PL/000019-06











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000019-06


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 19 de septiembre de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, PL/000019.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de septiembre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 1

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado a) del artículo 2 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 2. Funciones.

La Conferencia tendrá las siguientes funciones:

a) Analizar las grandes directrices de las políticas públicas, sectoriales y territoriales, que tengan trascendencia autonómica y que exceda de los intereses de una sola entidad local, requiriendo actuaciones conjuntas de carácter estratégico".

Motivación:

Clarificar la redacción de la norma.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 2

Enmienda de modificación: se propone la modificación de la letra f) del apartado 1 del artículo 3 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 3. Composición.

1. La Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación estará compuesta por los siguientes miembros:

f) Un vicepresidente de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, designado por su Presidente, que junto a los presidentes de las diputaciones provinciales representarán a las entidades de ámbito rural, salvo que todos coincidan con algún miembro de las letras d) y e), en cuyo caso deberá designar a un vocal del órgano de gobierno de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León que no ostente tales cargos.

Motivación:

Garantizar y extender la representación del ámbito rural con la participación de los presidentes de diputaciones en la Conferencia.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 3

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 2) del artículo 3 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 3. Composición.

2. La asistencia a las reuniones de la Conferencia es indelegable y no cabe sustitución, a excepción de que el alcalde en cuestión sea sustituido por un alcalde en funciones, tal y como recoge la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. En el caso de baja por riesgo por embarazo, permiso de maternidad o paternidad, así como enfermedad prolongada grave, se atenderá a lo establecido en el art 16.1 de la presente Ley".

Motivación:

En virtud del artículo 16.1 del presente Proyecto de Ley, relativo al Derecho de participación a distancia, se aplican estas prescripciones al apartado objeto de enmienda, siendo coherente con la extensión de la norma en lo relativo a la asistencia a las reuniones de la Conferencia de Alcaldes.

Asimismo, se recoge lo estipulado en la legislación sobre Régimen Local, en lo referente a la sustitución del alcalde.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 4

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 1 del artículo 4 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 4. Reuniones.

1. La Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación se reunirá una vez cada seis meses, previa convocatoria de su Presidente".

Motivación:

Debido a su papel de órgano de colaboración entre Administraciones, así como a la multitud de los asuntos que afectan a nuestra Comunidad Autónoma, se precisa aumentar la convocatoria de la Conferencia, al menos, dos veces al año.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 5

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 3 del artículo 5 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 5. Comité Permanente.

3. El Comité Permanente se reunirá, de forma ordinaria, cada tres meses, previa convocatoria de su Presidente, para la evaluación y seguimiento de los acuerdos y recomendaciones

También se reunirá de forma extraordinaria con carácter previo a las reuniones extraordinarias de la Conferencia, para la preparación de los asuntos a tratar.

En todo caso se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 16 sobre el derecho de participación a distancia.".

Motivación:

Adecuar la norma en coherencia con la propuesta de elevar el número de convocatorias de la Conferencia de Alcaldes.

Asimismo, se pretende armonizar los derechos de participación a distancia en todos los órganos planteados en el Proyecto de Ley.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 6

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 2 del artículo 6 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 6. Decisiones.

2. Las recomendaciones se adoptará con el voto favorable del Presidente y dos terceras partes de los miembros presentes".

Motivación:

Se suprime el carácter comprometedor de las recomendaciones, dada la incompatibilidad de supeditación de las instituciones locales y autonómica a las decisiones tomadas por esta Conferencia.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 7

Enmienda de adición: se propone la adición de un apartado 3 al artículo 6 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 6. Decisiones.

3 El titular de la Consejería competente en materia de Administración Local informará del contenido de las reuniones de la Comisión que sea competente en dicha materia de las Cortes León, en los dos meses siguientes a su celebración".

3.1 Los representantes de las entidades locales en la Conferencia darán cuenta en los respectivos Plenos de las decisiones adoptadas dentro de sus competencias.

3.2 En todo caso, los acuerdos y las recomendaciones tendrán carácter público y serán comunicados por la secretaría de la Conferencia a los órganos competentes de las Administraciones Públicas afectadas, así como su publicación a través de medios telemáticos oficiales de la Junta de Castilla y León".

Motivación:

Adecuar la periodicidad entre la reunión de la Comisión y la comparecencia en el Parlamento, cualesquiera que sean el número de encuentros del órgano principal. Además, se da sentido al principio de transparencia en las instituciones mediante la publicación de los términos finales de dicha Conferencia a través de la web de la Junta de Castilla y León.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 8

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo e) al apartado 1 del artículo 10 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 10. Miembros no adscritos.

e) Existir solicitud expresa de la formación política que da soporte al cargo institucional de expulsar a alguno de los integrantes de su lista electoral".

