PE/008717-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008717-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a podas de rama de encina en la localidad de Saldaña de Ayllón (Segovia), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007791, PE/008237, PE/008342, PE/008394, PE/008405, PE/008426, PE/008436, PE/008439, PE/008560, PE/008567, PE/008593 a PE/008603, PE/008606 a PE/008627, PE/008649, PE/008673 a PE/008675, PE/008716, PE/008717, PE/008776, PE/008777, PE/008779, PE/008790, PE/008804, PE/008814, PE/008830, PE/008832, PE/008836, PE/008879, PE/008920, PE/008923, PE/008926 a PE/008936, PE/008939, PE/008941 a PE/008944, PE/008960, PE/008961, PE/008963 a PE/008966, PE/008972 a PE/008980, PE/008989, PE/008991, PE/008992, PE/009031, PE/009033, PE/009035, PE/009036, PE/009037, PE/009040, PE/009042, PE/009044 a PE/009048, PE/009052, PE/009054, PE/009055, PE/009072 a PE/009074, PE/009091, PE/009098, PE/009103, PE/009106, PE/009108, PE/009111, PE/009115 y PE/009122, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0908717, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana M.ª Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a los encinares milenarios de Saldaña de Ayllón (Segovia).

La Junta de Castilla y León actúa conforme a lo establecido en la Orden FYM/985/2014, de 5 de noviembre, por la que se desarrolla el Decreto 1/2012, de 12 de enero, por el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León, Anexo I Prescripciones generales a las que habrá de someterse la ejecución de los aprovechamientos maderables o leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la administración de la Comunidad de Castilla y León, en sus diferentes modalidades y tipologías, Poda y Corta, punto 2, que establece que la poda de pies deberá respetar las ramas cuyo diámetro en su base supere los 15 cm, sin perjuicio de otras dimensiones notificadas o establecidas en la resolución, estando prohibido con carácter general la poda de ramas cuya base supere los 15 cm, sin perjuicio que de manera excepcional y justificada la resolución de autorización pueda establecer una dimensión mínima diferente.

Dado que en Saldaña de Ayllón hay montes de libre disposición, montes propiedad de la entidad local y montes cuya titularidad corresponde a particulares, sin que haya montes gestionados directamente por la Junta de Castilla y León, corresponde a sus propietarios llevar a cabo las actuaciones de mejora necesarias, pudiendo contar, en su caso, con las ayudas y subvenciones convocadas al efecto y con el asesoramiento del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia.

Valladolid, 31 de mayo de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/008717-3

CVE="BOCCL-09-030608"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 63896
BOCCL nº 484/9 del 14/11/2018
CVE: BOCCL-09-030608

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008717-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a podas de rama de encina en la localidad de Saldaña de Ayllón (Segovia), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007791, PE/008237, PE/008342, PE/008394, PE/008405, PE/008426, PE/008436, PE/008439, PE/008560, PE/008567, PE/008593 a PE/008603, PE/008606 a PE/008627, PE/008649, PE/008673 a PE/008675, PE/008716, PE/008717, PE/008776, PE/008777, PE/008779, PE/008790, PE/008804, PE/008814, PE/008830, PE/008832, PE/008836, PE/008879, PE/008920, PE/008923, PE/008926 a PE/008936, PE/008939, PE/008941 a PE/008944, PE/008960, PE/008961, PE/008963 a PE/008966, PE/008972 a PE/008980, PE/008989, PE/008991, PE/008992, PE/009031, PE/009033, PE/009035, PE/009036, PE/009037, PE/009040, PE/009042, PE/009044 a PE/009048, PE/009052, PE/009054, PE/009055, PE/009072 a PE/009074, PE/009091, PE/009098, PE/009103, PE/009106, PE/009108, PE/009111, PE/009115 y PE/009122, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0908717, formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana M.ª Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a los encinares milenarios de Saldaña de Ayllón (Segovia).

La Junta de Castilla y León actúa conforme a lo establecido en la Orden FYM/985/2014, de 5 de noviembre, por la que se desarrolla el Decreto 1/2012, de 12 de enero, por el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León, Anexo I Prescripciones generales a las que habrá de someterse la ejecución de los aprovechamientos maderables o leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la administración de la Comunidad de Castilla y León, en sus diferentes modalidades y tipologías, Poda y Corta, punto 2, que establece que la poda de pies deberá respetar las ramas cuyo diámetro en su base supere los 15 cm, sin perjuicio de otras dimensiones notificadas o establecidas en la resolución, estando prohibido con carácter general la poda de ramas cuya base supere los 15 cm, sin perjuicio que de manera excepcional y justificada la resolución de autorización pueda establecer una dimensión mínima diferente.

Dado que en Saldaña de Ayllón hay montes de libre disposición, montes propiedad de la entidad local y montes cuya titularidad corresponde a particulares, sin que haya montes gestionados directamente por la Junta de Castilla y León, corresponde a sus propietarios llevar a cabo las actuaciones de mejora necesarias, pudiendo contar, en su caso, con las ayudas y subvenciones convocadas al efecto y con el asesoramiento del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia.

Valladolid, 31 de mayo de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/008717-3

CVE="BOCCL-09-030608"



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