PE/009898-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009898-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a cuestiones relacionadas con el proceso de selección establecido por la Orden EMP/105/2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009709 a PE/010130.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y león la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Con fecha 21 de diciembre de 2017 se publicó en el BOCyL la Orden EMP/1113/2017 de 12 de diciembre por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, para unidades de competencia de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Por otro lado la ORDEN EMP/105/2017, de 24 de enero convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales, en determinadas unidades de competencia de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad. (BOC y L de 27 de febrero). Se convocan inicialmente 30 plazas de asesores y 30 de evaluadores, si bien la Gerente del Servicio Público de Empleo, con fecha 31 de mayo de 2017 resuelve ampliar el número de plazas a:

-Certificado: SSC564_2 Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil: Asesores: 125 Evaluadores: 125

-Certificado: SSC565_3 Dirección y Coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil: Asesores: 120 Evaluadores 120

-Certificado: Informador Juvenil: SSC567_ Asesores: 90, Evaluadores: 90

El 12 de junio de 2018 se publica el listado provisional de admitidos y excluidos al procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias que nos ocupa. Se observa que de las 1.000 plazas convocadas para cada uno de los tres certificados de profesionalidad (anexo II de la Orden EMP/1113/2017) tan sólo se han admitido 440 en el SSC564_2, 74 en el SSC567_3 y 181 en el SSC565_3, lo que supone un total que no alcanza las 700 plazas en total.

PREGUNTAS

1. ¿Qué razones explican la baja participación en el proceso?

2. ¿Cuáles fueron las actuaciones llevadas a cabo en la Fase de Información prevista en el Dispongo Quinto de la Orden de convocatoria?

3. ¿Qué personas han sido nombradas por la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la Comisión de Admisión del Centro Gestor autorizado?

4. ¿Qué razones motivaron la ampliación del número de plazas convocadas de asesores y evaluadores?

5. ¿Quién o qué entidad impartió el curso de formación de asesores y evaluadores?

6. ¿Fue seleccionada la persona o entidad mediante concurrencia o concurso público?

7. ¿Cuál fue el importe del contrato o el coste para el Servicio Público de Empleo?

8. ¿Qué número de asesores y evaluadores superaron el curso y están habilitados?

9. ¿Cuál es, a fecha de hoy, el calendario previsto de ejecución de las Fases de Asesoramiento y Evaluación de los candidatos?

10. ¿Qué argumento jurídico o legal explica la exclusión de una parte importante de las solicitudes presentadas por la causa B: (ExpediCión del título posterior a la fecha establecida 23 de octubre de 2013) cuando en la Orden EMP/1113/2017 de 12 de diciembre no se establece ni contempla esa ni otra limitación más allá de las prescripciones del Dispongo sexto?

11. ¿Tiene el Servicio Público de Empleo previsto convocar en los próximos años nuevos procesos de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación en estos tres Certificados?

12. ¿Qué razones explican la obligación de presentar por parte de los interesados documentos que ya obran en poder de la administración (Títulos de Monitor y Coordinador de Tiempo Libre e Informador Juvenil)?

13. En relación al documento referido a la concurrencia en la identidad de contenidos, ¿por qué no ha sido el Servicio Público de Empleo como órgano sustantivo gestor del procedimiento y a la vista de los títulos, currículos, materias y horas de formación quien —en lugar del Director General de Juventud- certificase este asunto?

En Valladolid a 30 de julio de 2018


PE/009898-01

CVE="BOCCL-09-029321"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 61192-61195
BOCCL nº 460/9 del 14/9/2018
CVE: BOCCL-09-029321

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/009898-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Sarrión Andaluz, relativa a cuestiones relacionadas con el proceso de selección establecido por la Orden EMP/105/2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 31 de agosto de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/009709 a PE/010130.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de agosto de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. José Sarrión Andaluz, Procurador de Izquierda Unida-Equo, Convergencia por Castilla y León, perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y león la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Con fecha 21 de diciembre de 2017 se publicó en el BOCyL la Orden EMP/1113/2017 de 12 de diciembre por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, para unidades de competencia de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Por otro lado la ORDEN EMP/105/2017, de 24 de enero convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales, en determinadas unidades de competencia de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad. (BOC y L de 27 de febrero). Se convocan inicialmente 30 plazas de asesores y 30 de evaluadores, si bien la Gerente del Servicio Público de Empleo, con fecha 31 de mayo de 2017 resuelve ampliar el número de plazas a:

-Certificado: SSC564_2 Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil: Asesores: 125 Evaluadores: 125

-Certificado: SSC565_3 Dirección y Coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil: Asesores: 120 Evaluadores 120

-Certificado: Informador Juvenil: SSC567_ Asesores: 90, Evaluadores: 90

El 12 de junio de 2018 se publica el listado provisional de admitidos y excluidos al procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias que nos ocupa. Se observa que de las 1.000 plazas convocadas para cada uno de los tres certificados de profesionalidad (anexo II de la Orden EMP/1113/2017) tan sólo se han admitido 440 en el SSC564_2, 74 en el SSC567_3 y 181 en el SSC565_3, lo que supone un total que no alcanza las 700 plazas en total.

PREGUNTAS

1. ¿Qué razones explican la baja participación en el proceso?

2. ¿Cuáles fueron las actuaciones llevadas a cabo en la Fase de Información prevista en el Dispongo Quinto de la Orden de convocatoria?

3. ¿Qué personas han sido nombradas por la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la Comisión de Admisión del Centro Gestor autorizado?

4. ¿Qué razones motivaron la ampliación del número de plazas convocadas de asesores y evaluadores?

5. ¿Quién o qué entidad impartió el curso de formación de asesores y evaluadores?

6. ¿Fue seleccionada la persona o entidad mediante concurrencia o concurso público?

7. ¿Cuál fue el importe del contrato o el coste para el Servicio Público de Empleo?

8. ¿Qué número de asesores y evaluadores superaron el curso y están habilitados?

9. ¿Cuál es, a fecha de hoy, el calendario previsto de ejecución de las Fases de Asesoramiento y Evaluación de los candidatos?

10. ¿Qué argumento jurídico o legal explica la exclusión de una parte importante de las solicitudes presentadas por la causa B: (ExpediCión del título posterior a la fecha establecida 23 de octubre de 2013) cuando en la Orden EMP/1113/2017 de 12 de diciembre no se establece ni contempla esa ni otra limitación más allá de las prescripciones del Dispongo sexto?

11. ¿Tiene el Servicio Público de Empleo previsto convocar en los próximos años nuevos procesos de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación en estos tres Certificados?

12. ¿Qué razones explican la obligación de presentar por parte de los interesados documentos que ya obran en poder de la administración (Títulos de Monitor y Coordinador de Tiempo Libre e Informador Juvenil)?

13. En relación al documento referido a la concurrencia en la identidad de contenidos, ¿por qué no ha sido el Servicio Público de Empleo como órgano sustantivo gestor del procedimiento y a la vista de los títulos, currículos, materias y horas de formación quien —en lugar del Director General de Juventud- certificase este asunto?

En Valladolid a 30 de julio de 2018


PE/009898-01

CVE="BOCCL-09-029321"



Sede de las Cortes de Castilla y León