Motivación:

Evitar problemas en caso de empate entre miembros objeto de expulsión y miembros promotores de la expulsión.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 9

Enmienda de adición: se propone la adición de un apartado 3 al artículo 11 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 11. Disposiciones generales.

3. Las entidades locales promoverán, en la medida de lo posible y, teniendo en cuenta, los recursos disponibles, la digitalización de los expedientes administrativos".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de información.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 10

Enmienda de modificación: se propone la modificación de la letra c) del apartado 1 del artículo 15 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 15. Grabación de Pleno.

c) En municipios de menos o igual a 5.000 habitantes, será obligatoria la grabación en audio, cuando así lo acuerde el Pleno".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de este artículo.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 11

Enmienda de adición: se propone la adición de una letra e) al apartado 1 del artículo 15 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 15. Grabación de Pleno.

e) Las entidades locales, en función de los recursos disponibles, retransmitirán las sesiones plenarias a través de streaming".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de este artículo.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 12

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 2 del artículo 17 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 17. Principios generales.

2. El Pleno de cada entidad local y, en su defecto, la Junta de Gobierno, podrá aprobar un código de conducta que recogerá los valores, principios y normas de actuación a las que deberán atenerse los miembros de las entidades locales tanto en sus propias relaciones como las que mantengan con las personas al servicio de la administración local, en otras instituciones y con la ciudadanía en general.

El código de conducta se aplicará a los miembros de los órganos de gobierno de los organismos, entidades o sociedades dependientes de las Entidades Locales".

Motivación:

El código de conducta debe extenderse a todas las entidades y organismos, no sólo a los de ámbito municipal. Los valores públicos, los estándares de conducta y de actitud ética deben ser aplicados a todos los miembros de los organismos dependientes de las entidades locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 13

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo al apartado 1 del artículo 18 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 18. Imparcialidad.

1. Los miembros de las entidades locales no podrán invocar ni hacer uso de su condición en el ejercicio de cualquier actividad mercantil, industrial o profesional, ni colaborar en el ejercicio por terceros de dichas actividades ante la entidad local a la que se pertenezca.

Observarán, en todo momento, una actuación escrupulosamente imparcial en los procesos de nombramiento de personal, concesión de subvenciones, contratación pública, empleo de recursos financieros o de cualquier otro carácter."

Motivación:

Coherencia con los compromisos y responsabilidades que asumen los representantes municipales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 14

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 2 del artículo 21 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 21. Buzones.

2. Los representantes locales de los municipios de más de 1.000 habitantes y de las diputaciones provinciales dispondrán, además, de un buzón virtual.

Asimismo, este buzón virtual podrá implantarse en municipios de menor población, cuando las circunstancias presupuestarias y tecnológicas del municipio lo permitan".

Motivación:

Extender el sistema de buzón virtual, a los municipios por encima de los 1.000 habitantes, dado el bajo coste que representa para las entidades locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 15

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo al apartado 1 del artículo 25 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 25. Difusión.

1. Las entidades locales que dispongan de sistemas de grabación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de esta ley, al objeto de salvaguardar la transparencia, podrán arbitrar los medios técnicos precisos para ampliar la difusión, instalando sistemas de megafonía, circuitos cerrados de televisión o permitiendo el acceso remoto de los medios de comunicación al sistema de grabación propio.

A estos efectos, la Junta de Castilla y León impulsará que las entidades locales dispongan de los medios y sistemas adecuados de grabación y difusión".

Motivación:

Garantizar la transparencia y el acceso a la información, ampliando la difusión de las sesiones. Las entidades locales deben contar con herramientas adecuadas para garantizar la efectividad de la transparencia y el acceso a la información, dada la cercanía con los ciudadanos.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 16

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución de la Disposición Final Segunda del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Disposiciones finales. Segunda. Entrada en vigor.

Los Capítulos I y Ill de esta ley entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El Capítulo II de esta ley entrará en vigor tras la celebración de las próximas elecciones autonómicas y locales, a tres meses de la publicación de los resultados en el Boletín Oficial de Castilla y León".

Motivación:

Carece de sentido la demora en la entrada en vigor del Capítulo III "De la información a la ciudadanía en los Plenos de las entidades locales", cuando su regulación es muy similar a la contenida en la Ley de Bases de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PL/000019-06

CVE="BOCCL-09-029639"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 61919-61929
BOCCL nº 463/9 del 21/9/2018
CVE: BOCCL-09-029639

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000019-06
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 19 de septiembre de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, PL/000019.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de septiembre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 1

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado a) del artículo 2 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 2. Funciones.

