PNL/002257-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002257-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Ricardo López Prieto, Dña. Lorena González Guerrero y D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz, para instar a la Junta a adoptar las medidas que se solicitan en materia de neumáticos fuera de uso, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002231 a PNL/002258.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. Ricardo López Prieto, Doña Lorena González Guerrero y Don Carlos Chávez Muñoz, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión correspondiente.

ANTECEDENTES

Los artículos 1 y 7 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, facultaban al Gobierno de la Nación a la fijación de disposiciones específicas relativas a la producción y gestión de diferentes tipos de residuos, entre ellos los neumáticos fuera de uso (NFU), que por su peculiaridad requieren de una norma de desarrollo específica cuyo objetivo final es prevenir la incidencia ambiental de estos residuos. Así, el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (NFU) se aplica a todos los neumáticos usados procedentes del mercado de reposición con excepción de los neumáticos de bicicleta y aquellos cuyo diámetro exterior sea superior a mil cuatrocientos milímetros. Este Real Decreto define la obligación de elaborar planes empresariales de prevención que identifiquen los mecanismos que prolonguen la vida de los neumáticos y faciliten su reutilización y reciclado al final de su vida útil.

En un contexto europeo en el que la producción de residuos se encuentra en continuo aumento y en el que la actividad económica vinculada a los residuos alcanza cada vez mayor importancia, tanto por su envergadura como por su repercusión directa en la sostenibilidad del modelo económico, se llevó a cabo la actualización del régimen jurídico comunitario de residuos y la promulgación de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos (Directiva marco de residuos) y por la que se derogan Directivas anteriores integrando en una única norma el marco jurídico de la Unión Europea para la gestión de los residuos.

La transposición de esta Directiva en nuestro ordenamiento jurídico interno se llevó a cabo a través de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados sustituyendo a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, actualizando el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos a la luz de la experiencia adquirida, de las lagunas detectadas, y de la evolución y modernización de la política de residuos.

El título II de la Ley 22/2011 está dedicado a los instrumentos de la política de residuos. Siguiendo las líneas marcadas por la Directiva marco de residuos, se recogen como instrumentos de planificación los planes y programas de gestión de residuos y los programas de prevención de residuos. Asimismo, se establece la posibilidad de adoptar medidas e instrumentos económicos, entre los que destacan los cánones aplicables al vertido de residuos mediante depósito en vertedero y a la incineración de residuos domésticos.

La Ley 22/2011 otorga a las Comunidades Autónomas la competencia para elaborar planes autonómicos de residuos que contengan un análisis actualizado de la situación de los mismos en su ámbito territorial y una exposición de las medidas para facilitar su reutilización, reciclado, valorización y eliminación, y su contribución a la consecución de los objetivos establecidos en ella.

Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras de Castilla y León crea el Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos, que se configura también como un impuesto extrafiscal para fomentar el reciclado, gravando el daño ambiental provocado por la eliminación de residuos en vertederos, con independencia de quien los gestione. La recaudación de este impuesto se destina a financiar gastos de carácter medioambiental en colaboración con las entidades locales de nuestra Comunidad Autónoma. El Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos se regula actualmente en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

A través del Decreto 11/2014, de 20 de marzo, se aprobó el Plan Regional de Ámbito Sectorial denominado "Plan Integral de Residuos de Castilla y León" (PIRCyL)recogiendo la necesidad de dotarnos de un instrumento de ordenación único para impulsar el logro de los objetivos ecológicos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015 (PNIR). El PIRCyL aborda en un único texto la totalidad de los flujos de residuos generados en la Comunidad Autónoma e intensifica el carácter transversal de las acciones bajo el prisma de una política que considera al mismo nivel los aspectos ambientales, principalmente focalizados en la prevención, económicos y sociales.

El PNIR finalizó su vigencia en 2015 por lo que hizo necesario disponer de un nuevo plan para cumplir con las obligaciones comunitarias en materia de planificación. El nuevo Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022 (PEMAR) pretende ser el instrumento para orientar la política de residuos en España en este periodo, mediante el impulso de las medidas necesarias para mejorar las deficiencias detectadas y promover actuaciones que aseguren la consecución de los objetivos legales establecidos.

Por todo ello formulamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- A cumplir en 2019 los objetivos cuantitativos legales de referencia en materia de neumáticos fuera de uso (NFU) recogidos en el Plan Integral de Residuos de Castilla y León, especialmente los indicados para su valorización energética.

2.- A modificar el actual impuesto de eliminación de residuos en vertedero, regulado en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, ampliando el hecho imponible a la incineración, coincineración y valorización energética de neumáticos fuera de uso (NFU) o de toda clase de restos procedentes de este tipo residuo, manteniendo su compatibilidad con cualquier otro tributo estatal, autonómico o local aplicable a las operaciones gravadas, no más tarde de enero de 2019.

3.- Los ingresos procedentes de este impuesto se afectarán a la financiación de los programas de gasto relativos a actuaciones medioambientales, en colaboración con las entidades locales, determinadas en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad.

