M/000024-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000024-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de familia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de diciembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de diciembre de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000024, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de familia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de diciembre de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000024 relativa a "Política general de la Junta en materia de familia":

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Impulsar la reforma del Estatuto para blindar los servicios sociales y fortalecer el papel de las entidades locales, otorgando el máximo rango normativo al sistema de derechos sociales, garantizando así la igualdad de oportunidades en el acceso a las prestaciones y servicios que se canalizan desde el sistema de Servicios Sociales, su universalidad, estabilidad y funcionamiento.

2. Impulsar la reforma del Estatuto de Autonomía para garantizar que los Presupuestos generales de cada ejercicio deberán establecer un mínimo de inversión social equivalente al 12 % del Producto Interior Bruto de la Comunidad de Castilla y León, cuyo destino esté encaminado a garantizar la calidad de la sanidad, de la educación, de la atención a los dependientes, de la lucha contra la pobreza, de las políticas de fomento del empleo y que suponga una cláusula de garantía para una igualdad real y efectiva en la sociedad castellana y leonesa.

3. Que tras las sentencias del TSJ de Castilla y León que declaran nulo de pleno derecho el Decreto 14/2017, de 31 de julio de 2017, de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores de Castilla y León, que sustenta las "unidades de convivencia" y el modelo "como en mi casa", recuperar los parámetros establecidos en el Decreto del año 2001 y consensuar con todas las partes afectadas posibles modificaciones del modelo para autorización y acreditación de los centros de personas mayores.

4. Cumplir las previsiones del Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y León 2016-2020.

5. Recuperar la intensidad de los servicios y prestaciones que había antes de los recortes de la Ley de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.

6. Incrementar el número de plazas en los servicios públicos de Atención Residencial, Centros de Día/Noche y plazas sociosanitarias, acercándose a la media nacional, compensando desequilibrios interprovinciales, completando y potenciando en la Comunidad Autónoma una red de recursos de centros y servicios, que supere progresivamente la insuficiencia de plazas públicas y concertadas, ampliando la oferta de servicios y la cobertura en la atención que generan empleo estable e incrementando las intensidades de atenciones de calidad, garantizando el acceso rápido a una plaza residencial o de centro de día, cuando este sea el recurso más adecuado, a la atención concedida y el carácter excepcional de las prestaciones económicas, de manera que la falta de recursos públicos para la atención de servicios prioritarios a quienes lo necesitan no les suponga un coste que sea inasumible por tener que recurrir a servicios privados.

7. Poner en marcha y dotar de cuantos recursos sean necesarios un "Plan de Atención Integral Geriátrica" que permita, en todas las áreas de salud, el desarrollo de programas específicos, identificando y cuantificando los problemas básicos, funcionales, psíquicos, crónicos y jurídicos que presentan los ancianos, facilitando el tratamiento y seguimiento de los mismos, así como un "Plan Regional de Cuidados Paliativos", con especial atención a los cuidados paliativos infantiles y en el medio rural.

8. Promover la creación de una Comisión de Seguimiento y Control del servicio de Ayuda a Domicilio prestado por las empresas adjudicatarias, compuesta por representantes de todas las partes afectadas, administración autonómica, EE. LL., empresas y sindicatos, con objeto de mejorar el servicio de Ayuda a Domicilio, garantizar el cumplimiento de los pliegos de condiciones, evitar los desequilibrios territoriales, estabilizar el empleo generado y terminar con la precariedad laboral del sector.

9. Incrementar los profesionales de los equipos para la Promoción de la Autonomía Personal (EPAP) para dar respuesta a las problemáticas sociales que tienen las personas con discapacidad y dependientes y sus familiares y la dotación de profesionales en los servicios sociales básicos para desarrollar programas de convivencia e inserción social, evitando que todo su tiempo lo tengan que dedicar a tareas administrativas, incrementando la ratio de los profesionales de los CEAS.

10. Priorizar los servicios sobre las prestaciones económicas vinculadas a los mismos, financiando adecuadamente la PE Vinculada al Servicio, de manera que el usuario no tenga que soportar un copago añadido asumiendo la diferencia entre la cuantía percibida y el coste real de los servicios adquiridos mediante la prestación vinculada y no se vea limitado o imposibilitado por tener que asumir precios por encima de sus posibilidades económicas articulando un sistema de inspección y control público adecuado, respecto a la calidad de los servicios que se ofrecen y prestan.

11. Garantizar el reconocimiento y concesión de las prestaciones de la Ley de Dependencia en un plazo máximo de 3 meses.

12. Abordar el desarrollo reglamentario de la Ley 5/2003, de 3 de abril, de Atención y Protección a las Personas Mayores de Castilla y León.

