PE/010313-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/010313-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a examen del procedimiento selectivo del personal de servicios de la Junta.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/010300 a PE/010508.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

Hoy conocemos que el juzgado ha admitido a trámite el recurso especial para la protección de los derechos fundamentales, presentado por los afectados que se oponen a la repetición del examen del procedimiento selectivo del personal de servicios de la Junta.

Más allá de quien tiene la razón sobre la repetición del ejercicio, y si dicho ejercicio se ajustó a las bases de la oposición, la dimisión del tribunal titular, plantea el problema de su autonomía. ¿Es lícita la intervención de la administración para influir en las decisiones del tribunal, independientemente de las razones que pueda tener la Consejería de Presidencia para querer modificar las decisiones del tribunal?

Creemos que los tribunales deben ser independientes y que la estructura política y sindical se debe abstener de influir en el proceso. A este respecto es curioso que, 24 horas antes que la Junta hiciese pública la repetición del examen, un sindicato ya se lo había comunicado a sus afiliados.

Pregunta: ¿Qué desavenencias se han producido, en el procedimiento mencionado, entre la Viceconsejería de Función Pública y el Tribunal de la oposición de personal de servicios?

En Valladolid, a 5 de octubre de 2018


PE/010313-01

CVE="BOCCL-09-030303"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 63172-63173
BOCCL nº 480/9 del 7/11/2018
CVE: BOCCL-09-030303

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/010313-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a examen del procedimiento selectivo del personal de servicios de la Junta.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/010300 a PE/010508.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

Hoy conocemos que el juzgado ha admitido a trámite el recurso especial para la protección de los derechos fundamentales, presentado por los afectados que se oponen a la repetición del examen del procedimiento selectivo del personal de servicios de la Junta.

Más allá de quien tiene la razón sobre la repetición del ejercicio, y si dicho ejercicio se ajustó a las bases de la oposición, la dimisión del tribunal titular, plantea el problema de su autonomía. ¿Es lícita la intervención de la administración para influir en las decisiones del tribunal, independientemente de las razones que pueda tener la Consejería de Presidencia para querer modificar las decisiones del tribunal?

Creemos que los tribunales deben ser independientes y que la estructura política y sindical se debe abstener de influir en el proceso. A este respecto es curioso que, 24 horas antes que la Junta hiciese pública la repetición del examen, un sindicato ya se lo había comunicado a sus afiliados.

Pregunta: ¿Qué desavenencias se han producido, en el procedimiento mencionado, entre la Viceconsejería de Función Pública y el Tribunal de la oposición de personal de servicios?

En Valladolid, a 5 de octubre de 2018


PE/010313-01

CVE="BOCCL-09-030303"



Sede de las Cortes de Castilla y León