de cualquier paciente pediátrico necesitado de utilizar la Unidad del Dolor, por eso queremos conocer si, a partir de esta orden, se van a poder seguir realizando determinadas técnicas que se estaban realizando en la Unidad del Dolor del Hospital de León para los pacientes de toda la provincia.

La definición del término “técnicas complejas” plantea la duda de cuál va a ser el papel de las Unidades del Dolor existentes y suscita muchas preguntas: ¿Los niños con cáncer que necesiten utilizar la Unidad del Dolor pueden ser atendidos en León o tienen que ser derivados a Valladolid? ¿Se puede rellenar una bomba de infusión intratecal o es preciso derivar al paciente? ¿Se puede reprogramar un estimulados en la Unidad de León? ¿Neurocirugía podrá realizar una infiltración o un tratamiento sobre el trigémino?

La mayor parte de ellas deben ser respondidas mediante la aprobación de una cartera de servicios que defina que prestaciones se van a dar en la Unidad del Dolor de León que, hasta el momento, daba servicio no sólo al área de León, sino también a la del Bierzo, por lo que la eliminación de técnicas que ya se realizaban puede incidir de forma importante en la calidad de vida de los pacientes obligándoles a hacer, en algunos casos, grandes desplazamientos en condiciones penosas.

Sobre la necesidad del catálogo de servicios de la Unidad ya hemos realizado preguntas, por lo que no las reiteramos, pero si insistimos en que es el elemento que da seguridad sobre el futuro de la unidad y de las técnicas que se realizan, por lo que pedimos que se defina de forma urgente.

Preguntas: ¿Cómo se ha definido el alcance del término “técnica compleja”? ¿Qué criterios se han seguido y qué órgano, comité o comisión ha realizado la definición? ¿Los niños con cáncer que necesiten utilizar la Unidad del Dolor pueden ser atendidos en León o tienen que ser derivados a Valladolid?

En Valladolid, a 2 de julio de 2018


PE/009722-01

CVE="BOCCL-09-029145"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 60802-60804
BOCCL nº 460/9 del 14/9/2018
CVE: BOCCL-09-029145

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009722-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a atención de pediatría en los hospitales de Valladolid.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009709 a PE/010130.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

La Orden SAN/697/2018 por la que se regula el funcionamiento y organización de la Red de Centros y Servicios de Referencia en Atención Especializada del Servicio Público de Salud de Castilla y León, fija como servicio de referencia para la Unidad del Dolor los hospitales Rio Hortega y Clínico Universitario de Valladolid, para técnicas complejas y pediatría.

Esta definición plantea la duda sobre el alcance de técnicas complejas y sobre el hecho de la posible derivación de cualquier paciente pediátrico necesitado de utilizar la Unidad del Dolor, por eso queremos conocer si, a partir de esta orden, se van a poder seguir realizando determinadas técnicas que se estaban realizando en la Unidad del Dolor del Hospital de León para los pacientes de toda la provincia.

La definición del término “técnicas complejas” plantea la duda de cuál va a ser el papel de las Unidades del Dolor existentes y suscita muchas preguntas: ¿Los niños con cáncer que necesiten utilizar la Unidad del Dolor pueden ser atendidos en León o tienen que ser derivados a Valladolid? ¿Se puede rellenar una bomba de infusión intratecal o es preciso derivar al paciente? ¿Se puede reprogramar un estimulados en la Unidad de León? ¿Neurocirugía podrá realizar una infiltración o un tratamiento sobre el trigémino?

La mayor parte de ellas deben ser respondidas mediante la aprobación de una cartera de servicios que defina que prestaciones se van a dar en la Unidad del Dolor de León que, hasta el momento, daba servicio no sólo al área de León, sino también a la del Bierzo, por lo que la eliminación de técnicas que ya se realizaban puede incidir de forma importante en la calidad de vida de los pacientes obligándoles a hacer, en algunos casos, grandes desplazamientos en condiciones penosas.

Sobre la necesidad del catálogo de servicios de la Unidad ya hemos realizado preguntas, por lo que no las reiteramos, pero si insistimos en que es el elemento que da seguridad sobre el futuro de la unidad y de las técnicas que se realizan, por lo que pedimos que se defina de forma urgente.

Preguntas: ¿Cómo se ha definido el alcance del término “técnica compleja”? ¿Qué criterios se han seguido y qué órgano, comité o comisión ha realizado la definición? ¿Los niños con cáncer que necesiten utilizar la Unidad del Dolor pueden ser atendidos en León o tienen que ser derivados a Valladolid?

En Valladolid, a 2 de julio de 2018


PE/009722-01

CVE="BOCCL-09-029145"



Sede de las Cortes de Castilla y León