13. Elaborar y aprobar en las Cortes el Mapa de Servicios Sociales antes del mes de marzo de 2019.

14. Acometer la regulación profesional del Asistente Personal.

15. Actualizar el marco normativo en materia de accesibilidad con arreglo al principio de accesibilidad universal y a las tendencias más innovadoras.

16. Desarrollar, en colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, un Catálogo propio de Material Ortoprotésico para la Comunidad, incluyendo nuevos subgrupos que aumente y actualice la gama de productos posibles, así como los precios de las prestaciones ortoprotésicas.

17. En colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, incluir en el Registro Poblacional de Enfermedades Raras un apartado específico donde se encuadren aquellas personas que padecen una enfermedad rara aun cuando no este diagnosticado de forma específica que tipo de afección padecen.

18. Desarrollar y dar cumplimiento a la Ley de Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad en Castilla y León.

19. Revisar la normativa correspondiente al cálculo de la capacidad económica de las personas dependientes de manera que se ajusten a la realidad económica de las personas dependientes y los copagos que se deriven sean también más ajustados y adecuados a esa realidad.

20. Revisar el Acuerdo Marco para la prestación de los servicios sociales de las EE. LL. que respetando la autonomía local en la gestión de las competencias atribuidas por ley en materia de servicios sociales, erradique la unilateralidad en la toma de decisiones, afrontando los acuerdos con criterios objetivos y públicos de asignación de la confinación de la comunidad autónoma y de la que ésta gestione procedente del Estado, sin que ello obstaculice el curso de la normal aplicación de los Acuerdos, eliminando la bilateralidad en la negociación o seguimiento del Acuerdo Marco, estableciendo criterios objetivos de asignación de recursos acordados con todas las EE. LL. que puedan garantizar su suficiencia financiera, contemplando las singularidades y necesidades locales que se estime necesario atender, en el marco del Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León.

21. Cumplir los acuerdos alcanzados en el marco del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León en materia de Familia e Igualdad de Oportunidades.

22. Modificar la atribución de competencias en el seno de la administración autonómica de forma que las competencias del primer ciclo de Educación Infantil dependan en exclusiva de la Consejería de Educación, realizando las actuaciones necesarias encaminadas a que las Escuelas Infantiles de competencia y titularidad de las EE. LL. y los Centros de Educación Infantil privados pasen a depender de la Consejería de Educación, acabando con la doble red, asistencial y educativa, e integrando todos los centros en una sola Red de Escuelas de Educación Infantil con un carácter plenamente educativo, adaptando los centros escolares existentes y aumentando la oferta de plazas que atienda las necesidades educativas de los niños y niñas de 0 a 3 años, autorizados por la Consejería de Educación y supervisados por la Inspección Técnica Educativa que asegure la calidad.

23. Financiar adecuadamente las escuelas infantiles de titularidad de las entidades locales ingresándoles con efecto retroactivo el importe correspondiente a las ayudas y subvenciones, dejadas de percibir desde el año 2012, para el mantenimiento de las Escuelas Infantiles de 0 a 3 años.

24. Regular de manera integral los requisitos específicos que deben reunir los centros infantiles para su ubicación, construcción, remodelación, ampliación, autorización, inscripción, inspección y requisitos que deben reunir las instalaciones, dotaciones, dependencias, medidas de seguridad e higiene mínimas, recursos humanos necesarios y capacitación profesional, así como normas generales de funcionamiento de los centros infantiles en la Comunidad Autónoma.

25. Desarrollar un Plan integral de Infancia y Adolescencia para dar respuesta a problemas de abandono escolar, acoso, ciberacoso, bullying homofóbico, integración, alimentación infantil y conciliación en periodo vacacional.

26. Adoptar cuantas medidas sean necesarias, en colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, y en el ámbito de sus competencias, para la emisión por parte de los servicios de salud de la Comunidad Autónoma de una tarjeta sanitaria personal a las personas menores de edad afectadas por discapacidades reconocidas o enfermedades raras o graves.

27. En colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, facilitar a los menores con enfermedades raras, graves y/o discapacidad, prioridad en el tiempo de espera de consultas médicas y atención en los servicios de urgencias, prioridad en el tiempo para realizar las pruebas diagnósticas necesarias, disponer de habitaciones individuales durante sus periodos de ingresos hospitalarios y prestar apoyo psicoterapéutico y servicios de respiro al cuidador/a durante los ingresos hospitalarios del menor.