La Conferencia tendrá las siguientes funciones:

a) Analizar las grandes directrices de las políticas públicas, sectoriales y territoriales, que tengan trascendencia autonómica y que exceda de los intereses de una sola entidad local, requiriendo actuaciones conjuntas de carácter estratégico".

Motivación:

Clarificar la redacción de la norma.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 2

Enmienda de modificación: se propone la modificación de la letra f) del apartado 1 del artículo 3 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 3. Composición.

1. La Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación estará compuesta por los siguientes miembros:

f) Un vicepresidente de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, designado por su Presidente, que junto a los presidentes de las diputaciones provinciales representarán a las entidades de ámbito rural, salvo que todos coincidan con algún miembro de las letras d) y e), en cuyo caso deberá designar a un vocal del órgano de gobierno de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León que no ostente tales cargos.

Motivación:

Garantizar y extender la representación del ámbito rural con la participación de los presidentes de diputaciones en la Conferencia.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 3

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 2) del artículo 3 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 3. Composición.

2. La asistencia a las reuniones de la Conferencia es indelegable y no cabe sustitución, a excepción de que el alcalde en cuestión sea sustituido por un alcalde en funciones, tal y como recoge la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. En el caso de baja por riesgo por embarazo, permiso de maternidad o paternidad, así como enfermedad prolongada grave, se atenderá a lo establecido en el art 16.1 de la presente Ley".

Motivación:

En virtud del artículo 16.1 del presente Proyecto de Ley, relativo al Derecho de participación a distancia, se aplican estas prescripciones al apartado objeto de enmienda, siendo coherente con la extensión de la norma en lo relativo a la asistencia a las reuniones de la Conferencia de Alcaldes.

Asimismo, se recoge lo estipulado en la legislación sobre Régimen Local, en lo referente a la sustitución del alcalde.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 4

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 1 del artículo 4 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 4. Reuniones.

1. La Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación se reunirá una vez cada seis meses, previa convocatoria de su Presidente".

Motivación:

Debido a su papel de órgano de colaboración entre Administraciones, así como a la multitud de los asuntos que afectan a nuestra Comunidad Autónoma, se precisa aumentar la convocatoria de la Conferencia, al menos, dos veces al año.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 5

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 3 del artículo 5 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 5. Comité Permanente.

3. El Comité Permanente se reunirá, de forma ordinaria, cada tres meses, previa convocatoria de su Presidente, para la evaluación y seguimiento de los acuerdos y recomendaciones

También se reunirá de forma extraordinaria con carácter previo a las reuniones extraordinarias de la Conferencia, para la preparación de los asuntos a tratar.

En todo caso se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 16 sobre el derecho de participación a distancia.".

Motivación:

Adecuar la norma en coherencia con la propuesta de elevar el número de convocatorias de la Conferencia de Alcaldes.

Asimismo, se pretende armonizar los derechos de participación a distancia en todos los órganos planteados en el Proyecto de Ley.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 6

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 2 del artículo 6 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 6. Decisiones.

2. Las recomendaciones se adoptará con el voto favorable del Presidente y dos terceras partes de los miembros presentes".

Motivación:

Se suprime el carácter comprometedor de las recomendaciones, dada la incompatibilidad de supeditación de las instituciones locales y autonómica a las decisiones tomadas por esta Conferencia.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 7

Enmienda de adición: se propone la adición de un apartado 3 al artículo 6 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información de Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 6. Decisiones.

3 El titular de la Consejería competente en materia de Administración Local informará del contenido de las reuniones de la Comisión que sea competente en dicha materia de las Cortes León, en los dos meses siguientes a su celebración".

3.1 Los representantes de las entidades locales en la Conferencia darán cuenta en los respectivos Plenos de las decisiones adoptadas dentro de sus competencias.

3.2 En todo caso, los acuerdos y las recomendaciones tendrán carácter público y serán comunicados por la secretaría de la Conferencia a los órganos competentes de las Administraciones Públicas afectadas, así como su publicación a través de medios telemáticos oficiales de la Junta de Castilla y León".

Motivación:

Adecuar la periodicidad entre la reunión de la Comisión y la comparecencia en el Parlamento, cualesquiera que sean el número de encuentros del órgano principal. Además, se da sentido al principio de transparencia en las instituciones mediante la publicación de los términos finales de dicha Conferencia a través de la web de la Junta de Castilla y León.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 8

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo e) al apartado 1 del artículo 10 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 10. Miembros no adscritos.

e) Existir solicitud expresa de la formación política que da soporte al cargo institucional de expulsar a alguno de los integrantes de su lista electoral".

Motivación:

Evitar problemas en caso de empate entre miembros objeto de expulsión y miembros promotores de la expulsión.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 9

Enmienda de adición: se propone la adición de un apartado 3 al artículo 11 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 11. Disposiciones generales.

