PE/009115-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009115-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y Dña. María Mercedes Martín Juárez, relativa a atención sanitaria en el consultorio de Pedroso de la Armuña (Salamanca), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007791, PE/008237, PE/008342, PE/008394, PE/008405, PE/008426, PE/008436, PE/008439, PE/008560, PE/008567, PE/008593 a PE/008603, PE/008606 a PE/008627, PE/008649, PE/008673 a PE/008675, PE/008716, PE/008717, PE/008776, PE/008777, PE/008779, PE/008790, PE/008804, PE/008814, PE/008830, PE/008832, PE/008836, PE/008879, PE/008920, PE/008923, PE/008926 a PE/008936, PE/008939, PE/008941 a PE/008944, PE/008960, PE/008961, PE/008963 a PE/008966, PE/008972 a PE/008980, PE/008989, PE/008991, PE/008992, PE/009031, PE/009033, PE/009035, PE/009036, PE/009037, PE/009040, PE/009042, PE/009044 a PE/009048, PE/009052, PE/009054, PE/009055, PE/009072 a PE/009074, PE/009091, PE/009098, PE/009103, PE/009106, PE/009108, PE/009111, PE/009115 y PE/009122, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0909115, formulada por D. Fernando Pablos Romo y D.ª Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la atención sanitaria en el consultorio local de El Pedroso de La Armuña en la provincia de Salamanca.

La disposición adicional primera de la Orden de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria señala que, el artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado de la forma siguiente:

“La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3 Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud (...)”.

El Consultorio Local de El Pedroso de la Armuña tiene asignadas 152 Tarjetas Sanitarias, a 1 de enero de 2018. Prestan atención en consulta un licenciado especialista en medicina familiar y comunitaria tres días a la semana (superando la frecuentación establecida en la citada Orden), y un profesional de enfermería dos días a la semana. En ocasiones, la disponibilidad de recursos humanos limitados en el área, hace preciso organizar la cobertura de ausencias reglamentarias, teniendo que realizar modificaciones en la agenda del profesional que asume esta consulta. Este cambio es anunciado mediante cartel informativo en la puerta del consultorio, tratando en la medida de lo posible mantener la frecuentación establecida. No obstante, la atención urgente siempre es atendida y queda garantizada.

Asimismo, y consultada la Aplicación de Reclamaciones y Sugerencias, entre el 1 de enero de 2016 y el 10 de mayo de 2018, únicamente se ha registrado una reclamación en el Centro de Salud de Villoria, el día 5 de abril de 2018, motivada en la insatisfacción con la asistencia prestada por el facultativo del Consultorio Local de El Pedroso de la Armuña.

Valladolid, 4 de junio de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/009115-2

CVE="BOCCL-09-030679"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 64100
BOCCL nº 484/9 del 14/11/2018
CVE: BOCCL-09-030679

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009115-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y Dña. María Mercedes Martín Juárez, relativa a atención sanitaria en el consultorio de Pedroso de la Armuña (Salamanca), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007791, PE/008237, PE/008342, PE/008394, PE/008405, PE/008426, PE/008436, PE/008439, PE/008560, PE/008567, PE/008593 a PE/008603, PE/008606 a PE/008627, PE/008649, PE/008673 a PE/008675, PE/008716, PE/008717, PE/008776, PE/008777, PE/008779, PE/008790, PE/008804, PE/008814, PE/008830, PE/008832, PE/008836, PE/008879, PE/008920, PE/008923, PE/008926 a PE/008936, PE/008939, PE/008941 a PE/008944, PE/008960, PE/008961, PE/008963 a PE/008966, PE/008972 a PE/008980, PE/008989, PE/008991, PE/008992, PE/009031, PE/009033, PE/009035, PE/009036, PE/009037, PE/009040, PE/009042, PE/009044 a PE/009048, PE/009052, PE/009054, PE/009055, PE/009072 a PE/009074, PE/009091, PE/009098, PE/009103, PE/009106, PE/009108, PE/009111, PE/009115 y PE/009122, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0909115, formulada por D. Fernando Pablos Romo y D.ª Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la atención sanitaria en el consultorio local de El Pedroso de La Armuña en la provincia de Salamanca.

La disposición adicional primera de la Orden de 15 de abril de 1991, por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria señala que, el artículo 14.1 del Anexo a la Orden de 6 de junio de 1986 se modifica, quedando redactado de la forma siguiente:

“La jornada laboral ordinaria será:

1. La consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, se efectuará por cada profesional sanitario (médico y ATS) según los siguientes criterios:

– Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho. Consulta a demanda.

– Núcleos de menos de 100 habitantes de hecho. Consulta un día a la semana.

– Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho. Consulta dos días a la semana.

– Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho. Consulta tres días a la semana.

– Núcleos de más de 501 habitantes. Consulta diaria de lunes a viernes.

2. Las normas señaladas en el párrafo anterior podrán ser ampliadas en el respectivo Reglamento del Equipo de Atención Primaria en base a las circunstancias y necesidades de la Zona.

3 Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, podrá contemplarse en el proyecto de Reglamento una periodicidad en las consultas asistenciales inferior a la establecida en el número 1 de este artículo para los núcleos de población donde no radique el Centro de Salud (...)”.

El Consultorio Local de El Pedroso de la Armuña tiene asignadas 152 Tarjetas Sanitarias, a 1 de enero de 2018. Prestan atención en consulta un licenciado especialista en medicina familiar y comunitaria tres días a la semana (superando la frecuentación establecida en la citada Orden), y un profesional de enfermería dos días a la semana. En ocasiones, la disponibilidad de recursos humanos limitados en el área, hace preciso organizar la cobertura de ausencias reglamentarias, teniendo que realizar modificaciones en la agenda del profesional que asume esta consulta. Este cambio es anunciado mediante cartel informativo en la puerta del consultorio, tratando en la medida de lo posible mantener la frecuentación establecida. No obstante, la atención urgente siempre es atendida y queda garantizada.

Asimismo, y consultada la Aplicación de Reclamaciones y Sugerencias, entre el 1 de enero de 2016 y el 10 de mayo de 2018, únicamente se ha registrado una reclamación en el Centro de Salud de Villoria, el día 5 de abril de 2018, motivada en la insatisfacción con la asistencia prestada por el facultativo del Consultorio Local de El Pedroso de la Armuña.

Valladolid, 4 de junio de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


PE/009115-2

CVE="BOCCL-09-030679"



Sede de las Cortes de Castilla y León