28. Garantizar que existe dotación de recursos de apoyo especializado necesarios en todos los centros educativos, para lograr el derecho a la inclusión de los menores en función del tipo de discapacidad: profesores especialistas de Pedagogía Terapéutica, de Audición y Lenguaje, fisioterapeutas, Auxiliares Técnicos Educativos y enfermeros, e incorporar la figura del Terapeuta ocupacional.

29. Elaborar y desarrollar el IV Plan General de Juventud de CyL y evaluar la aplicación y resultados del III Plan de Juventud en las Cortes de Castilla y León.

30. Elaborar y aprobar el reglamento de desarrollo de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León.

31. Remitir a las Cortes un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, Contra la Violencia de Género en Castilla y León, adaptándola a lo aprobado por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

32. Elaborar y aprobar el Reglamento Desarrollo de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, Contra la Violencia de Género en Castilla y León.

33. Elaborar la normativa necesaria para garantizar la atención integral de las víctimas de violencia de género.

34. Reponer todos los recursos humanos y materiales recortados en políticas de lucha contra la violencia de género, con un aumento de las cuantías de al menos un 45 %.

35. Elaborar una planificación anual para poner en marcha las medidas recogidas en la Agenda 20/20. Concretando las acciones en cada una de las estrategias, su calendarización y la financiación concreta a cada actuación y realizar una evaluación anual de la eficacia y ejecución presupuestaria de las partidas destinadas a igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género.

36. Elaborar un Plan Estratégico de Igualdad de Género en el medio rural.

37. Reformar el Decreto 34/2014, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, con el objeto de que las competencias sobre igualdad dejen de ser asumidas por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

38. Modificar la normativa que regula la organización, estructura y el funcionamiento de los órganos colegiados de asesoramiento y participación en el ámbito de los servicios sociales, mujer, juventud y coordinación interadministrativa, de manera que se incremente la representación y participación de colectivos, asociaciones y agentes económicos y sociales que trabajan en el ámbito de las diferentes materias y secciones establecidas en los cuatro órganos colegiados así como en las diferentes secciones dependientes de los mismos".

Valladolid, 13 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000024-01

CVE="BOCCL-09-031293"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 65388-65392
BOCCL nº 501/9 del 18/12/2018
CVE: BOCCL-09-031293

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000024-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de familia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de diciembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de diciembre de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000024, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de familia, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de diciembre de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000024 relativa a "Política general de la Junta en materia de familia":

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Impulsar la reforma del Estatuto para blindar los servicios sociales y fortalecer el papel de las entidades locales, otorgando el máximo rango normativo al sistema de derechos sociales, garantizando así la igualdad de oportunidades en el acceso a las prestaciones y servicios que se canalizan desde el sistema de Servicios Sociales, su universalidad, estabilidad y funcionamiento.

2. Impulsar la reforma del Estatuto de Autonomía para garantizar que los Presupuestos generales de cada ejercicio deberán establecer un mínimo de inversión social equivalente al 12 % del Producto Interior Bruto de la Comunidad de Castilla y León, cuyo destino esté encaminado a garantizar la calidad de la sanidad, de la educación, de la atención a los dependientes, de la lucha contra la pobreza, de las políticas de fomento del empleo y que suponga una cláusula de garantía para una igualdad real y efectiva en la sociedad castellana y leonesa.

3. Que tras las sentencias del TSJ de Castilla y León que declaran nulo de pleno derecho el Decreto 14/2017, de 31 de julio de 2017, de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores de Castilla y León, que sustenta las "unidades de convivencia" y el modelo "como en mi casa", recuperar los parámetros establecidos en el Decreto del año 2001 y consensuar con todas las partes afectadas posibles modificaciones del modelo para autorización y acreditación de los centros de personas mayores.

4. Cumplir las previsiones del Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y León 2016-2020.

5. Recuperar la intensidad de los servicios y prestaciones que había antes de los recortes de la Ley de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.

6. Incrementar el número de plazas en los servicios públicos de Atención Residencial, Centros de Día/Noche y plazas sociosanitarias, acercándose a la media nacional, compensando desequilibrios interprovinciales, completando y potenciando en la Comunidad Autónoma una red de recursos de centros y servicios, que supere progresivamente la insuficiencia de plazas públicas y concertadas, ampliando la oferta de servicios y la cobertura en la atención que generan empleo estable e incrementando las intensidades de atenciones de calidad, garantizando el acceso rápido a una plaza residencial o de centro de día, cuando este sea el recurso más adecuado, a la atención concedida y el carácter excepcional de las prestaciones económicas, de manera que la falta de recursos públicos para la atención de servicios prioritarios a quienes lo necesitan no les suponga un coste que sea inasumible por tener que recurrir a servicios privados.