3. Las entidades locales promoverán, en la medida de lo posible y, teniendo en cuenta, los recursos disponibles, la digitalización de los expedientes administrativos".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de información.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 10

Enmienda de modificación: se propone la modificación de la letra c) del apartado 1 del artículo 15 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 15. Grabación de Pleno.

c) En municipios de menos o igual a 5.000 habitantes, será obligatoria la grabación en audio, cuando así lo acuerde el Pleno".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de este artículo.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 11

Enmienda de adición: se propone la adición de una letra e) al apartado 1 del artículo 15 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 15. Grabación de Pleno.

e) Las entidades locales, en función de los recursos disponibles, retransmitirán las sesiones plenarias a través de streaming".

Motivación:

Integrar los mecanismos de acceso para las Nuevas Tecnologías en el cumplimiento efectivo del derecho de este artículo.

En Valladolid, a 3 septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 12

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución del apartado 2 del artículo 17 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 17. Principios generales.

2. El Pleno de cada entidad local y, en su defecto, la Junta de Gobierno, podrá aprobar un código de conducta que recogerá los valores, principios y normas de actuación a las que deberán atenerse los miembros de las entidades locales tanto en sus propias relaciones como las que mantengan con las personas al servicio de la administración local, en otras instituciones y con la ciudadanía en general.

El código de conducta se aplicará a los miembros de los órganos de gobierno de los organismos, entidades o sociedades dependientes de las Entidades Locales".

Motivación:

El código de conducta debe extenderse a todas las entidades y organismos, no sólo a los de ámbito municipal. Los valores públicos, los estándares de conducta y de actitud ética deben ser aplicados a todos los miembros de los organismos dependientes de las entidades locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 13

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo al apartado 1 del artículo 18 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 18. Imparcialidad.

1. Los miembros de las entidades locales no podrán invocar ni hacer uso de su condición en el ejercicio de cualquier actividad mercantil, industrial o profesional, ni colaborar en el ejercicio por terceros de dichas actividades ante la entidad local a la que se pertenezca.

Observarán, en todo momento, una actuación escrupulosamente imparcial en los procesos de nombramiento de personal, concesión de subvenciones, contratación pública, empleo de recursos financieros o de cualquier otro carácter."

Motivación:

Coherencia con los compromisos y responsabilidades que asumen los representantes municipales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 14

Enmienda de modificación: se propone la modificación del apartado 2 del artículo 21 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 21. Buzones.

2. Los representantes locales de los municipios de más de 1.000 habitantes y de las diputaciones provinciales dispondrán, además, de un buzón virtual.

Asimismo, este buzón virtual podrá implantarse en municipios de menor población, cuando las circunstancias presupuestarias y tecnológicas del municipio lo permitan".

Motivación:

Extender el sistema de buzón virtual, a los municipios por encima de los 1.000 habitantes, dado el bajo coste que representa para las entidades locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 15

Enmienda de adición: se propone la adición de un párrafo al apartado 1 del artículo 25 del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Artículo 25. Difusión.

1. Las entidades locales que dispongan de sistemas de grabación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de esta ley, al objeto de salvaguardar la transparencia, podrán arbitrar los medios técnicos precisos para ampliar la difusión, instalando sistemas de megafonía, circuitos cerrados de televisión o permitiendo el acceso remoto de los medios de comunicación al sistema de grabación propio.

A estos efectos, la Junta de Castilla y León impulsará que las entidades locales dispongan de los medios y sistemas adecuados de grabación y difusión".

Motivación:

Garantizar la transparencia y el acceso a la información, ampliando la difusión de las sesiones. Las entidades locales deben contar con herramientas adecuadas para garantizar la efectividad de la transparencia y el acceso a la información, dada la cercanía con los ciudadanos.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.

ENMIENDA N.º 16

Enmienda de sustitución: se propone la sustitución de la Disposición Final Segunda del Proyecto de Ley por el que se regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación, el Estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos, quedando redactado del siguiente tenor:

"Disposiciones finales. Segunda. Entrada en vigor.

Los Capítulos I y Ill de esta ley entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El Capítulo II de esta ley entrará en vigor tras la celebración de las próximas elecciones autonómicas y locales, a tres meses de la publicación de los resultados en el Boletín Oficial de Castilla y León".

Motivación:

Carece de sentido la demora en la entrada en vigor del Capítulo III "De la información a la ciudadanía en los Plenos de las entidades locales", cuando su regulación es muy similar a la contenida en la Ley de Bases de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Valladolid, a 3 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PL/000019-06

CVE="BOCCL-09-029639"



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