PE/010315-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/010315-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez y D. José Francisco Martín Martínez, relativa a número de personal interino por Consejerías entre los años 2014 a 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/010300 a PE/010508.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Luis Briones Martínez, José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Recientemente la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo el cese del personal interino en la Administración, al considerar “abusiva” la utilización de contratos de duración limitada. Según la citada sentencia, los interinos tienen derecho a permanecer en el puesto mientras no se cree la plaza oficial de acuerdo con la normativa vigente en el sector público. Al mismo tiempo, obliga a la Administración a mantener a este personal en sus puestos y a satisfacer las retribuciones no abonadas. El Supremo ha fallado en el caso de un funcionario interino municipal del Ayuntamiento de Vitoria y el de una empleada eventual de OsakidetzaServicio Vasco de Salud que deben mantenerse en los correspondientes puestos de trabajo cuando se constata una situación previa de contratos encadenados de duración determinada que en realidad están cubriendo lo que debería ser una plaza fija. Según el tribunal, subsisten y deben continuarse las relaciones de empleo con los derechos profesionales y económicos inherentes a ellas “desde la fecha de efectos del cese ilegal”, hasta que la Administración cumpla “en debida forma lo que ordena la normativa aplicable”.

Por todo ello se pregunta:

1°.- ¿A cuánto ascendió el número de personal interino por Consejerías que prestó su servicio en la Administración dependiente de la Comunidad de Castilla y Léon en los años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 (este último año hasta el 30 de septiembre)?

2°.- ¿Cuántos contratos encadenados ha realizado la Junta de Castilla y León a personal interino en la administración en cada uno de los siguientes años: 2014, 29015, 2016, 2017 y 2018 (este último año hasta el 30 de septiembre)? Se solicitan los datos por Consejería.

3°.- ¿Cómo tiene previsto la Junta de Castilla y León cumplir la sentencia de de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en relación con la nulidad del cese de personal interino en la Administración?

4°.- En la Consejería de Educación, cuántos contratos de personal interino cesaron a finales de junio en cada uno de los siguientes años: 2014, 2015, 2016 y 2017.

5°.- En la Consejería de Educación, cuántos contratos de personal interino se suscribieron a lo largo del mes de septiembre en cada uno de los siguientes años: 2015, 2016, 2017 y 2018.

Valladolid a 05 de octubre de 2018


PE/010315-01

CVE="BOCCL-09-030305"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 63177-63179
BOCCL nº 480/9 del 7/11/2018
CVE: BOCCL-09-030305

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/010315-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez y D. José Francisco Martín Martínez, relativa a número de personal interino por Consejerías entre los años 2014 a 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/010300 a PE/010508.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de octubre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Luis Briones Martínez, José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

Recientemente la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo el cese del personal interino en la Administración, al considerar “abusiva” la utilización de contratos de duración limitada. Según la citada sentencia, los interinos tienen derecho a permanecer en el puesto mientras no se cree la plaza oficial de acuerdo con la normativa vigente en el sector público. Al mismo tiempo, obliga a la Administración a mantener a este personal en sus puestos y a satisfacer las retribuciones no abonadas. El Supremo ha fallado en el caso de un funcionario interino municipal del Ayuntamiento de Vitoria y el de una empleada eventual de OsakidetzaServicio Vasco de Salud que deben mantenerse en los correspondientes puestos de trabajo cuando se constata una situación previa de contratos encadenados de duración determinada que en realidad están cubriendo lo que debería ser una plaza fija. Según el tribunal, subsisten y deben continuarse las relaciones de empleo con los derechos profesionales y económicos inherentes a ellas “desde la fecha de efectos del cese ilegal”, hasta que la Administración cumpla “en debida forma lo que ordena la normativa aplicable”.

Por todo ello se pregunta:

1°.- ¿A cuánto ascendió el número de personal interino por Consejerías que prestó su servicio en la Administración dependiente de la Comunidad de Castilla y Léon en los años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 (este último año hasta el 30 de septiembre)?

2°.- ¿Cuántos contratos encadenados ha realizado la Junta de Castilla y León a personal interino en la administración en cada uno de los siguientes años: 2014, 29015, 2016, 2017 y 2018 (este último año hasta el 30 de septiembre)? Se solicitan los datos por Consejería.

3°.- ¿Cómo tiene previsto la Junta de Castilla y León cumplir la sentencia de de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en relación con la nulidad del cese de personal interino en la Administración?

4°.- En la Consejería de Educación, cuántos contratos de personal interino cesaron a finales de junio en cada uno de los siguientes años: 2014, 2015, 2016 y 2017.

5°.- En la Consejería de Educación, cuántos contratos de personal interino se suscribieron a lo largo del mes de septiembre en cada uno de los siguientes años: 2015, 2016, 2017 y 2018.

Valladolid a 05 de octubre de 2018


PE/010315-01

CVE="BOCCL-09-030305"



Sede de las Cortes de Castilla y León