7. Poner en marcha y dotar de cuantos recursos sean necesarios un "Plan de Atención Integral Geriátrica" que permita, en todas las áreas de salud, el desarrollo de programas específicos, identificando y cuantificando los problemas básicos, funcionales, psíquicos, crónicos y jurídicos que presentan los ancianos, facilitando el tratamiento y seguimiento de los mismos, así como un "Plan Regional de Cuidados Paliativos", con especial atención a los cuidados paliativos infantiles y en el medio rural.

8. Promover la creación de una Comisión de Seguimiento y Control del servicio de Ayuda a Domicilio prestado por las empresas adjudicatarias, compuesta por representantes de todas las partes afectadas, administración autonómica, EE. LL., empresas y sindicatos, con objeto de mejorar el servicio de Ayuda a Domicilio, garantizar el cumplimiento de los pliegos de condiciones, evitar los desequilibrios territoriales, estabilizar el empleo generado y terminar con la precariedad laboral del sector.

9. Incrementar los profesionales de los equipos para la Promoción de la Autonomía Personal (EPAP) para dar respuesta a las problemáticas sociales que tienen las personas con discapacidad y dependientes y sus familiares y la dotación de profesionales en los servicios sociales básicos para desarrollar programas de convivencia e inserción social, evitando que todo su tiempo lo tengan que dedicar a tareas administrativas, incrementando la ratio de los profesionales de los CEAS.

10. Priorizar los servicios sobre las prestaciones económicas vinculadas a los mismos, financiando adecuadamente la PE Vinculada al Servicio, de manera que el usuario no tenga que soportar un copago añadido asumiendo la diferencia entre la cuantía percibida y el coste real de los servicios adquiridos mediante la prestación vinculada y no se vea limitado o imposibilitado por tener que asumir precios por encima de sus posibilidades económicas articulando un sistema de inspección y control público adecuado, respecto a la calidad de los servicios que se ofrecen y prestan.

11. Garantizar el reconocimiento y concesión de las prestaciones de la Ley de Dependencia en un plazo máximo de 3 meses.

12. Abordar el desarrollo reglamentario de la Ley 5/2003, de 3 de abril, de Atención y Protección a las Personas Mayores de Castilla y León.

13. Elaborar y aprobar en las Cortes el Mapa de Servicios Sociales antes del mes de marzo de 2019.

14. Acometer la regulación profesional del Asistente Personal.

15. Actualizar el marco normativo en materia de accesibilidad con arreglo al principio de accesibilidad universal y a las tendencias más innovadoras.

16. Desarrollar, en colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, un Catálogo propio de Material Ortoprotésico para la Comunidad, incluyendo nuevos subgrupos que aumente y actualice la gama de productos posibles, así como los precios de las prestaciones ortoprotésicas.

17. En colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, incluir en el Registro Poblacional de Enfermedades Raras un apartado específico donde se encuadren aquellas personas que padecen una enfermedad rara aun cuando no este diagnosticado de forma específica que tipo de afección padecen.

18. Desarrollar y dar cumplimiento a la Ley de Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad en Castilla y León.

19. Revisar la normativa correspondiente al cálculo de la capacidad económica de las personas dependientes de manera que se ajusten a la realidad económica de las personas dependientes y los copagos que se deriven sean también más ajustados y adecuados a esa realidad.

20. Revisar el Acuerdo Marco para la prestación de los servicios sociales de las EE. LL. que respetando la autonomía local en la gestión de las competencias atribuidas por ley en materia de servicios sociales, erradique la unilateralidad en la toma de decisiones, afrontando los acuerdos con criterios objetivos y públicos de asignación de la confinación de la comunidad autónoma y de la que ésta gestione procedente del Estado, sin que ello obstaculice el curso de la normal aplicación de los Acuerdos, eliminando la bilateralidad en la negociación o seguimiento del Acuerdo Marco, estableciendo criterios objetivos de asignación de recursos acordados con todas las EE. LL. que puedan garantizar su suficiencia financiera, contemplando las singularidades y necesidades locales que se estime necesario atender, en el marco del Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León.

21. Cumplir los acuerdos alcanzados en el marco del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León en materia de Familia e Igualdad de Oportunidades.