4.- A fomentar el uso del polvo de caucho procedente del reciclado de neumáticos fuera de uso (NFU) como material constituyente de diversos productos, fundamentalmente en las obras públicas y, en particular, en las mezclas bituminosas para la construcción de carreteras.

5.- Para ello, determinar cuál ha sido la utilización del polvo de caucho procedente de neumáticos fuera de uso (NFU) en las actuaciones de modernización y conservación de carreteras en Castilla y León durante la vigencia del Plan Regional Sectorial de Carreteras 2008-2020 y la del Bloque de Actuaciones Prioritarias en la Red Regional de Carreteras 2016-2019, con el objeto de incrementar los porcentajes de uso hasta finalizar la aplicación de estos dos planes en la red viaria autonómica.

6.- A incluir en los informes sobre la Calidad del Aire de Castilla y León, que elabora anualmente la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una valoración sobre los datos obtenidos en relación a los límites y umbrales recomendados por la Organización Mundial de la Salud en aquellas estaciones de medición de contaminación atmosférica de los entornos de las instalaciones de incineración, coincineración y valorización energética de neumáticos fuera de uso (NFU) o de toda clase de restos procedentes de este tipo de residuo.

7.- Cuando dos de estos informes reflejen unos parámetros de la calidad del aire por encima de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud se realizará un estudio epidemiológico en la zona para contrastar los efectos sobre las personas que viven en los entornos de las instalaciones que incineran, coincineran o valorizan energéticamente neumáticos fuera de uso (NFU) o restos procedentes de este tipo de residuo.

8.- A que cuando una empresa solicite la modificación de la autorización ambiental con el fin de sustituir el combustible que utiliza habitualmente por neumáticos fuera de uso (NFU) o restos procedentes de este tipo de residuo, presentará junto con la documentación requerida una valoración completa y contextual de los riesgos medioambientales y para la salud que implica la modificación prevista, incluido un estudio específico, integral y objetivo sobre la calidad del aire en el que se midan todos los parámetros en los lugares próximos a la fábrica, teniendo en cuenta las singularidades climáticas y ambientales de la zona. Asimismo, presentará una justificación del cumplimiento de los objetivos del Plan Integral de Residuos de Castilla y León.

Valladolid, 18 de octubre de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ricardo López Prieto,

Lorena González Guerrero y

Carlos Eduardo Chávez Muñoz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002257-01

CVE="BOCCL-09-030261"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 63104-63107
BOCCL nº 479/9 del 6/11/2018
CVE: BOCCL-09-030261

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002257-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Ricardo López Prieto, Dña. Lorena González Guerrero y D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz, para instar a la Junta a adoptar las medidas que se solicitan en materia de neumáticos fuera de uso, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002231 a PNL/002258.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

D. Ricardo López Prieto, Doña Lorena González Guerrero y Don Carlos Chávez Muñoz, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión correspondiente.

ANTECEDENTES

Los artículos 1 y 7 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, facultaban al Gobierno de la Nación a la fijación de disposiciones específicas relativas a la producción y gestión de diferentes tipos de residuos, entre ellos los neumáticos fuera de uso (NFU), que por su peculiaridad requieren de una norma de desarrollo específica cuyo objetivo final es prevenir la incidencia ambiental de estos residuos. Así, el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (NFU) se aplica a todos los neumáticos usados procedentes del mercado de reposición con excepción de los neumáticos de bicicleta y aquellos cuyo diámetro exterior sea superior a mil cuatrocientos milímetros. Este Real Decreto define la obligación de elaborar planes empresariales de prevención que identifiquen los mecanismos que prolonguen la vida de los neumáticos y faciliten su reutilización y reciclado al final de su vida útil.

En un contexto europeo en el que la producción de residuos se encuentra en continuo aumento y en el que la actividad económica vinculada a los residuos alcanza cada vez mayor importancia, tanto por su envergadura como por su repercusión directa en la sostenibilidad del modelo económico, se llevó a cabo la actualización del régimen jurídico comunitario de residuos y la promulgación de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos (Directiva marco de residuos) y por la que se derogan Directivas anteriores integrando en una única norma el marco jurídico de la Unión Europea para la gestión de los residuos.

La transposición de esta Directiva en nuestro ordenamiento jurídico interno se llevó a cabo a través de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados sustituyendo a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, actualizando el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos a la luz de la experiencia adquirida, de las lagunas detectadas, y de la evolución y modernización de la política de residuos.

El título II de la Ley 22/2011 está dedicado a los instrumentos de la política de residuos. Siguiendo las líneas marcadas por la Directiva marco de residuos, se recogen como instrumentos de planificación los planes y programas de gestión de residuos y los programas de prevención de residuos. Asimismo, se establece la posibilidad de adoptar medidas e instrumentos económicos, entre los que destacan los cánones aplicables al vertido de residuos mediante depósito en vertedero y a la incineración de residuos domésticos.

