PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002231 a PNL/002258.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D.ª Adela Pascual Álvarez y D.ª Lorena González Guerrero, pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:
ANTECEDENTES
El artículo 129.2 de la Constitución Española de 1978 ordena a los poderes públicos la promoción de las diversas formas de participación en la empresa y el establecimiento de las medidas que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción. Un mandato constitucional escasamente desarrollado en nuestra legislación.
La Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participada, destaca que el concepto de participación de los trabajadores en la empresa ha ido adquiriendo relevancia en los últimos tiempos en la mayor parte de los países europeos, países donde encontramos claros ejemplos de regulación que garantizan el derecho de los trabajadores a estar representados en los órganos de decisión de las empresas.
La Recomendación del Consejo, de 27 de julio de 1992, relativa al fomento de la participación de los trabajadores en las empresas, también recomendaba garantizar que las estructuras jurídicas facilitaran el suministro de información adecuada a todas las partes que pudieran estar interesadas. En este sentido, destaca también el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Participación financiera de los trabajadores en Europa», de 21 de octubre de 2010, establece que la participación de los trabajadores representa una posibilidad de hacer participar más y mejor a las empresas y a los trabajadores, así como a la sociedad en su conjunto, en el éxito de la creciente democratización de la actividad económica.
El objetivo del dictamen era animar a Europa a elaborar un marco de referencia que fomente la conexión social y económica de Europa, agilizando la aplicación de la participación de los trabajadores en distintos niveles.
Además, y en línea con la estrategia «Europa 2020», la participación de los trabajadores puede constituir uno de los mecanismos para fortalecer la competitividad de las Pymes europeas, ya que aumenta la identificación con ellas y la vinculación de sus trabajadores contribuirá a garantizar un futuro sostenible.
Sin perjuicio de otras formas de codecisión e intervención de los trabajadores en la empresa, cuando esta reciba fondos públicos, exigir la participación de los trabajadores en los órganos de decisión contribuye a democratizar la toma de decisiones en la empresa.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones dirigidas a las empresas supeditándolas a la participación de la representación de los trabajadores en los órganos de decisión o de supervisión.
Valladolid, 11 de octubre de 2018.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Adela Pascual Álvarez y
Lorena González Guerrero
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/002244-01
CVE="BOCCL-09-030248"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002231 a PNL/002258.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
D.ª Adela Pascual Álvarez y D.ª Lorena González Guerrero, pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:
ANTECEDENTES
El artículo 129.2 de la Constitución Española de 1978 ordena a los poderes públicos la promoción de las diversas formas de participación en la empresa y el establecimiento de las medidas que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción. Un mandato constitucional escasamente desarrollado en nuestra legislación.
La Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participada, destaca que el concepto de participación de los trabajadores en la empresa ha ido adquiriendo relevancia en los últimos tiempos en la mayor parte de los países europeos, países donde encontramos claros ejemplos de regulación que garantizan el derecho de los trabajadores a estar representados en los órganos de decisión de las empresas.
La Recomendación del Consejo, de 27 de julio de 1992, relativa al fomento de la participación de los trabajadores en las empresas, también recomendaba garantizar que las estructuras jurídicas facilitaran el suministro de información adecuada a todas las partes que pudieran estar interesadas. En este sentido, destaca también el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Participación financiera de los trabajadores en Europa», de 21 de octubre de 2010, establece que la participación de los trabajadores representa una posibilidad de hacer participar más y mejor a las empresas y a los trabajadores, así como a la sociedad en su conjunto, en el éxito de la creciente democratización de la actividad económica.
El objetivo del dictamen era animar a Europa a elaborar un marco de referencia que fomente la conexión social y económica de Europa, agilizando la aplicación de la participación de los trabajadores en distintos niveles.
Además, y en línea con la estrategia «Europa 2020», la participación de los trabajadores puede constituir uno de los mecanismos para fortalecer la competitividad de las Pymes europeas, ya que aumenta la identificación con ellas y la vinculación de sus trabajadores contribuirá a garantizar un futuro sostenible.
Sin perjuicio de otras formas de codecisión e intervención de los trabajadores en la empresa, cuando esta reciba fondos públicos, exigir la participación de los trabajadores en los órganos de decisión contribuye a democratizar la toma de decisiones en la empresa.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones dirigidas a las empresas supeditándolas a la participación de la representación de los trabajadores en los órganos de decisión o de supervisión.
Valladolid, 11 de octubre de 2018.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Adela Pascual Álvarez y
Lorena González Guerrero
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/002244-01
CVE="BOCCL-09-030248"