22. Modificar la atribución de competencias en el seno de la administración autonómica de forma que las competencias del primer ciclo de Educación Infantil dependan en exclusiva de la Consejería de Educación, realizando las actuaciones necesarias encaminadas a que las Escuelas Infantiles de competencia y titularidad de las EE. LL. y los Centros de Educación Infantil privados pasen a depender de la Consejería de Educación, acabando con la doble red, asistencial y educativa, e integrando todos los centros en una sola Red de Escuelas de Educación Infantil con un carácter plenamente educativo, adaptando los centros escolares existentes y aumentando la oferta de plazas que atienda las necesidades educativas de los niños y niñas de 0 a 3 años, autorizados por la Consejería de Educación y supervisados por la Inspección Técnica Educativa que asegure la calidad.

23. Financiar adecuadamente las escuelas infantiles de titularidad de las entidades locales ingresándoles con efecto retroactivo el importe correspondiente a las ayudas y subvenciones, dejadas de percibir desde el año 2012, para el mantenimiento de las Escuelas Infantiles de 0 a 3 años.

24. Regular de manera integral los requisitos específicos que deben reunir los centros infantiles para su ubicación, construcción, remodelación, ampliación, autorización, inscripción, inspección y requisitos que deben reunir las instalaciones, dotaciones, dependencias, medidas de seguridad e higiene mínimas, recursos humanos necesarios y capacitación profesional, así como normas generales de funcionamiento de los centros infantiles en la Comunidad Autónoma.

25. Desarrollar un Plan integral de Infancia y Adolescencia para dar respuesta a problemas de abandono escolar, acoso, ciberacoso, bullying homofóbico, integración, alimentación infantil y conciliación en periodo vacacional.

26. Adoptar cuantas medidas sean necesarias, en colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, y en el ámbito de sus competencias, para la emisión por parte de los servicios de salud de la Comunidad Autónoma de una tarjeta sanitaria personal a las personas menores de edad afectadas por discapacidades reconocidas o enfermedades raras o graves.

27. En colaboración y coordinación con la Consejería de Sanidad, facilitar a los menores con enfermedades raras, graves y/o discapacidad, prioridad en el tiempo de espera de consultas médicas y atención en los servicios de urgencias, prioridad en el tiempo para realizar las pruebas diagnósticas necesarias, disponer de habitaciones individuales durante sus periodos de ingresos hospitalarios y prestar apoyo psicoterapéutico y servicios de respiro al cuidador/a durante los ingresos hospitalarios del menor.

28. Garantizar que existe dotación de recursos de apoyo especializado necesarios en todos los centros educativos, para lograr el derecho a la inclusión de los menores en función del tipo de discapacidad: profesores especialistas de Pedagogía Terapéutica, de Audición y Lenguaje, fisioterapeutas, Auxiliares Técnicos Educativos y enfermeros, e incorporar la figura del Terapeuta ocupacional.

29. Elaborar y desarrollar el IV Plan General de Juventud de CyL y evaluar la aplicación y resultados del III Plan de Juventud en las Cortes de Castilla y León.

30. Elaborar y aprobar el reglamento de desarrollo de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León.

31. Remitir a las Cortes un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, Contra la Violencia de Género en Castilla y León, adaptándola a lo aprobado por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

32. Elaborar y aprobar el Reglamento Desarrollo de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, Contra la Violencia de Género en Castilla y León.

33. Elaborar la normativa necesaria para garantizar la atención integral de las víctimas de violencia de género.

34. Reponer todos los recursos humanos y materiales recortados en políticas de lucha contra la violencia de género, con un aumento de las cuantías de al menos un 45 %.

35. Elaborar una planificación anual para poner en marcha las medidas recogidas en la Agenda 20/20. Concretando las acciones en cada una de las estrategias, su calendarización y la financiación concreta a cada actuación y realizar una evaluación anual de la eficacia y ejecución presupuestaria de las partidas destinadas a igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género.

36. Elaborar un Plan Estratégico de Igualdad de Género en el medio rural.

37. Reformar el Decreto 34/2014, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, con el objeto de que las competencias sobre igualdad dejen de ser asumidas por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

38. Modificar la normativa que regula la organización, estructura y el funcionamiento de los órganos colegiados de asesoramiento y participación en el ámbito de los servicios sociales, mujer, juventud y coordinación interadministrativa, de manera que se incremente la representación y participación de colectivos, asociaciones y agentes económicos y sociales que trabajan en el ámbito de las diferentes materias y secciones establecidas en los cuatro órganos colegiados así como en las diferentes secciones dependientes de los mismos".

Valladolid, 13 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000024-01

CVE="BOCCL-09-031293"



Sede de las Cortes de Castilla y León