La Ley 22/2011 otorga a las Comunidades Autónomas la competencia para elaborar planes autonómicos de residuos que contengan un análisis actualizado de la situación de los mismos en su ámbito territorial y una exposición de las medidas para facilitar su reutilización, reciclado, valorización y eliminación, y su contribución a la consecución de los objetivos establecidos en ella.

Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras de Castilla y León crea el Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos, que se configura también como un impuesto extrafiscal para fomentar el reciclado, gravando el daño ambiental provocado por la eliminación de residuos en vertederos, con independencia de quien los gestione. La recaudación de este impuesto se destina a financiar gastos de carácter medioambiental en colaboración con las entidades locales de nuestra Comunidad Autónoma. El Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos se regula actualmente en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

A través del Decreto 11/2014, de 20 de marzo, se aprobó el Plan Regional de Ámbito Sectorial denominado "Plan Integral de Residuos de Castilla y León" (PIRCyL)recogiendo la necesidad de dotarnos de un instrumento de ordenación único para impulsar el logro de los objetivos ecológicos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015 (PNIR). El PIRCyL aborda en un único texto la totalidad de los flujos de residuos generados en la Comunidad Autónoma e intensifica el carácter transversal de las acciones bajo el prisma de una política que considera al mismo nivel los aspectos ambientales, principalmente focalizados en la prevención, económicos y sociales.

El PNIR finalizó su vigencia en 2015 por lo que hizo necesario disponer de un nuevo plan para cumplir con las obligaciones comunitarias en materia de planificación. El nuevo Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022 (PEMAR) pretende ser el instrumento para orientar la política de residuos en España en este periodo, mediante el impulso de las medidas necesarias para mejorar las deficiencias detectadas y promover actuaciones que aseguren la consecución de los objetivos legales establecidos.

Por todo ello formulamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- A cumplir en 2019 los objetivos cuantitativos legales de referencia en materia de neumáticos fuera de uso (NFU) recogidos en el Plan Integral de Residuos de Castilla y León, especialmente los indicados para su valorización energética.

2.- A modificar el actual impuesto de eliminación de residuos en vertedero, regulado en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, ampliando el hecho imponible a la incineración, coincineración y valorización energética de neumáticos fuera de uso (NFU) o de toda clase de restos procedentes de este tipo residuo, manteniendo su compatibilidad con cualquier otro tributo estatal, autonómico o local aplicable a las operaciones gravadas, no más tarde de enero de 2019.

3.- Los ingresos procedentes de este impuesto se afectarán a la financiación de los programas de gasto relativos a actuaciones medioambientales, en colaboración con las entidades locales, determinadas en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad.

4.- A fomentar el uso del polvo de caucho procedente del reciclado de neumáticos fuera de uso (NFU) como material constituyente de diversos productos, fundamentalmente en las obras públicas y, en particular, en las mezclas bituminosas para la construcción de carreteras.

5.- Para ello, determinar cuál ha sido la utilización del polvo de caucho procedente de neumáticos fuera de uso (NFU) en las actuaciones de modernización y conservación de carreteras en Castilla y León durante la vigencia del Plan Regional Sectorial de Carreteras 2008-2020 y la del Bloque de Actuaciones Prioritarias en la Red Regional de Carreteras 2016-2019, con el objeto de incrementar los porcentajes de uso hasta finalizar la aplicación de estos dos planes en la red viaria autonómica.

6.- A incluir en los informes sobre la Calidad del Aire de Castilla y León, que elabora anualmente la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una valoración sobre los datos obtenidos en relación a los límites y umbrales recomendados por la Organización Mundial de la Salud en aquellas estaciones de medición de contaminación atmosférica de los entornos de las instalaciones de incineración, coincineración y valorización energética de neumáticos fuera de uso (NFU) o de toda clase de restos procedentes de este tipo de residuo.

7.- Cuando dos de estos informes reflejen unos parámetros de la calidad del aire por encima de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud se realizará un estudio epidemiológico en la zona para contrastar los efectos sobre las personas que viven en los entornos de las instalaciones que incineran, coincineran o valorizan energéticamente neumáticos fuera de uso (NFU) o restos procedentes de este tipo de residuo.

8.- A que cuando una empresa solicite la modificación de la autorización ambiental con el fin de sustituir el combustible que utiliza habitualmente por neumáticos fuera de uso (NFU) o restos procedentes de este tipo de residuo, presentará junto con la documentación requerida una valoración completa y contextual de los riesgos medioambientales y para la salud que implica la modificación prevista, incluido un estudio específico, integral y objetivo sobre la calidad del aire en el que se midan todos los parámetros en los lugares próximos a la fábrica, teniendo en cuenta las singularidades climáticas y ambientales de la zona. Asimismo, presentará una justificación del cumplimiento de los objetivos del Plan Integral de Residuos de Castilla y León.

Valladolid, 18 de octubre de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ricardo López Prieto,

Lorena González Guerrero y

Carlos Eduardo Chávez Muñoz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002257-01

CVE="BOCCL-09-030261"



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